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135-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 135-GR-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA.

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 135-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 19 de Mayo de 2009.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA.

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, los literales a) y b) del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establecen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamente los asuntos materias de competencia del Gobierno Regional

Que mediante Ordenanza Regional N° 102- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 17 de Octubre del año 2007, se aprobó declarar de interés regional la adopción de acciones necesarias orientadas a la modernización de la gestión pública del Pliego Gobierno Regional de Huancavelica, que comprenda la ejecución de los siguientes procesos: reestructuración orgánica, reorganización administrativa y de recursos humanos, reestructuración del sistema de planificación y modernización informática

Que mediante Ordenanza Regional N° 104- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 29 de Diciembre del año 2007, se aprobó la nueva Estructura Orgánica det Gobierno Regional de Huancavelica y su Reglamento de Organización y Funciones y con Ordenanza Regional N° 122-GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 13 de Noviembre del año 2008 se aprobó la modificación de la ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA.

eno | Tata,

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL . ORDENANZA REGIONAL. N? 135-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 19 de Mayo de 2009.

Que, mediante Ordenanza Regional N° 130- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 08 de Enero del año 2009, se aprueba el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional de Huancavelica, ello de acuerdo a la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, que declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, dentro del citado contexto normativo y estando al Oficio N° 001-2009-CIRO/P, de fecha 16 de Abril del año 2009, que contiene el Informe N° 001-2009-CIRO/P, emanada de la Comisión de Implementación de la Reestructuración Orgánica del Gobierno Regional de Huancavelica, precisando modificaciones a la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Huancavelica y al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), asi como Informe N° 074-2009-GOB.REG.HVCA/ORAJ, DE LA Oficina Regional de Asesoría la misma que luego de su deliberación y debate, el pleno del Consejo Regional por unanimidad aprueba las modificaciones propuestas.

Que, el Artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales morman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros,

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional de Huancavelica, aprobados mediante Ordenanza Regional N° 104-GOB.REG.HVCA/CR, y Ordenanza Regional NO 130-GOB.REG.HVCA/CR, respectivamente; modificaciones que se precisan en el anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO SEGUNDO.- COMUNÍQUESE la presente Ordenanza Regional a la Comisión de Implementación de Reestructuración

(ENTEO En]

EGO, 4

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL WN” 135-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 19 de Mayo de 2009.

Orgánica del Gobierno Regional de Huancavelica, para su adecuación conforme dispone. .

ARTICULO TERCERO.- DEJESE sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Comuniquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los diecinueve días del mes de Mayo del dos mil nueve.

ABEL YANCE ORTIZ, Consejero Delegado

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veinte días del mes de Mayo del año Dos Mil Nueve.

GOBIERNO REGIONAL

UANCAVELI

REGLAMENTO DE

ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONES

R.O.F.

Gobierno Regional Huancavelica - Sub gerencia de Desarrollo Institucional, Informática y Estadística Reglamento de Organización y Funciones -ROF

JUNIO 2009 -

INDICE

INTRODUCCION .. TITULO PRIMERO . DE LAS DISPOSICIO! gES FESS CAPITULO 1... 9 A DELOBJETIVO - besoss "I! DEL CONTENIDO DEL ALCANCE DEL DOMICILIO CAPITULO ll... DELA NATURALEZA DE LA FINALIDAD . . DELAS FUNCIONES GENERALES . DE LAS COMPETENCIAS . TITULO SEGUNDO -.....-. CAPITULO |: ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPITULO ll ...... rnennircnnnneo 11 ORGANO NORMATIVO Y DE FISCALIZACIÓN CONSEJO REGIONAL ......- SECRETARIA DEL CONSEJO REGION: CAPITULO lll... ooooooroccccernnora 13 ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN . - 13 CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL .. . . CAPITULO IV. oocococorzaoono ORGANO EJECUTIVO REGIONAL . PRESIDENCIA REGIONAL VICEPRESIDENCIA CAPITULO V ....- ORGANO DE DIRECCIÓN GERENCIA GENERAL REGIONAL . CAPITULO VI... .-. 0s eee LOS ORGANOS DE CONTROL Y DEFENSA JUDICIAL . LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL . . - PROCURADURÍA PUBLICA REGIONAL . CAPITULO VII ....- 6-2-2 20+ ORGANOS DE ASESORAMIENTO . OFICINA REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA . OFICINA DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL . bon GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO

