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114-2023-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 114-2023/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO R EGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

J/fDERDO DE tONSl/0 REfi/ONAl Nº 111-202:J~,fiO/lREfiHl'fJ/fR Hua11cavelica, J8 de mayo de 2023. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de mayo del año 2023, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la 'v✓'?·· PQ~ descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el ,fo0'· º ~~\ desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el 11¡;;;., Ya-~-;; ¡1:'.\1 desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; :\

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Que, el Consejero por la provincia de Huaytara, señor Ricardo Yauricasa Flores, solicita al pleno del Consejo Regional, que para un mejor desempeño en su función fiscalizadora de las obras proyectos que se viene ejecutando a nivel regional, se requiera que las Gerencias Sub Reg ionales remitan a los Consejeros Regionales copias de los expedientes técnicos, estado situacional, valorizaciones, entre otros documentos importantes, los mismos que facilitarán el trabajo y cumplimiento de la función fiscalizadora. Que, el Apartado a) del Artículo 15º de la ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que son atribuciones del consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DISPONER que la Gerencia de Infraestructura y las Gerencias Sub Regionales, remitan a los Consejeros Regionales copias de los expedientes técnicos, estado situacional, valorizaciones, entre otros documentos importantes, de los proyectos y obras que se viene ejecutando a nivel regional, los mismos que facilitarán el trabajo y cumplimiento de la función fiscalizadora.

GOBIERNO REGIONAL DE HtJANCAVELICA

CONSEJO Rl{GlONAL

ACUERDO DE tONJE/0 REfi/ONAl Nº 111·2023·60/lREfiHl'fA/fR Hwmcavelica, I 8 de 1nayo de 2023. ARTÍCULO SEGUNDO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional a los interesados e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480389-114-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645337/6480389-acuerdo-de-consejo-regional.pdf