Ordenanza N.° 188-GR-HVCA/CR
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HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 188-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 03 de Enero de 2012.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA POLITICA AMBIENTAL REGIONAL ADECUADA A LA POLITICA AMBIENTAL NACIONAL
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, ha creado el Ministerio del Ambiente, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la Política Nacional y Sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella. Del mismo modo, en el Artículo 6% Funciones Generales establece en su Inciso c) Coordinar la implementación de la Política nacional con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
Que, el Articulo 53° Inciso a) de la Ley N° 27867, establece como función específica en materia ambiental y de ordenamiento territorial, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial en concordancia con los planes de los gobiernos locales.
Que, el Articulo 22° numeral 22.1 de la Ley N° 28245- Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que, los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus Leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de la gestión ambiental contenidos en el Articulo 5% de la presente Ley. Igualmente en la misma Ley en el Artículo 23, establece que las Comisiones Ambientales Regionales, CAR, son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargada de coordinar y concertar la Política Ambiental Regional. Promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores públicos y privados.
HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 188-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 03 de Enero de 2012.
Que, el Artículo 8% de la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente en cuyos numerales 8.1, 8.2, establecen lo siguiente: 8.1. La Política Nacional del Ambiente constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tienen como propósito definir y orientar el accionar de. las entidades del Gobierno Nacional, regional y local; y del sector privado y da la sociedad civil, en materia ambiental, 8.2. Las Políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre si.
Que, el numeral 16.1) del Artículo 16° de la Ley NO 28611, precisa que los instrumentos de gestión ambiental son mecanismos orientados a la ejecución de la política ambiental, sobre la base de los principios establecidos en la presente Ley, y en lo señalado en sus normas complementarias y reglamentarias, en la misma Ley numeral 16.2 del Articulo 16° precisa que constituyen medios operativos que son diseñados, normados y aplicados con carácter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental y las normas ambientales que rigen en el país.
Que, el Artículo 13% del Sistema Regional de Gestión Ambiental, aprobado el 21 de agosto del 2006 con Ordenanza Regional 075 -GOB.REG-HVCA/CR, constituye el rol de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en el que se establece que es la instancia ejecutiva encargada de asesorar, informar, proponer y coordinar con la presidencia regional, Gerencia General Regional. Gerencias Regionales, el Consejo Regional, Gerencias Sub Regionales, y Municipios e instituciones privadas con competencias ambientales para el cumplimiento de las funciones de Nivel I.
Que, la creación de la Comisión Ambiental Regional de Huancavelica, ha sido aprobado mediante Decreto del Consejo Directico N° 006-2003-CD/CONAM, de fecha 10 de abril del 2003 y adecuada en el marco del Decreto Legislativo N°1013, Ley de creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, a través de la Ordenanza Regional N° 149- GOB.REG.HVCA.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 014-2004- GR- HVCA/CR, de fecha 29 de setiembre del 2004, se aprueba la Politica Ambiental Regional y el Plan de Acción Ambiental Regional, documentos que se han elaborado en proceso participativo y considerando los lineamientos
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N 188-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 03 de Enero de 2012.
establecidos en la normatividad vigente en el momento de su aprobación; sin embargo con la aprobación de la Politica Nacional del Ambiente a través del Decreto Supremo N° 014-2009 MINAM, se hace necesario adecuar la Política Ambiental Regional.
Que, el Artículo 38° de la Ley NO 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional.
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Política Ambiental Regional, como un instrumento de Gestión Ambiental que contiene los lineamientos, objetivos, estrategias, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las entidades públicas del ámbito regional y local, por el sector privado y la sociedad civil en materia ambiental en la Región Huancavelica. Su finalidad es desarrollar una gestión ambiental eficaz, con la concurrencia y el compromiso para impulsar la mejora de la calidad ambiental y el desarrollo sostenible de la región.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ACTUALIZAR el diagnostico Ambiental Regional y el Plan de Acción Ambiental Regional 2004- 2015, de acuerdo a los cuatro ejes de política que establece la presente ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Huancavelica, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional (CAR- Huancavelica), la difusión, seguimiento a la implementación y reporte publico de cumplimiento de la Política Ambiental Regional.
ARTÍCULO CUARTO.- Notifíquese la presente Ordenanza Regional a la Autoridad Ambiental Nacional, entidades públicas con competencia ambiental en el ámbito del departamento instituciones y organismos privados y de la sociedad civil organizadas.
HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N 188-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 03 de Enero de 2012.
ARTÍCULO QUINTO.- DEJESE sin efecto legal la Ordenanza Regional N° 014-GR-HVCA/CR, en el extremo que aprueba la Política Ambiental Regional de Huancavelica, quedando subsistente en lo demás que contiene.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación
En Huancavelica a los tres días del mes de Enero del dos mil doce.
ERNAN HUGO RAMÓN LLULLUY Consejero Delegado
POR TANTO: . Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a.los nueve días del mes de Enero del año Dos Mil Doce.
GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA
E ¿anna
aciete A. Diaz Abad PRE: DENTE REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/755015-188-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/912888/5998310_or-188-1220200702-4721-r0l7gq.pdf