GENERALES

PA

TERRITORIAL ...... 19 SUB GERENCIA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y AGONDICI TERRITORIAL... ooo report . 20 SUB GERENCIA DE GES' 'ESUPUESTARIA Y TRIBUTACIÓN . 21 SUB GERENCIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, INFORMATICA Y ESTADISTICA .....o ocre .. 22 SUB GERENCIA DE PROGRAMACIÓN DE INVERSIONES . - 23 CAPITULO Vill.....--- 24 ORGANOS DE APOYO . 24 SECRETARIA GENERAL .. 24 OFICINA REGIONAL DE DEFENSA NACIONAL, IUDADANA Y DEFENSA CIVIL rr . 25 OFICINA ONAL DE ESTUDIOS DE PRE INVERSION - 26 OFICINA REGIONAL DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACION . .. 26

Genero Regional de Huancaeice — lo de Orparizactny Funciones — ROF 2

tina de Racionaizaione Informática

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL ...... 2-200 2-0eceeceeeecertettnet: 27 OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN OFICINA DE ECONOMÍA .. OFICINA DE LOGISTICA . - OFICINA DE DESARROLLO HUMA! CAPITULO IX...... ÓRGANOS DE LINEA . GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DIRECCION REGIONAL DE SALUD . DIRECCION REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO. DIRECCION REGIONAL DE EDUCACIÓN .... - ALDEA INFANTIL “SAN FRANCISCO DE ASIS” . SUB GERENCIA DE COMUNIDADES CAMPESINAS, PARTICIPACION CIUDADANA E INCLUSIÓN SOCIAL a . 40 GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO 42 DIRECCION REGIONAL AGRARIA ........-- - 43 DIRECCION REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS . 45 DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO, TURISMO 147 DIRECCION REGIONAL DE PRODUCCIÓN . . . 49 SUB GERENCIA DE PROMOCIÓN DE INVERS INNOVACION... ococcocororcenarananos GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA SUB GERENCIA DE ESTUDIOS .....- SUB GERENCIA DE OBRAS .......- DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.......-- 2000s yeecet voce eee eeeenes SUB GEREN GESTION DEL MEDIO AMBIENTE . SUB GERENCIA DE RECURSOS NATURALES Y ÁREAS PROTEGIDAS - CAPITULO X o ooccooncocnnonos . ORGANOS DESCONCENTRADOS . HOSPITAL DEPARTAMENTAL GERENCIA SUB REGIONAL ACOBAMBA . GERENCIA SUB REGIONAL ANGARAES GERENCIA SUB REGIONAL CASTROVIRR GERENCIA SUB REGIONAL CHURCAMPA . GERENCIA SUB REGIONAL HUAYTARÁ GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA . ORGANIZACIÓN DE LAS GERENCIAS SUB-REGIONALES . GERENCIA SUB REGIONAL ...-..-----.--- +--+ ORGANO SUBREGIONAL DE CONTROL INSTITUCIONAL . OFICINA SUB REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA ... OFICINA SUB REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO . OFICINA SUB REGIONAL DE ESTUDIOS DE PREINVERSION OFICINA SUB REGIONAL DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACIÓN . OFICINA SUB REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN . UNIDAD OPERATIVA DE EDUCACION . UNIDAD OPERATIVA DE SALUD. . UNIDAD OPERATIVA AGRARIA . UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA . UNIDAD DE SERVICIOS MÚLTIPLES UNIDAD DE COMUNIDADES CAMPESINAS CAPITULO XI.....0- 0-225 sere ÓRGANOS DESCENTRALIZADOS .. PROYECTOS ESPECIALES ....

Y ARTESANÍA .

:S, COMPETITIVIDAD E

. 50

. 53

. 55

se

. 59 .. 60 . 61 . él . 62 . 63 . 63 . 64 . 64 . 66 . 67 . 68

  • 68 TM

ovina Regoral de Suances Enea ai aio ROR ‘Oca de Racionalización e Informatica,

EINCLUSIÓN SOCIAL .

LUCHA CONTRA LA POBREZA . TITULO TERCERO .......-..0. PE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES . CAPITULOI.....-.- . DELAS RELACIONES INSTITUCIONALES .

CAPITULO... 6.00 eee eres DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS CAPITULO Il DISPOSICIONES TRANSITORIAS . CAPITULO MM ...-........ DISPOSICIONES FINALES . ANEXOS . . NEXO 1. Orga!

ANEXO 2. Estructura Orgánica de una erencia Sub

rama Estructural del Gobierno Re: ional Huancavelica .

