Ordenanza Regional N.° 155-2025/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGJ0NAL
Atl!Ell DE tONSEJO REfilONAl Nº f 55#2025,fiOJJ.Rlti.DfltA/{R Huancavelíca, 21 de agosto de 2025. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 21 de agosto de 2025, con el voto unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, econom,ca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentraliz•ación, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. P,
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Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.
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Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 013-2025/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 16 de enero de 2025, el pleno del Consejo Regional acuerda encargar a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social la verificación y evaluación del cumplimiento del proceso de implementación del Proyecto Educativo Regional de Huancavelica (PERH - 2036) a la fecha.
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Que, luego del proceso de evaluación y como se advierte del Dictamen 0012025/GOB.REG .HVCA/CR-CODS, de fecha 04 de agosto de 2025, se concluye que se .ha verificado que la mayor parte de indicadores priorizados para su implementación del PERH, son aquellos que no requieren una alta inversión presupuesta!, lo que ha permitido cierto nivel de avance ccin recursos mínimos o esfuerzos institucion_ales. Sin embargo, se identifican acciones estratégicas clave para la transformación educativa regional. · " Que, del dictamen presentado se advierte y recomienda proseguir con las reuniones de trabajo en las 7 provincias con la finalidad de seguir implementando y mejorando los indicadores priorizados y que los directores de las unidades de gestión educativa local, coordinen con los gobiernos locales de su · jurisdicción con la finalidad de elaborar el proyecto educativo local. -Que, conf~rrne dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos -internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
GOBlERi'iü REGIONAL DE HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
IJflflRDO DE CONSEJO Rlfi/ONAl Nº 155~2025-·liOB.REfiHl'{J/CR Huancavelica, 21 de agosro de 2025. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - APRUÉBESE en todos sus extremos las conclusiones y recomendaciones del Dictamen Nº 001-2025/GOB.REG.HVCA/CODS, de fecha 04 de agosto de 2025, presentado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, el mismo que contempla: G
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Se ha verificado que la mayor parte de indicadores priorizados para su implementación del PERH, son aquellos que no requieren una alta inversión presupuesta!, lo que ha permitido cierto nivel de . avance con recursos mínimos o esfuerzos institucionales. · Se recomienda, proseguir con las reuniones de trabajo en las 7 provincias con la finalidad de seguir implementando y mejorando los indicadores priorizados y que. los directores de las unidades de gestión educativa local, coordinen con los gobiernos locales de su jurisdicción con la finalidad de elaborar el proyecto educativo local.
ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946177-155-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714576/7946177-acuerdo-de-consejo-regional-n-155-2025-gob-reg-hvca-cr-del-21-08-202.pdf