Ordenanza Regional N.° 148-2025/GOB.REG-HVCA/CR
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JJ(l/EIIJJO /JE fON§llJO JJllfilfJNI.Jl fl/0 149·2025~fifJJ!lllEfilll'{Jl/flf Huancavelica, 07 de agosro de 2025. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión extraordinaria, celebrada el 07 de agosto de 2025, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, econom,ca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
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Que, los Artículos 188 º y 192º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional em el literal C) del Artículo 5º establece que: "Las comisiones ordinarias del Consejo Regional son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo Regional, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas, investigaciones fiscalizadoras y emitir dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo Regional les encargue.
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Que, mediante Oficio N° 0136-2025/GOB.REG.HVCA/DREH-IESTP-C.D, de fecha 15 de julio de 2025, el Director del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Castrovirreyna, solicita al pleno del Consejo Regional, la intervención y seguimiento a la solicitud de habilitación presupuesta! y viabilidad para la continuidad del proyecto: Mejoramiento de los servicios educativos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Castrovirreyna, cuya finalidad es la ejecución y poí ende la obtención del licenciamiento correspondiente. Que, el pleno del Consejo Regional acuerda encargar a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, el seguimiento y coordinación a la solicitud de habilitación presupuesta! y viabilidad para la continuidad del proyecto: Mejoramiento de los servicios educativos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Castrovirreyna, cuya finalidad es la ejecución y por ende la obtención del licenciamiento correspondiente. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
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Nº 148P21!25p(i@fllll/E(!iifjl({Ji/(II Húancavelíca, 07 de agosro de 2025. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el seguimiento y coordinación, a la solicitud de habilitación presupuesta! y viabilidad para la continuidad del proyecto: Mejoramiento de los servicios educativos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Castrovirreyna, cuya finalidad es la ejecución y por ende la obtención del licenciamiento correspondiente. ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el seguimiento y coordinación, al proceso de habilitación presupuesta! y viabilidad para la ejecución de los mejoramientos de los servicios educativos de los institutos de educación superior a nivel regional, cuya finalidad es la obtención del licenciamiento correspondiente. ARTICULO TERCERO. - OTORGAR el plazo de 30 días calendario para la presentación del informe y/o dictamen que corresponda. ARTICULO CUARTO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946173-148-2025-gob-reg-hvca-cr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714573/7946173-acuerdo-de-consejo-regional-n-148-2025-gob-reg-hvca-cr-del-07-08-202.pdf