=< Funciones — ROF 4

‘Goblemo Regional de Huancavoica - Reglamento de Orgaz (Oficina de Racionalización Informatica

INTRODUCCION

La actual gestión del Gobierno Regional Huancavelica, en el primer trimestre del año 2007 tomó ta determinación de iniciar acciones que permitan sentar las bases para el logro de un desarrollo institucional integral y sostenible, alineado a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo; con el objeto de revertir un statu quo organizacional no compatible con la realidad de nuestra región.

De acuerdo con los resultados del diagnostico situacional, la Estructura Organizacional del Gobierno Regional vigente ha devenido en obsoleta ya que concentra todo el poder de decisión en la capital de la región, no adecuándose a la política del actual Gobierno Regional, que prioriza la descentralización hacia las provincias con la finalidad de convertirlos en verdaderos polos de desarrollo; asimismo, dicho Esquema Organizacional no se encuentra preparado para asumir las 185 funciones y competencias, que de acuerdo con la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” el Gobiemo Nacional transferirá al Gobierno Regional.

Por tales razones el Gobierno Regional de Huancavelica decide iniciar un proceso de Reestructuración Orgánica con el objetivo modemizar la gestión pública regional, haciéndola más eficiente, rápida y segura, capaz de atender las demandas de desarrollo regional, que preste servicios públicos de calidad, oportunos y que optimice el uso de los recursos públicos, bajo el marco de la Ley N° 29035 publicada el 09 de Junio del 2007 que faculta la ejecución del proceso de Reestructuración Orgánica del Gobierno Regional Huancavelica; consecuentemente el Consejo Regional emite la Ordenanza Regional N° 102-GOB.REG-HVCA/CR en la que se declara de interés. regional la adopción de acciones necesarias orientadas a la modernización de la gestión pública del Gobierno Regional Huancavelica.

En este marco, el Gobierno Regional Huancavelica, promueve una nueva Estructura Organizacional, como instrumento de gestión que permita fomentar el desarrollo regional integra! sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas de desarrollo; a través de ta descentralización administrativa, técnica y económica hacia los órganos desconcentrados, dotando a cada provincia de una Gerencia Sub Regional con una esquema organizativo que permita una gestión multisectorial y a su vez constituyéndose en el plano económico una Unidad Ejecutora.

El objeto del presente Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huancavelica es definir una organización democrática, “descentralizada y desconcentrada; así como definir y delimitar las facultades, competencias, funciones y atribuciones del Gobierno Regional, sobre la base de una nueva Estructura Orgánica.

Este nuevo diseño organizacional, acoge la visión política de eficiencia para el desarrollo, considerando las siguientes premisas:

“Gotiemo Regional de Hugncaveica — lo de Orgerizactny Furgones — ROF 5 fina de Racconizadón e orate

  • Convertir al Gobierno Regional de Huancavelica en una institución integrada por todos los sectores, con visión de desarrollo regional, en un esquema descentralizado, que prioriza el desarrollo de las provincias.

  • Promover el desarrollo mediante la ejecución de proyectos productivos de envergadura regional.

  • Una gestión pública moderna cuyos procesos administrativos se desarrollen por medio de sistema informáticos de manera simplificada, rápida y segura, que permita la participación de la ciudadanía en la Gestión Regional.

  • Garantizar la prestación de los servicios públicos, con calidad, oportunidad de manera descentralizada.

Asimismo, este documento de gestión, está orientado a evitar la duplicidad de funciones y minimizar los conflictos de competencia; establecer con claridad los niveles de autoridad y responsabilidad; así como, reflejar una estructura orgánica coherente con el objetivo institucional que asegure la oportuna atención de los servicios públicos; y, permitir flexibilidad de acción para que la entidad se adecue a los cambios políticos, económicos y tecnológicos que ocurren en la región y el país.

La base legal del presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es la siguiente:

« La Constitución Politica del Estado.

  • La Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

  • LaLeyN' 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales.

  • LaLey N° 29035, que faculta a los Gobiernos Regionales y Locales, llevar a cabo el proceso de restructuración, previo acuerdo de su respectivo órgano normativo y fiscalizador, Faculta el desarrollo de acciones de modernización de la Gestión Pública, orientada a incrementar su nivel de eficiencia, mejorar la atención a la ciudadanía y la optimización del uso de los Recursos Públicos, para lo cual podrán disponer las acciones de, reestructuración, fusión y disolución de sus entidades, empresas, y organismos públicos en tanto se dupliquen funciones o se prevean similares servicios a los brindados, integrándose competencias y funciones afines.

  • Decreto Supremo N° 043-2006-PCM.

