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174-2024-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 174-2024/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HU ANCA VELICA

CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REfi/ONAl Nº 174•2O24·fiOB.RlfiDl'CA/(R H11a11cavelica, 18 de julio de 2024. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de julio de 2024, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 °de la Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192° de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Artículo IX del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional prescribe, "Las funciones de los señores consejeros y consejeras regionales en el cumplimiento de sus deberes y derechos de legislar, fiscalizar y representar no pueden ser materia de limitación, retardo ni obstrucción por ninguna autoridad, funcionario, o persona natural y/o jurídica; pudiendo hacer requerimientos de información a la administración regional y/o de otro nivel de gobierno, para que obligatoriamente informen sobre los asuntos que demanden su intervención, sancionándose administrativamente a los que contravengan esta disposición. La presencia del consejero regional en su función de fiscalización es de puro derecho". Que, el literal k) del Artículo 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece que Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional de Huancavelica y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional. Que, en la sesión ordinaria de fecha 18 de julio de 2024, se ha considerado en la agenda, el informe del Director Regional de Transportes y Comunicaciones sobre los convenios para mantenimiento periódico y rutinario de vias a nivel regional y programados para el año 2025, sesión a la que no asistió el funcionario aludido, ni justificaron dicha insistencia. Que, el pleno del Consejo regional acuerda encargar al Gerente General Regional, disponga el inicio de las acciones administrativas (PAD), en contra del Director Regional de Transportes y Comunicaciones, por la inasistencia a la sesión ordinaria de fecha 18 de julio de 2024 y disponga su

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GOBIERNO REG IO NA L DE H U ANCA V ELIC A

CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE {ONJE/O REGIONAL Nº 174•2O24·fiOB.RlfiDl'{A/{R H11a11caveliü1, 18 dqúlío de 2024.

participación en la siguiente sesión ordinaria por tratarse de un aspecto de necesidad e interés público, conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional de Huancavelica. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - EXHORTAR al Gerente General Regional, en aplicación del Artículo IX del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, disponga el inicio de las acciones administrativas (PAD), en contra del Director Regional de Transportes y Comunicaciones, por la inasistencia injustificada la sesión ordinaria de fecha 18 de julio de 2024, respetando los principios de legalidad y debido proceso; asimismo disponga su participación en la siguiente sesión ordinaria del Consejo Regional. ARTÍCULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481188-174-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646454/6481188-acuerdo-de-consejo-regional.pdf