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175-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza Regional N.° 175-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE iHJANCA VHJCA

CONSE.JO REGIONAL

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Huanccmdica, 11 de setiembre de 2025.

VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 11 de setiembre de 2025, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artícu lo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. \

Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma

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~ ---------.-+--.-, r . Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental

de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente , para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, conforme dispone el literal d) del Artículo 9º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional , con estrategias de sostenibilídad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, mediante Oficio Nº 1355-2025/MDTP/CAFH , de fecha 10 de setiembre de 2025, el alcalde de la municipalidad distrital de Ti~tay Puncu, provincia de Tayacaja y departamento de Huancavelica, solicita al pleno del consejo regional el financiamiento económico del proyecto: "Mejoramiento y ampliación del servicio de alcantarillado u otras formas de disposición sanitaria de excretas en el sistema de ~~ º Ré:e; agua potable y disposición sanitaria del anexo de Tablahuasi, distrito de Tintay Puncu, provincia de Tayacaja

,;;- Vº;}~ ,,º-i- y Departamento de Huancavelica". .

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. . ., ?ue, pleno del Consejo egion.al acuerda dclrar de necs!dad pública e_interés i reg1onal, la pnonzacIon y e1ecucIon del proyecto: "Me¡oram1ento y ampliac1on del servIcI0 de alcantarillado u

otras formas de disposición sanitaria de excretas en el sistema de agua potable y disposición sanitaria del ~ anexo de Tablahuasi, distrito de Tintay Puncu, provincia de Tayacaja y Departamento de Huancavelica". 7s:e1.t1J.,o,ice.;:.

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Que, conforme dispone e! Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos

GOB!ERNO R EGRONAL DE !Hj ..\NCA VELICA

CONSEJO REG[ONAJL

)Jftlfl/!l}lj@/Jt!E {[~PR!§zJ@ilJ!EW!!@fr!PJJ; Huancavelica, I I de setiembre de 2025.

internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practir.ar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica; ~O R2G,,:

~~ Vº B°, º-z.

ACUERDA:

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ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional, la

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. t,~~,(-;¿{t1· ~ / priorización y ejecución del proyecto: "Mejoramiento y ampliación del servicio de alcantarillado u otras formas

~Tablahuasi, distrito de Tintay Puncu , provincia de Tayacaja y Departamento de Huancavelica".
ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo
Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946196-175-2025-gob-reg-hvca-cr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714598/7946196-acuerdo-de-consejo-regional-n-175-2025-gob-reg-hvca-cr-del-11-09-202.pdf