  • Decreto Legislativo 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

  • Ordenanza Regional N° 102-GOB-REG-HVCA/CR, que aprueba la realización del Proceso de Reestructuración Orgánica del Gobierno Regional de Huancavelica.

  • Ordenanza Regional N° 104-GOB-REG-HVCA/CR, que «aprueba la nueva Estructura Orgánica para el Gobierno Regional de Huancavelica.

Es importante mencionar que el presente documento actualiza el Reglamento de Organización y Funciones — ROF, aprobado con Ordenanza Regional N° 104-GOB-REGHVCA/CR - 2007, consensuando las modificaciones propuestas por el Consejo Regional, con las áreas administrativas, técnicas inmersas en el proceso de Reestructuración Orgánica. E na

zai y Funiones — ROE 6

ENANA] fina de Racionalización e Informática.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA

TITULO PRIMERO

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO | OBJETIVO, CONTENIDO, ALCANCE Y DOMICILIO DEL OBJETIVO ARTÍCULO 4%. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) tiene como objetivo establecer y desarrollar el marco normativo de gestión y administración institucional del Gobierno

Regional Huancavelica.

En adelante toda alusión al Reglamento debe entenderse que se refiere al Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huancavelica.

DEL CONTENIDO

ARTÍCULO 2°- El Reglamento contiene la naturaleza, finalidad, objetivos, principios competencias, funciones generales, estructura orgánica, organización funcional, atribuciones y funciones de sus órganos; asimismo, el régimen económico, financiero y laboral, las relaciones de coordinación y las disposiciones complementarias, transitorias y finales.

DEL ALCANCE

ARTÍCULO 3°. Las normas establecidas en el presente Reglamento ‘son de “obligatorio cumplimiento por todos los Órganos Estructurados de la Sede Regional, los Órganos Desconcentrados y Proyectos Especiales Regionales.

DEL DOMICILIO

ARTÍCULO 4”.- La Sede del Gobierno Regional Huancavelica se encuentra en la capital de la Provincia de Huancavelica, cuyo domicilio legal está ubicado en el Jirón Torre Tagle N° 336.

CAPITULO II NATURALEZA, FINALIDAD, FUNCIONES, COMPETENCIAS DE LA NATURALEZA

ARTÍCULO 5°.- El Gobierno Regional Huancavelica es una persona jurídica de derecho público, Gon autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constiluyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal,

DE LA FINALIDAD

ARTÍCULO 6°. La finalidad del Gobierno Regional es fomentar el desarrollo de la Región de manera, descentralizada, integral y sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, la generación de empleo; asimismo garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de

Gobierno Rego de Huaca _ Regameninde CrgarzacnyFuncenes ROS Oficina de Racionalización e Inormálica.

nidades de su población de acuerdo con los planes y programas de desarrollo nacionales, jonales y locales.

DE LAS FUNCIONES GENERALES ARTÍCULO 7°,- Son funciones del Gobierno Regional Huancavelica, las siguientes:

FUNCIÓN NORMATIVA Y REGULADORA. Elaborando y aprobando normas de alcance regional, asi como regulando los servicios de su competencia.

FUNCIÓN DE PLANEAMIENTO.- Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la normativa legal en vigencia.

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA Y EJECUTORA.- Organizando, dirigiendo y ejecutando los recursos Financieros, bienes, activos y capacidades humanas, necesarios para la gestión regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales,

FUNCIÓN DE PROMOCIÓN DE LAS INVERSIONES.- Incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin.

FUNCIÓN DE SUPERVISIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL. Fiscalizando la gestión administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y la calidad de los servicios, fomentando la participación de la sociedad civil.

DE LAS COMPETENCIAS

ARTÍCULO 8°,- Las competencias del Gobiemo Regional de Huancavelica son:

COMPETENCIAS CONSTITUCIONALES:

a) Aprobar su organización intema y su presupuesto.

b) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil.

€) Administrar sus bienes y rentas.

@) Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad.

e) Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes.

£) Dictar las normas inherentes a la gestión regional.

g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura. pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley.

hy Fomentar la competiividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional.

i) Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia,

D_ Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley.

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS:

a) Planificar el desarrollo integral de la Región Huancavelica y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonia con el Plan Nacional de Desarrollo.

b) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de la región.

e) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto.

d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito

otic Rogona de Huancaeica - Reglarenio de Oganizacin y Funcones— OF 8

‘Oficina de Racionalización e Infomática.

regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión

privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.

Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de

ciudades intermedias.

Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar

sistemas productivos y de servicios.

Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la

agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a

sus potencialidades.

h) Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo,

i) Concretar acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrolio económico, social y ambiental.

) Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.

k) Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de demarcación territorial en su jurisdicción, conforme a la Ley de la materia.

) Promover la modernización de la pequeña y moderna empresa regional, articuladas con la tarea de educación, empleo y a la actualización de la innovación tecnológica.

m) Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes.

n) Promover el uso sostenible de los recursos forestales y la biodiversidad.

  1. Otras que se le señale por ley expresa.

COMPETENCIAS COMPARTIDAS:

a) Educación. Gestión de los servicios educativos, de nivel inicial, primario, secundario y superior no universitario, con criterios de Interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo.

b) Salud pública.

c) Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a fos sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente.

d) Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental.

e) Preservación y administración de las reservas y áreas protegidas regionales.

Y Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales regionales,

  1. Competitividad regional y la promoción del empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos privados y públicos.

h) Participación ciudadana, “alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles.

i) Otras que se le delegue o asigne conforme a ley.

—__ AAA A Y)

Gobiema| de Huancavelca - Reglamento de Organización y Funciones — ROE fina de Racionalización e Informatica

TITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO I: ESTRUCTURA ORGANICA

ARTICULO 9°.- La Estructura Orgánica del Gobierno Regiona! de Huancavelica es la siguiente:

Órgano Normativo y Fiscalizador

  • Consejo Regional o Secretaria del Consejo Regional

Órgano Consultivo y de Coordinación

  • Consejo de Coordinación Regional

Órgano Ejecutivo Regional

  • Presidencia Regional
  • Vicepresidencia

Órgano de Dirección

  • Gerencia General Regional

SEN Órganos de Control y Defensa Judicial

  • Oficina Regional de Control Institucional
  • Procuraduria Pública Regional

Órganos de Asesoramiento « — Oficina Regional de Asesoría Juridica

  • Oficina de Cooperación Técnica Internacional
  • Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o. Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Acondicionamiento Territorial o Sub Gerencia de Gestión Presupuestaria y Tributación o Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, informática y Estadística o Sub Gerencia de Programación de Inversiones

Órganos de Apoyo

Secretaria General

Oficina de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil Oficina Regional de Estudios de Pre Inversión

Oficina Regional de Supervisión y Liquidación

Oficina de Imagen Institucional

Oficina Regional de Administración

o Oficina de Economía

o Oficina de Logística

© Oficina de Desarrollo Humano

Organos de Linea

  • Gerencia Regional de Desarrollo Social

Dirección Regional de Salud

Dirección Regional de Educación

Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo

Sub Gerencia de Comunidades Campesinas, Participación Ciudadana e Inclusión Social Aldea Infantil “San Francisco de Asís”

o00000

  • Gerencia Regional de Desarrollo Económico. o Dirección Regional Agraria o Dirección Regional de Energía y Minas o Dirección Regional de Comercio, Turismo y Artesanía

ie Repro tae earn de Ogre us E 10

‘Oficina de Racionalización e Informática,

o Dirección Regional de Producción

o Sub Gerencia de Promoción de Inversiones, Competitividad e Innovación Gerencia Regional de Infraestructura

o Sub Gerencia de Estudios

o Sub Gerencia de Obras

o Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones

  • — Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. o Sub Gerencia de Gestión del Medio Ambiente o Sub Gerencia de Recursos Naturales y Áreas Protegidas.

Órganos Desconcentrados

Hospital Departamental de Huancavelica Gerencia Sub Regional Acobamba Gerencia Sub Regional Angaraes Gerencia Sub Regional Castrovirreyna Gerencía Sub Regional Churcampa Gerencia Sub Regional Huaytará Gerencia Sub Regional Tayacaja.

Órganos Descentralizados

  • Proyectos Especiales
  • Lucha contra la Pobreza

CAPITULO Il ORGANO NORMATIVO Y DE FISCALIZACION CONSEJO REGIONAL

ARTÍCULO 10*.- Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobiemo Regional de Huancavelica; le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales.

ARTÍCULO 41°.- El Consejo Regional está integrado por un representante de cada provincia de la Región Huancavelica, elegidos por elección popular y se rige conforme a su Reglamento Interno.

El Consejo Regional es presidido por el Consejero Delegado, quién es elegido, por todos los Consejeros Regionales por un periodo de un año. No hay reelección del Consejero Delegado.

ARTÍCULO 12.- Son atribuciones del Consejo Regional:

  1. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

  2. Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano. y largo plazo, “concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional.

  3. Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco 'del'Plan de *

Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria

del Estado y a las Leyes Anuales del Presupuesto General de la República y a la Ley de

Prudencia y Transparencia Fiscal.

Aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios.

Aprobar su Reglamento Interno.

Fijar la remuneración mensual del Presidente, Vicepresidente y las dietas de los

Consejeros.

Declarar la vacancia y suspensión del Presidente, Vicepresidente y los Consejeros.

N paz

— —————————— ote Rega decae — Rayan es Oo Fences EOS 11

(Oficina de Racionalización e Informatica,

  1. Autorizar conforme a Ley las operaciones de crédito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el Presidente Regional; las operaciones de crédito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento Público,

  2. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional.

  3. Aprobar la creación, venta, concesión o contratos, disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales conforme a la Constitución y la Ley.

  4. Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional.

  5. Proponer ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.

  6. Proponer la creación, modificación o supresión de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley.

  7. Aprobar el Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales.

  8. Aprobar el Plan de Competitividad Regional, los acuerdo de cooperación con otros gobiemos regionales e integrar las estrategias de acciones macro regionales

  9. Definir la politica permanente del fomento de la participación ciudadana.

  10. Aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas y el Programa de Desarrollo Institucional.

  11. Los demás que le corresponda de acuerdo a Ley.

3 ARTÍCULO 13°, Son funciones del Consejero Delegado los siguientes:

  1. Convocar y presidir las Sesiones de Consejo Regional.
  2. Representar al Consejo Regional.
  3. Tramitar los acuerdos del Consejo Regional.

ARTÍCULO 14*.. Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales:

  1. Proponer normas y acuerdo regionales.

  2. Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno-Regiona! u otro de interés general.

  3. Integrar las Comisiones ordinarias, investigadoras o especiales.

  4. Asistir a las Sesiones del Concejo Regional y Comisiones correspondientes con derecho a voz y voto,

  5. Las demás que le sean asignados por la Ley o por el Consejo Regional.

ARTICULO 45°. El cargo de Consejero Regional es incompatible:

  1. Con el ejercicio de cualquier otra función pública proveniente de elección popular.

  2. Con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista © miembro del Directorio de empresas o de instituciones que tiene con el Gobierno Regional. contratos de obras, suministro o de aprovisionamiento, administran rentas públicas o prestan servicios públicos.

  3. Con cargos similares en empresas que durante el mandato de los consejeros regionales, obtengan concesiones de los Gobierno Regional, así como en empresas del sistema crediticio financiera supervisadas por la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros.

Los Consejeros Regionales no pueden ejercer cargos en el Gobierno Regional salvo que hayan sido elegidos siendo trabajadores, en cuyo caso gozaran de licencia durante el tiempo que dure el cargo. Igualmente, los Consejeros Reglonales no pueden intervenir a favor de terceros en causas pendientes con el Gobierno Regional.

ARTICULO 16*.- Los Consejeros Regionales son responsables:

  1. Solidariamente, por los acuerdos que adopten salvo que dejen expresa constancia de su voto en contra.
  2. Individuaimente por lo actos violatorios de la Ley, en el ejercicio del cargo.

— al ino Regal Humcaveica—Ragareng ce Open Ejes POS 12

Oficina de Racionalización e informática.

SECRETARIA DEL CONSEJO REGIONAL

ARTÍCULO 17°.- Es la unidad orgánica encargada de ordenar el trabajo y apoyar al cumplimiento ‘de funciones del Consejo Regional.

ARTICULO 18°.- La Secretaría del Consejo Regional tiene las siguientes funciones:

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Organizar la documentación y el loca! del Consejo Regional técnica y ambientalmente. Custodiar el Libro de Actas y el Acervo documentario del Consejo Regional.

Levantar el acta de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional. Notificar formalmente a los Consejeros Regionales para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo con publicación de la misma por medios de comunicación de mayor cobertura.

Expeditar las Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional para su publicación y ejecución, conforme corresponde hacer por mandato de Ley.

Preparar agendas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional, como de las comisiones ordinarias, investigadoras o especiales y asistir al Presidente y a los miembros de las comisiones durante el desarrollo de las mismas.

Entregar a los representantes de los medios de comunicación social debidamente acreditados, la información necesaria para la difusión de las actividades, ordenanzas y acuerdos de Consejo Regional, incluyendo informar las mismas por el sistema de INTERNET.

Certificar las autógrafas de Ordenanzas y Acuerdos Regionales, asi como autenticar los documentos oficiales que expide o firme el Presidente Regional y los miembros del Consejo Regional

Organizar el centro de documentación e información del Consejo Regional y la Oficina de Iniciativa Ciudadana e Institucionales y supervisar su funcionamiento.

