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094-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 094-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

Af/lERDO DE CONSEJO REfi/ONAl Nº 094.,2025.,fiOB.REfiHYfA/fR Huancave/ica, 15 de mayo de 2025. VISTO:

El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 15 de mayo de 2025, con el voto unánime de sus integrantes; ~

CONSIDERANDO:

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Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, confonne al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Articulo 31 ºdela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Articulo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188" y 192" de la Ley N° 27680-Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional em el literal C) del Artículo 5º establece que: "Las comisiones ordinarias del Consejo Regional son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo Regional, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de nonnas, investigaciones fiscalizadoras y emitir dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo Regional les encargue. Que, el Director Regional de Transportes y Comunicaciones, informa al pleno del Consejo Regional sobre las acciones desarrolladas para la ejecución e implementación del Plan de Trabajo denominado: "Implementación del centro de evaluación para la obtención de licencias de conducir de todas las categorías en la provincia de Tayacaja". ':· 1,-

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Que, el pleno del Consejo Regional acuerda encargar a la Comisión Ordinaria de Infraestructura, el seguimiento, coordinación y acciones respecto al proceso de ejecución e implementación del Plan de Trabajo denominado: "Implementación del centro de evaluación para la obtención de licencias de conducir de todas las categorías en la provincia de Tayacaja". Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley N" 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSE.JO REGIONAL

At/lERDO DE tONSEJO Rlfi/ONAl Nº U!J4,,,2025·GO/lRlfiDYtA/tR Huancavelica, 15 de mayo de 2025. ACUERDA:

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ARTICULO PRIMERO. - ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Infraestructura, el seguimiento, coordinación y acciones respecto al proceso de ejecución e implementación del Plan de Trabajo denominado: "Implementación del centro de evaluación par~ la obtención de licencias de conducir de todas las categorías en la provincia de Tayacaja". ARTICULO SEGUNDO. - INCORPORAR excepcional y únicamente a la comisión ordinaria de infraestructura a los consejeros por la provincia de Tayacaja, señores: Freedy Abad Chávez parco y Ánget Alcides Gutierrez Casavilca, para las acciones a que se refieren en el artículo precedente. ARTICULO TERCERO. - OTORGAR el plazo de 60 días calendario para la presentación del informe y/o dictamen que corresponda. ARTICULO CUARTO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7938982-094-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9703922/7938982-acuerdo-de-consejo-regional-n-094-2025-gob-reg-hvca-cr-del-15-05-202.pdf