Acuerdo Regional N.° 129-2023/GOB.REG-HVCA/CR
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GO BIERNO REGIONAL DE
HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
AtDERDO DE tONSE/0 REfi/ONAl A'º12!J·2023·fiO/lREfiDl'tA/tR Httancavelíca, O1 de j unio de 2023. VISTO:
El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 01 de junio del año 2023, con el voto en unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867--: Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. ~~º
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Que, los Artículos 188º_y 1~~ºdela Ley Nº 27680- Ley ?e_ Reforma Constitucional,
~ Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentrahzac1on, establecen que el obJetIvo fundamental de la ífg ru;;;.;,· ·;;;;;; ~) descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el ~ ,.fl "ºe' ,.. desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el
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desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamental_mente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.
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Que, el Artículo 4º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado
r <:l_ ----- mediante Ordenanza Regional Nº 303-GOB-REG.HVCA/CR-2015, establece las funciones del Consejo
l-=' ctiE §.:;,NA ~ Reg~onal "B": Los Consejeros y onsejeras Reionales ejercen individua!mente funci?ne f_iscalizadoras del
~v 5' ·1• ,¡r.c:,~~·;io,0"' Gobierno Regional de Huancavehca. Estas funciones y los actos que realicen en su eJercIcI0, no pueden ser ~tvcA,1'é-."-
materia de limitación, retardo, ni obstrucción por ninguna o persona del entre gubernamental regional. Cumplen estas funciones fiscalizadoras a través de comisiones o individualmente, pudiendo efectuar requerimientos a la administración regional para que obligatoriamente informen sobre aquello$ asuntos que demanden su intervención ... " Que, mediante Sentencia Nº 979/2021 del Tribunal Constitucional, se declara fundada en parte la demanda; en consecuencia, inconstitucionales los artículos 1, 2, 3, 4 (segundo párrafo) y 5, así como la primera y segunda disposiciones complementarias finales de la Ley 31131. Que, al amparo de dicha Sentencia y la Ley Nº 31131 , se suscribieron contratos administrativos de servicios a los trabajadores del Gobierno Regional a nivel del pliego, en todas sus unidades ejecutoras, en algunos casos sin tener en consideración el Informe Técnico 001479-2022-SERVIR-GPGS Informe técnico vinculante sobre la identificación de los contratos CAS indeterminados y determinados a partir de la Sentencia del Tribunal Constitucional y su Auto emitido respecto del Pedido de Aclaración .
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GOBIERNO REGIONAL DE HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
AfDERDO DE fONSE/0 REfi/ONill Nº 12!/·202:J•fiO/lREfilfllfA/fR Huancavelíca, 01 de junio de 2023.
Que, el Consejero Regional por la Provincia de Huaytara señor Ricardo yauricasa Flores, solicita al pleno del Consejo Regional, conformar una Comisión Especial encargada de la revisión de los contratos indeterminados bajo el régimen laboral del D. Leg. 1057 -Contratos Administrativos de Servicios, a nivel del pliego del Gobierno Regional.
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Que, conforme dispone el Articulo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - APROBAR la conformación de la Comisión Especial, encargada de la verificación y revisión de los Contratos Administrativos de Servicios - CAS indeterminados a nivel pliego, suscritos al amparo de la Sentencia Nº 979/2021 del Tribunal Constitucional, que declara inconstitucionales los artículos 1, 2, 3, 4 (segundo párrafo) y 5, así como la primera y segunda disposiciones complementarias finales de la Ley 31131; para el cual se debe tener en cuenta el Informe Técnico 0014792022-SERVIR-GPGS- Informe técnico vinculante sobre la identificación de los contratos CAS indeterminados y determinados a partir de la Sentencia del Tribunal Constitucional, la misma que está integrada por: • • • • •
Hector Bari Mamani Coila Juan Jose Anyaipoma Maldonado Paul Laurente Enriquez José Torres Huamaní Meger Josué Rojas Meza
Preside
ARTÍCULO SEGUNDO. - OTORGAR un plazo de 60 días calendarios para el cumplimiento a que se contrae el artículo precedente. ARTÍCULO TERCERO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, interesados e instancias pertinentes.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480373-129-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645322/6480373-acuerdo-de-consejo-regional.pdf