Acuerdo Regional N.° 131-2023/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBJERl'lO REGIONAL DE HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
/Jf/!ERDO DE t~ f/0 REfi/ONAl Nº 131p2023·GOB.RlfiHYtl1/fR Huancavelica, 15 deJunio del 2023. VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 15 de junio del año 2023, con el voto UNÁNIME de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 124-2023/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 01 de junio de 2023, el pleno del Consejo regional acuerda encargar a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Huancavelica, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, en las presuntas irregularidades en la designación de funcionarios de confianza en la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna, conforme al Informe Nº 001-2023/GOB.REG.HVCA/CRH/ELÑD. Que, mediante escrito de fecha 07 de junio de 2023, la señora Virginia Rivas Del Pino, presenta Recurso de Reconsideración , contra el Acuerdo de Consejo Regional Nº 1242023/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 01 de junio de 2023, por cuanto se habría vulnerado el literal i) del Artículo 23º del Reglamento Interno del Consejo Regional. Que, conforme dispone el segundo párrafo del Artículo 75º del Reglamento Interno del Consejo Regional, los Acuerdos pueden ser reconsiderados a petición escrita de cualquiera de los Consejeros y consejeras Regionales, debiendo presentar su pedido en la sesión siguiente, para admitir a debate el recurso de reconsideración se requiere la mayoría legal del número de miembros del Consejo Regional. Que, estando al punto anterior y al escrito presentado con fecha 07 de junio de 2023, se advierte que la impugnante, no cuenta con legitimidad para interponer el recurso de reconsideración, ello en aplicación del cuerpo citado en el considerando precedente, por el cual debe desestimarse dicha pretensión. Que, la legitimidad para obrar se entiende como presupuesto para poder plantear una pretensión en un proceso, de forma tal que solo si la pretensión es planteada por una persona legitimada, el juez puede pronunciarse válidamente sobre el conflicto de intereses que le ha sido propuesto.
GOBIERNO REGIONAL DE HlJANCAVELJCA
CONSEJO REGIONAL
At'4 DE CONSEJO REfi/ONAl Hº 131p2023--fiO/lREfiHl'til/tR H uancavelica, 15 dejunio del 2023.
Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR improcedente el Recurso de Reconsideración formulado por la señora Virginia Rivas Del Pino, contra el Acuerdo de Consejo Regional Nº 124-2023/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 01 de junio de 2023, ello según los argumentos expuestos ut supra.
l Vº ,..º-i. . ARTÍCULO SEGUNDO. - Notifíquese el presente Acuerdo de Consejo Regional '-' ··;bg tio;,i·· ~lal Ejecutivo, a los interesados e instancias pertinentes.
- CARuc SARANA • ,
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Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480371-131-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645319/6480371-acuerdo-de-consejo-regional.pdf