Ordenanza N.° 103-GR-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAnUCA
CONSEJO REGIONAL
OCj{(]YE:J{.íf!NZ)lCR!fi(}IO:J{)lL
:Jr 103-qOO.CR!fiq-J{o/e;t/CCj{ Huancavelica, 05 de Diciembre del 2007 POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRATEGIA INTERSeCTORIAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE PROMUEVAN SALUD EN LA REGIÓN HUANCAVELICA. ~o
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Que,
la
Ley
NO
27783,
Ley
de
Bases de
la
:/ffrv"./o~ Descentralización, establece que la misma tiene como finalidad el desarrollo o
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j;\ integral, armónico y sostenible del país siguiendo un proceso dinámico y gradual,
. "P;;Oikiii.¡j/¡J.· exigiendo una constante sistematización, seguimiento y evaluación de los fines y ~(, objetivos, así como de los medios e instrumentos para su consolidación.
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Que, la misma ley citada señala como objetivo ."\\fiAlIIU~ administrativo de la descentralización la "modernización y eficiencia de los §~; I ~ procesos y sistemas de administración que aseguren la adecuada provisión de § 'j o los servicios públicos", y en su Artículo 8° prevé que, en ejercicio de su autonomía cada gobierno en su nivel, tiene el derecho y la capacidad efectiva de ~ ,... normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, señalando ~"I'l!rIo.d~ que por su autonomía administrativa tiene la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad.
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Que, conforme dispone el Artículo 47° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, formular, aprobar, ejecutar y administrar las políticas regionales de educación cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; asimismo diversificar los currículos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica. Que, La Educación y la Salud son conceptos amplios que no pueden desvincularse, al hablar de educación nos referimos al aprendizaje de combinar conocimientos, actitudes y aptitudes para configurar nuestra vida y contribuir a la vida de los demás. Un nivel mas alto de educación suele permitir a las personas mejores oportunidad de empleo, gozar de más
GOBIERNO REGIONAL DE HVANCAVELlCA
CONSEJO REGIONAL
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:Jf' 103-qOO.(j{fEq-J{o/CJI/C(j{ Huancavelica, 05 de Diciembre del 2007 salud y contribuir al bienestar de la familia y la comunidad, en ese sentido la educación es una condición y un requisito previo de la salud, es una de las determinantes Que permite una mejor calidad de vida. Que, La finalidad del proyecto es planificar, organizar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones en las Instituciones Educativas Que promueven la salud en el ámbito de las Direcciones Regionales de Salud y Educación de la Región Huancavelica con la finalidad de fomentar en los niños, adolescentes y jóvenes escolares, conocimientos para el auto cuidado de su salud, propiciar un cambio de actitudes, habilidades y destrezas para lograr estilos de vida saludables con la participación activa de los alumnos, padres de familia, docentes, profesionales de la salud y organizaciones no gubernamentales y comunidad local.
En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional
ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR La Estrategia Intersectorial de Instituciones Educativas Que Promuevan Salud en la Región Huancavelica, con la finalidad de implementar en la Región Huancavelica, la aplicación de técnicas y estrategias dirigidos a los Centros Educativos Que promueven Salud y la Educación de niños, adolescentes y jóvenes. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación y ejecución de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO TERCERO.- DÉJESE sin efecto legal las Normas Que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los cinco días del mes de Diciembre del dos mil siete.
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Orj{CJYE/N.MfZjI rj{CEq¡ONjIL :J{lJ 1D3-qCXB. rj{CEq-J{o/CJf/Crj{ Huancavelica, 05 de Diciembre del 2007 ALFREDO BONZANO CÁRDENAS Consejero Delegado POR TANTO:
Mando se Publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los Siete días del mes de Diciembre del año Dos Mil Siete.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/744822-103-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/904292/2435512_or-103.154420200701-4721-1gm49f1.pdf