Acuerdo Regional N.° 122-2023/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
lt/JERO0 DE t0HSE/0 REfi/0Hll Hº 122·2023-G0B,REfiDl'tA/tR Huancavelica, O1 de junio de 2023. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 01 de junio del año 2023, con el voto en unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional en el literal C), del Artículo 5º, establece que: "Las comisiones ordinarias del Consejo Regional, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo Regional, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas, investigaciones fiscalizadoras y emitir diciámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo Regional les encargue. Que, mediante Oficio N° 155-2023/GOB.REG.HVCÁ/GR, de fecha 18 de mayo de 2023, el Gobernador Regional solicita al pleno del Consejo Regional la designación del Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad institucional, para el cual cumple con remitir la propuesta de tema de candidatos para la designación, conforme dispone el literal w) del Artículo 21 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. · Que, para la formalización de la designación del Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica, el pleno del Consejo Regional acuerda por unanimidad encargar a la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Transparencia y Ética, el estudio y evaluación de la solicitud del Gobernador Regional, respecto a las propuestas para designación del Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, conforme dispone el literal w) del Artículo 21 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
GOBlERNO REGIONAL DE HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
AflllRO0 DE CONSEJO REGIONAL Nº 122-2023-G0/lREfiDJl(A/fR Huancavelica, 01 de junio de 2023. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Transparencia y Ética, el estudio y evaluación de la solicitud del Gobernador Regional, respecto a las propuestas para designación del Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, conforme dispone el literal w) del Artículo 21 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. ARTICULO SEGUNDO. - OTORGAR el plazo de 20 días calendario para la presentación del informe y/o dictamen correspondiente. ARTICULO TERCERO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480381-122-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645328/6480381-acuerdo-de-consejo-regional.pdf