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111-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 111-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCA VELJC A

CONSEJO REGIONAL

ltl!ERDO DE t0NIE/0 REfi/ONAl Nº 111·2025·60/lREfiDl'tA/tB Huancavelica, 05 de junio de 2025. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 05 de junio de 2025, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, · económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a! Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º qe la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, en la sesión ordinaria de fecha 05 de junio de 2025, se ha considerado en la agenda, el informe del Gerente Sub Regional de Churcampa, para informar sobre el avance en la elaboración de expedientes técnicos del Plan Mil en la provincia de Churcampa, sesión a la que el funcionario aludido no asistió para dicho cometido. Que, el Artículo IX del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional prescribe, "Las funciones de los señores consejeros y consejeras regionales en el cumplimiento de sus deberes y derechos de legislar, fiscalizar y representar no pueden ser materia de limitación, retardo ni obstrucción por ninguna autoridad, funcionario, o persona natural y/o jurídica; pudiendo hacer requerimientos de información a la administración regional y/o de otro nivel de gobierno, para que obligatoriamente informen sobre los asuntos

que
demanden su intervención, sancionándose administrativamente a los que contravengan esta disposición.

~ v 8 1j, La presencia del consejero regional en su función de fiscalización es de puro derecho".

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Que, el literal k) del Artículo 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional,
establece que Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional de
Huancavetica y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público
regional.
Que, el pleno del Consejo regional acuerda expresar un voto de extrañeza por la
inasistencia a la sesión del Consejo Regional, asimismo exhortar al Ejecutivo del Gobierno Regional de
Huancavelica, el inicio de las acciones administrativas que correspondan y disponga la participación en la
sesión de Consejo Regional cuya finalidad es informar de acciones de interés general en favor de la población
Huancavelicana.

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GOBIERNO REGIONAL DE

HUANCA VELICA

CONSEJO REGIONAL

AfDERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 111·2025·60/lREfiHl'(A/fR
Huancavelica, 05 de Junio de 2025.
Que, confonne dispone el Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de
gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos
internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o nonna institucional.
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno
Regionales el Consejo Regional;

ARTICULO SEGUNDO. - EXHORTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de
Huancavelica, el inicio de las acciones administrativas que correspondan y disponga la participación del
funcionario en la sesión ordinaria de fecha 19 de junio de 2025, cuya finalidad es infonnar de acciones de
interés general en favor de la población Huancavelicana.
ARTICULO TERCERO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional
al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7938987-111-2025-gob-reg-hvca-cr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9703926/7938987-acuerdo-de-consejo-regional-n-111-2025-gob-reg-hvca-cr-del-05-06-202.pdf