Proporcionar a los señores Consejeros los informes que le soliciten sobre aspectos concernientes a la marcha administrativa, investigadora y fiscalizadora del Consejo Regional

Proporcionar en base a las disposiciones que establezca la Presidencia y Gerencia General Regional de acuerdo a la disponibilidad, los servicios de asesoramiento y apoyo logístico suficiente para el desarrollo de las funciones de los consejeros.

Recibir y dar el trámite respectivo de los proyectos de Ordenanza-y- Acuerdo Regional presentado por los Consejeros.

Recibir y tramitar los resultados de las investigaciones realizadas por los Consejeros Regionales.

Recibir los documentos dirigidos al Consejo Regional o a sus miembros, asumiendo el trámite correspondiente.

CAPITULO I ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL

ARTICULO 19".- Es el órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional Huancavelica, ‘con las municipalidades y la sociedad civil de su circunscripción territorial. Está integrado por el Presidente Regional, los alcaldes provinciales, los alcaldes distritales "representativos de su provincia, y los términos previstos en la ley orgánica de gobiernos regionales.

ARTÍCULO 20°.- Los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión consultiva, concertando sobre:

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El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual

El Plan de Desarrollo Reglonal Concertado

La visión general y los lineamientos estratégicos de los programas componentes del Plan de Desarrollo Regional Concertado

Oficina de Racionalización e informatica,

  1. Otras que le encargue o solicite el Gobierno Regional.
  • -El Concejo de Coordinación Regional no ejerce funciones ni actos de gobierno.

CAPITULO IV ORGANO EJECUTIVO REGIONAL. PRESIDENCIA REGIONAL

ARTICULO 21”. Esta representado por el Presidente Regional, máxima autoridad de su , jurisdicción, elegido por voto popular por el periodo constitucionalmente fijado. Es representante legal y titular del pliego presupuestal del Gobiemo Regional de Huancavelica.

ARTÍCULO 22*.- Son atribuciones del Presidente Regional, las siguientes:

  1. Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos.

  2. Proponer y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional, concertado con la sociedad civil, y aprobado por el Consejo Regional.

  3. Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza.

  4. Dictar decretos y resoluciones ejecutivas regionales.

  5. Dirigir la ejecución de los planes y programas del Gobiemo Regional y vetar por su cumplimiento.

  6. Dirigir, supervisar, coordinar y administrar las actividades y servicios públicos, a cargo del Gobierno Regional, a través de sus gerentes regionales.

  7. Aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias

administrativas del Gobierno Regional.

  1. Suscribir convenios o contratos con la cooperación técnica internacional, en el marco de su competencia.

  2. Celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenlos y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional.

  3. Presidir el Consejo de Coordinación Regional y convocar a sus sesiones y, a través de los representantes de la sociedad civil, a fas asambleas de delegados de la misma.

  4. Presentar su informe anual al Consejo Regional.

  5. Presentar la memoria y el informe de los estados presupuestarios y financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional.

  6. Promulgar las ordenanzas regionales, o hacer uso de su derecho a observación en el plazo de quince días hábiles, y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional.

  7. Presentar al Consejo Regional para su aprobación o modificación:

El Plan de Desarrollo Regional Concertado.

El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual.

El Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales.

El Programa de Competitividad Regional.

El Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas.

El Programa de Desarrollo Institucional.

Las propuestas de acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales y de

estrategias de acciones macro regionales.

  1. Proponer al Consejo Regional las iniciativas legislativas.

  2. Proponer al Consejo Regional y celebrar los contratos de las operaciones de crédito interno y externo aprobado por dicho consejo.

  3. Promover y celebrar convenios con instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación.

— ————

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"Oficina de Racionalización omic.

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  1. Promover y participar en eventos de integración y coordinación Macro Regionales.

  2. Proponer, ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana.

  3. Asistir a las sesiones del Consejo Regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invita, con derecho a voz.

  4. Las demás que le señale la ley.

VICEPRESIDENCIA

ARTÍCULO 23*.- El Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los cuarenta y cinco (45) días naturales al año, por ausencia o impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo, Cumple funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Percibe la remuneración correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas.

