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158-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 158-GR-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 158-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 05 de Octubre de 2010.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

! SA ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN az] TÉCNICA REGIONAL DEL PROCESO DE ZOONIFCACIÓN ECOLÓGICA ECONÓMICA SCO HOD PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE innate HUANCAVELICA.

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la i gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, el Articulo 53% de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de sus funciones especificas de los Gobiernos Regionales está el de formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de Ordenamiento Territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales.

Que, mediante el Decreto Supremo N* 045-2001- PCM, se declara de interés nacional el Ordenamiento Territorial Ambiental en todo el país, para lo cual se crea la Comisión Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental.

Que, el Artículo 11% de la Ley N* 26821 - Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, señala que la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) del país se aprueba a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación intersectorial, corno apoyo al Ordenamiento Territorial a fin de evitar conflictos por superposición de títulos y usos inapropiados y demás fines.

Que, los Artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 087-2004-PCM - Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica, establece que la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), es un proceso dinámico flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio

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ORDENANZA REGIONAL N° 158-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 05 de Octubre de 2010.

determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos biológicos, sociales, económicos y culturales, orientado a la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerado las necesidades de la población que la habita en armonía con el ambiente;

Que, el literal c) del Artículo 7° del Decreto Legislativo N°1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, indica que este Ministerio tiene la función específica de establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes y conducir su proceso.

Que, por Resolución Ministerial N° 026-2010- MINAM, se aprobaron los Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial, conceptuando al Ordenamiento Territorial como una Política de Estado, un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos, y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos; de las actividades economías, sociales y el desarrolto físico especial sobre la base de la identificación de potencialidades y limitaciones, considerado — criterios ambientales, económicas, socioculturales, instituciones y geopolíticos.

Que, en el marco de lo previsto en la Ley N° 26821 - Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y el Decreto Supremo N°087-2004-PCM - Reglamento de la ZEE, desde el año 2006 se viene ejecutando el proyecto de inversión pública Desarrollo de Capacidades para el Ordenamiento Territorial en el Departamento de Huancavelica, cuyo objetivo general es impulsar el proceso de Ordenamiento Territorial y distribución adecuada del territorio para el desarrollo sostenible del Departamento de Huancavelica.

Que, el Artículo 16° del Decreto Supremo N° 087- 2004-PCM - Reglamento de Zonificación Ecológica Económica, establece que para el Proceso de la ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica, la misma que estará constituida mediante una Ordenanza por el Gobierno Regional y estará conformado por: Un Representante del Gobierno Regional, los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales, Distritales de la circunscripción donde se ubica el área a ser materia de la ZEE, un representante de una Institución Científica de! área de trabajo, un representante de las Universidades del área de trabajo, representantes de los

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Huancavelica, 05 de Octubre de 2010.

Sectoriales y de los niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el área a ser objeto de la ZEE, dos representantes de las Organizaciones de Pueblos Indígenas, dos Representantes de la Empresa Privada y dos representantes de los Organismos No Gubernamentales;

Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867 - Ley

y Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del J Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas

en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;

ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la conformación

‘de la Comisión Técnica Regional del Proceso de Zonificación Ecológica Económica

para

el Ordenamiento Territorial en el ámbito del Departamento de

Huancavelica, la misma que estará integrada por:

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El Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica - Quién lo preside 01 representante de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica.

01 representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

Los alcaldes de las Municipalidades Provinciales del Departamento de Huancavelica.

07 alcaldes distritales, elegidos cada uno entre las Municipalidades Distritales del ámbito de cada Provincia del Departamento.

01 alcalde representante de las Municipalidades de Centros Poblados del departamento.

01 representante de las Universidades del Departamento,

01 representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

01 representante de COFOPRI

01 Representante de la Dirección Regional Agraria.

01 representante de la Dirección Regional de Energía y Minas.

01 representante de la Dirección Regional de Salud.

01 representante de la Dirección Regional de Educación.

. GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL NW 158-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 05 de Octubre de 2010.

01 Representante del Instituto Nacional de Cultura de Huancavelica

01 representante de la Cámara Regional de Turismo.

02 Representantes de las Comunidades Campesinas.

01 Representante de Cámara de Comercio de Huancavelica.

01 Representante de las MYPES del departamento.

02 Representantes de ONGs con competencia en el tema, elegidos entre CARE PERU, CARITAS, DESCO, CEPES, CTB, INDESCO.

02 Representantes de organizaciones de productores (alpaqueros, textil, vicufieros, artesanos y agrícolas).

02 Representantes de los Comités de Regantes

02 Representantes de organizaciones sociales elegidos entre Vaso de Leche, Comedores, Club de Madres y Organizaciones de Jóvenes.

QNAAAS

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ARTICULO SEGUNDO.- La Comisión Técnica Regional una vez instalada, con asesoría del Equipo Técnico del Proyecto Desarrollo de Capacidades para el Ordenamiento Territorial en el Departamento de Huancavelica, deberá elaborar su Reglamento Interno y Plan de Trabajo, asimismo deberá establecer las Sub Comisiones que considere conveniente para el mejor ejercicio de sus funciones.

ARTICULO TERCERO.- Comuníquese la presente Ordenanza Regional a los órganos competentes para Su conocimiento y cumplimiento conforme dispone.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los cinco días del mes de Octubre del dos mil diez.

BENITO NAVARRO MUÑOZ. Consejero Delegado.

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los doce días del mes de Octubre del año Dos Mil Diez. :


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/754992-158-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/912866/803555_or-158-10.704920200702-4721-2oyp22.pdf