Acuerdo Regional N.° 177-2023/GOB.REG-HVCA/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
(;OBl f. U.:\O REGJO '..\ L DE Hl \ NCAVELIC A
CONSE.JO REGIOl°'AL
Atl!ERDO DE tONJl/0 REfi/ONAl Nº 177-202J·fi0/lREfi.Hl't/J/tR Huancavclica, 03 de agt,sto de 2023. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 03 de agosto del año 2023, con el voto en unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Articulo 31 º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como fonna de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el articulo 21 º, capítulo IV del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 303-GOB.REG.HVCA/CR: de los Consejeros Regionales, establece, "la función del consejero, consejera regional, comprende los trabajos en las sesiones del pleno del Consejo Regional, de las comisiones permanentes, investigadoras o especiales, la atención a los ciudadanos, las organizaciones sociales y otros trabajos de carácter regional que sea de su obligación personar. Que, mediante Oficio N° 029-2023-AAGC/CRT-H, de fecha 31 de julio de 2023, el Consejero por la Provincia de Tayacaja señor Ángel Alcides Gutiérrez Casavilca, solicita al pleno del Consejo Regional que se encargue a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social el acompañamiento y seguimiento de la actualización de los documentos que regulan el funcionamiento del Consejo Regional de la Juventud de Huancavelica - COREJUH. Que, el pleno del Consejo Regional acuerda encargar a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social el estudio, evaluación y dictamen sobre la actualización de los documentos que regulan el funcionamiento del Consejo Regional de la Juventud de Huancavelica- COREJUH. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
GO BI ER:\O REGIONAL DE
HCANCAVELICA
CONSE.JO REGI ONAL
litlllROO DE tONJl/0 REfi/ON/il Nº 177~2023-fi0B.REfiHl'tA/fR Huancavclica, 03 de agosw Je 2023.
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional;
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. · ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social el estudio, evaluación y dictamen sobre la actualización de los documentos que regulan el funcionamiento del Consejo Regional de la Juventud de Huancavelica - COREJUH. ARTÍCULO SEGUNDO.· OTORGAR un plazo de 30 días para que la comisión al que se hace referencia el artículo anterior realice la presentación del informe y/o dictamen pertinente. ARTÍCULO TERCERO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, interesados e instancias pertinentes.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase. REGIO VhlC
'//l.
ric.c.sail
l~JSEJO
Ul
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480328-177-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645273/6480328-acuerdo-de-consejo-regional.pdf