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139-2023-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 139-2023/GOB.REG-HVCA/CR

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GO BIERNO REGiONAL DE HlJANCAVEUCA

CONSKiO REGIONAL

JJfl!ElliiO ·. ffl/1$.!fJ!J J!EtiffJNJll Kº1J!Jd202$d(i!}Jffio)!!JE(ifljl{J/fll Huancave!íca, J5 de_jzmio de 2023. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 15 de junio del año 2023, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31ºde la Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional en el literal C), del Artículo 5º, establece que: "Las comisiones ordinarias del Consejo Regional, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo Regional, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas, investigaciones fiscalizadoras y emitir dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo Regional les encargue. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 122-2023/GOB.REG.HVCA/CR, fecha 01 de junio de 2023 el pleno del Consejo Regional aprueba: Encargar a la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Transparencia y Ética, el estudio y evaluación de la solicitud del Gobernador Regional, respecto a las propuestas para designación del Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, conforme dispone el literal w) del Articulo 21 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, luego del proceso de evaluación y como aparece en el Dictamen Nº 0022023/GOB.REG.HVCA/CR-C.O.FISC.TRANSP Y E., de fecha 14 de junio de 2023, se advierte de sus conclusiones que: Contando con información insuficiente sobre los antecedentes penales, judiciales y administrativos, no es posible emitir un dictamen sobre la designación de un Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional.

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CONSE.JO REGIONAL

lif!f!ERJJ() J!Jl ffJlt§lJIJ REfilOlVJil lfºi :J!J.,2C2:Jp§fi@/!1//1Ifil'1fl't 'J i/fll H uancavelica, 15 de junio de 2023.

Que, el precitado Dictamen recomienda al pleno del Consejo Regional se solicite a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Huancavelica informe sobre los antecedentes penales, judiciales y administrativos de los candidatos propuestos para Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - APRUÉBESE en todos sus extremos las conclusiones y recomendaciones del Dictamen Nº 002-2023/GOB.REG.HVCA/CR-C.O.FISC.TRANSP y E., de fecha 14 de junio de 2023, presentado por la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Transparencia y Ética, el mismo que contempla:

Contando con información insuficiente sobre los antecedentes penales, judiciales y administrativos, no es posible emitir un dictamen sobre la designación de un Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional.

Se solicite a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Huancavelica informe sobre los antecedentes penales, judiciales y administrativos de los candidatos propuestos para Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional.

ARTICULO SEGUNDO. -Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.

Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480363-139-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645313/6480363-acuerdo-de-consejo-regional.pdf