Acuerdo Regional N.° 162-2024/GOB.REG-HVCA/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGiONAL DE HUANCAVEUCA
CONSE,DO REGIONAL
Jifl!ERIJO IJJE {fJN§lJO lllfilfJN/il Nº 162-2024¿:ffíifJlllllfilll'{IJ/{R Huanca Felica, 20 ele junio de 2 024.
VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 20 de junio de 2024, con el voto unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social , político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.
'---"
Que, mediante Oficio Nº 008-2024-CORLAD-HVCA/DR, de fecha 18 de junio de 2024, el Decano del Colegio de Licenciados en Administración de Empresas, solicita al pleno del Consejo Regional la emisión de una ordenanza regional a fin de que todas las entidades que dependen del Gobierno Regional de Huancavelica, cumplan estrictamente con lo establecido en la Ley Nº 31060, y se exija su aplicación para todos los profesionales de las ciencias administrativas. Que, conforme dispone el segundo párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 31060- Ley de Ejercicio Profesional del licenciado en Administración, establece que, "... para el ejercicio profesional en la administración pública es requisito obligatorio encontrarse colegiado y habilitado". Que, el pleno del Consejo Regional acuerda exhortar al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, disponga el cumplimiento del Artículo 5º de la Ley Nº 31060 - Ley de Ejercicio Profesional del Licenciado en Administración, que dispone que, para el ejercicio profesional en la administración pública es requisito obligatorio encontrarse colegiado y habilitado. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
GOBIERNO REGaüNAL DE HLiANCAVEUCA
CONSEJO REGIONAL
Ji(l!h , IJIE f@l/SJ., 1/!J Wlil fl/0 162# '14J~G@f/1/J!lfiil!ltli/{II Huancavelica, 20 de junio de 2024.
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional;
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR no ha lugar la emisión de una Ordenanza ~ ~ , Regional que disponga que, para el ejercicio profesional de los Licenciados en Administración de Empresas,
l 0?-lºJ7/ ·\e¿,\ e_n la dministración pública es reqisit? obligato~io encont_rarse colegiado y_ habilit~?º· por encontrarse en i -;;~6R15.~1¡-· "f. vIgencIa la Ley Nº 31060- Ley de EJerc1c10 Profesional del licenciado en Admm1strac1on.
- CARDt:f!AS ARANA * :
,:5,
s,:¡r?:~.;'.'-:"' ~'c :::: ;
":~:> '
,,
.
.
.
.
ARTICULO SEGUNDO. - EXHORTAR al EJecut1vo del Gobierno Regional de Huancavelica, disponga el cumplimiento del Artículo 5º de la Ley Nº 31060 - Ley de Ejercicio Profesional del Licenciado en Administración, que dispone que, para el ejercicio profesional en la administración pública es requisito obligatorio encontrarse colegiado y habilitado. ARTÍCULO TERCERO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481200-162-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646471/6481200-acuerdo-de-consejo-regional.pdf