CAPITULO V

ORGANO DE DIRECCIÓN GERENCIA GENERAL REGIONAL

ARTICULO 24°.- La Gerencia General Regional, es el Órgano responsable de dirigir, supervisar y evaluar el sistema administrativo regional. Es el responsable administrativo del Gobierno Regional

El Gerente General Regional mantiene dependencia jerárquica con ta Presidencia Regional. ARTÍCULO 25”.- Son funciones de! Gerente General Regional los siguientes:

  1. Coordinar, supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de los programas y proyectos regionales, velando por el adecuado y oportuno cumplimiento de objetivos y metes previstas en los planes y programas del Gobierno Regional.

  2. Supervisar y evaluar la ejecución y calidad de los servicios públicos y administrativos que brinda el Gobierno Regional.

  3. Ejecutar y supervisar la aplicación de la Normas Técnicas y Administrativas, emitidas por los organismos de nivel nacional que tengan implicancia en el desarrollo regional.

  4. Proponer al Directorio de Gerencias Regionales los anteproyectos de:

Plan de Desarrollo Regional Concertado.

Plan Anual y Presupuesto Participativo Anual.

Plan Estratégico Institucional.

Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales.

Programa de Competitividad Regional.

Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas.

Programa de Desarrollo Institucional.

Reglamento de Organización y Funciones.

¡Texto Único de Procedimientos Administrativos.

j. Cuadro para Asignación de Personal.

Emitir Resolución Gerencial General Regional, en el marco de su competencia.

Aprobar: los desplazamientos de personal desde y hacia las sedes regionales, directivas

e instructivos, así como los siguientes documentos de gestión:

a. Cuadro Nominativo de Personal (CNP). b. Manual de Organización y Funciones ( MOF) €. Manual de Procedimientos Administrativos ( MAPA) 7. Aprobar los reglamentos de capacitación, de asistencia y permanencia, y otros de alcance

regional. 8. Supervisar el cumplimiento de fas publicaciones sobre transparencia pública, estadisticas

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‘Ofcina de Recionalizacion e Informática.

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regionales y otras establecidas por ley, en el portal electrónico del Gobierno Regional.

  1. Administrar los bienes y las rentas del Gobierno Regional.

  2. Cautelar que se formulen, en los plazos previstos, los documentos de gestión, técnico normativo asi coma la información presupuestaria, financiera, informe y memoria anual, para ser presentados ante las instancias correspondientes.

  3. Canalizar, con la conformidad del directorio de gerencias regionales, las iniciativas legislativas de interés regional.

  4. Asegurar el cumplimiento de convenios celebrados por el Gobierno Regional con instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación.

  5. Evaluar e informar a la presidencia regional sobre la implementación de estrategias y políticas, para el fomento de la participación ciudadana.

  6. Supervisar y fiscalizar la ejecución de estudios de pre inversión.

  7. Asistir y exponer ante el Consejo Regional cuando sea convocado.

  8. Cautelar la aplicación de las normas legales en el gasto institucional conjuntamente con la Oficina Regional de Administración.

  9. Participar en el proceso de evaluación de los diversos planes y programas de los órganos estructurados del Gobierno Regional.

48, Designar representantes del Gobierno Regional que fueran necesarios ante cualquier comisión, congreso u otros similares.

  1. Aprobar todo estudio de pre inversión en sus diferentes fases presentado por la oficina de estudios de pre inversión.

  2. Evaluar y supervisar los actos administrativos de sus órganos dependientes.

  3. Celebrar convenios con establecimientos y entidades aseguradoras para la prestación de servicios de salud del seguro público.

  4. Las demás que sean asignadas por el Presidente Regional.

CAPITULO VI LOS ORGANOS DE CONTROL Y DEFENSA JUDICIAL

LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 26°.- La Oficina de Control Institucional es la responsable de realizar el control de las actividades de gestión, administración, economía y finanzas, de los recursos y bienes de la Región, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

El Órgano de Control Institucional, depende funcional y orgánicamente de la Contraloria General de la República y administrativamente del Presidente Regional del Gobierno Regional de Huancavelica. Está a cargo de un funcionario seleccionado y nombrado por la Contraloría General de la República.

Su ámbito de control abarca a todos los órganos del Gobierno Regional, y todos los actos y operaciones conforme a Ley.

ARTÍCULO 27°.- Son funciones de la Oficina de Control Institucional las siguientes:

  1. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control “del “Gobierno “Regional Huancavelica de conformidad con la normatividad del Sistema Nacional de Control.

  2. Ejercer el control interno posterior alos actos y operaciones del Gobierno Regional, según ies planes y programas anuales, evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de los recursos y bienes del Estado, así como la gestión y resultados obtenidos, en relación con las metas trazadas.

  3. Evaluar la eficiencia, eficacia, economia y transparencia de los sistemas: administrativo, francero y técnico.


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