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105-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 105-GR-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 105-GOB.REG-HVCA/CR

Huancavelica, 28 de Enero de 2008. POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL DE COMPETITIVIDAD DE HUANCAVELICA.

Que, conforme dispone el Artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, concordante con los Artículos 2° y 3° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal y que tiene jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 094-GOB.REG.- HVCA/CR, de fecha 22 de julio del año 2007, se aprueba la Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Competitividad Regional 2007 - 2017, instrumento de Gestión;

Que, la finalidad esencial del Gobierno Regional de Huancavelica es fomentar el Desarrollo Regional integral sostenible, garantizando el desarrollo pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes;

Que, el Articulo 18°, numeral 18.3 de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que la planificación y promoción del desarrollo debe propender y optimizar las inversiones con iniciativa privada, la inversión pública con participación de la comunidad y la competitividad a todo nivel, también la referida norma en su Artículo 350, literal d), prevé que los Gobiernos Regionales, deben promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética de comunicaciones y servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades;

Que, el Artículo 360, literal g) de la precitada Norma Legal, contempla que una de sus competencias compartidas de los Gobiernos

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 105-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 28 de Enero de 2008.

Regionales, es la competitividad Regional y la promoción de empleo productivo en todos los niveles concertando los recursos públicos y privados;

Que, el Artículo 8°, numeral 13) de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales tienen como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional, para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación, por lo que la competitividad constituye un principio rector de las políticas y gestión regional;

Que, es atribución del Consejo Regional, conforme establece el Artículo 150, literal a) de la Orgánica de Gobiernos Regionales e integrar estrategias de acciones macro regionales;

Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional;

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la creación del CONSEJO REGIONAL DE COMPETITIVIDAD DE HUANCAVELICA, cuya finalidad será desarrollar e implementar conjuntamente con el sector privado y la sociedad civil, organizando el Plan Regional de Competitividad con el objeto de integrar a la Región Huancavelica en la economía global, basado en una mejora continua de competitividad, que permita generar mayores niveles de empleo y elevar el nivel de vida de la población.

ARTICULO SEGUNDO.- El Consejo Regional de Competitividad de Huancavelica tendrá la siguiente organización:

  • El Consejo Directivo

  • La Secretaría Técnica

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 105-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 28 de Enero de 2008.

ARTICULO TERCERO.- El Consejo Regional de Competitividad de Huancavelica, estará integrado por los siguientes miembros: El Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica - quien la preside Alcaldes Provinciales de: Huancavelica, Acobamba, Angaraes, Tayacaja, Churcampa, Castrovirreyna y Huaytara. Un representante de la Universidad Nacional de Huancavelica Un representante de la Cámara de Comercio de Huancavelica Un representante de la Cámara Regional de Turismo Un representante de los gremios de la Pequeña y la Micro Empresa PYMES, de las Asociaciones de Productores, uno por provincia (7). Un representante de Artesanos. Un representante de los Colegios Profesionales. Un representante de la Coordinadora de ONGs Un representante de las Comunidades Campesinas. El Gerente Regional de Desarrollo Económico. El Gerente Regional de Desarrollo Social. El Gerente Regional de Recursos Naturales y gestión del Medio Ambiente. El Gerente Regional de Infraestructura. El Director Regional de Salud. El Director Regional de Agraria El Director Regional de la Producción. El Director Regional de Comercio Exterior y Turismo.

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ARTICULO TERCERO.- El Consejo Regional de Competitividad de Huancavelica, contará con una Secretaria Técnica, su órgano operativo que estará a cargo de un Coordinador Ejecutivo.

ARTÍCULO CUARTO.- Facultar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico para que en coordinación con las instancias administrativas correspondientes y los representantes antes mencionadas, procedan a elaborar el Reglamento de Organización y Funciones, en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Regional, la misma que será aprobada mediante Decreto Regional.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los Veintiocho días del mes de Enero del dos mil ocho.

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N 105-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 28 de Enero de 2008.

ALFREDO BONZANO CARDENAS Consejero Delegado

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los Tres dias del mes de Marzo del afio Dos Mil Ocho.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/747785-105-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/906865/4976407_or-105.151620200701-4721-19jez8a.pdf