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164-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza Regional N.° 164-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HU ANC AVELICA

CONSEJO REGIONAL

AfDERDO DE CONSEJO REGIONAi Nº 1ó42025fiOB.REfiHl'fA/CR Huancavelíca, 21 de agosto de 2045. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 21 de agosto de 2025, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante Oficio Nº 059-2025/GOB.REG.HVCA/CRPANG1 , de fecha 19 de agosto de 2025, el consejero por la provincia de Angaraes, señor Juan José Anyaipoma Maldonado, solicita al pleno del Consejo Regional declarar de necesidad pública e interés regional la elaboración del estudio y expediente técnico del proyecto: "Mejoramiento del servicio de educación primaria en la I.E N° 36298, del centro poblado de Velasco Pucapampa, distrito de Ccochaccasa de la provincia de Angaraes y departamento de Huancavelica". ~OR .

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Que, conforme dispone el literal d) del Artículo 9º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad , oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, el pleno del Consejo Regional acuerda declarar de necesidad pública e interés regional, la elaboración del estudio y expediente técnico del proyecto: "Mejoramiento del servicio de educación · primaria en la I.E Nº 36298, del centro poblado de Velasco Pucapampa, distrito de Ccochaccasa de la provincia de Angaraes y departamento de Huanéavelica". Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

Atl!ERDO DE CONSEJO REfi/ONAl Nº 164p2025*fiOB.RlfiHY(A/{R Huancavelica, 21 de agosto de 2025. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional, la elaboración del estudio y expediente técnico del proyecto: "Mejoramiento del servicio de educación primaria en la I.E Nº 36298, del centro poblado de Velasco Pucapampa, distrito de Ccochaccasa de la provincia de Angaraes y departamento de Huancavelica". ARTICULO SEGUNDO. - EXHORTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, disponga la habilitación presupuesta! para la elaboración del est~dio y expediente técnico del proyecto a que se refiere el artículo precedente. tvcAV:::-,,,t'

ARTICULO TERCERO. -Comuníquese el pr.esente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946186-164-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714587/7946186-acuerdo-de-consejo-regional-n-164-2025-gob-reg-hvca-cr-del-21-08-202.pdf