Skip to content
L Legalize.pe
071-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 071-2025/GOB.REG-HVCA/CR

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

i

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

AtDEBDO DE tONSEJO BEfi/ONAl Nº 071·2025·608.BEfiHYfA/tB Huancavelica, 15 de abn'I de 2025. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 15 de abril de 2025, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680-Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación· Ciudadana. Que, el Artículo IX del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional prescribe, "Las funciones de los señores consejeros y consejeras regionales en el cumplimiento de sus deberes y derechos de legislar, fiscalizar y representar no pueden ser materia de limitación, retardo ni obstrucción por ninguna autoridad, funcionario, o persona natural y/o jurídica; pudiendo hacer requerimientos de información a la administración regional y/o de otro nivel de gobierno, para que obligatoriamente informen sobre los asuntos que demanden su intervención, sancionándose administrativamente a los que contravengan esta disposición. La presencia del consejero regional en su función de fiscalización es de puro derecho". Que, el literal k) del Artículo 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece que Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional de Huancavelica y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional. Que, en la sesión ordinaria de fecha 14 de febrero de 2025, se ha considerado en la agenda, el informe del Director Regional de Energía y Minas, para informar sobre el estado situacional de la ejecución del proyecto electrificación rural de 36 localidades de la provincia de Castrovirreyna, sesión a la que el funcionario aludido no asistió para dicho cometido. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 038-2025/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 14 de febrero de 2025, el pleno del Consejo Regional acuerda, expresar el voto de extrañeza por la inasistencia del aludido director a la sesión ordinaria del Consejo Regional, asimismo se exhorta el ejecutivo regional el inicio de las acciones administrativas que correspondan y disponga la particippción del funcionario

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

At/lfRDO DE CONSEJO REfi/ONAl Nº 071·202560/lREfiHl'{A/fR Huancavelica, 15 de abril de 2025. en la sesión de Consejo Regional cuya finalidad es informar de acciones de interés general en favor de la población Huancavelicana. Que, en la sesión ordinaria de fecha 13 de marzo de 2025, nuevamente se ha considerado en la agenda, el informe del Director Regional de Energía y Minas, para informar sobre el estado situacional de la ejecución del proyecto electrificación rural de 36 focalidades de la provincia de Castrovirreyna, sesión a la que el funcionario aludido tampoco asistió para dicho cometido, justificando que tiene programado otras actividades adjuntando documentos para asistir a reunión con fecha 11 de marzo, advirtiéndose su posición negativa y predisposición a informar al pleno del Consejo Regional. Que, en la sesión ordinaria de fecha 15 de abril de 2025, se reitera la considerar en la agenda, el informe del Director Regional de Energia y Minas, para informar sobre el estado situacional de la ejecución del proyecto electrificación rural de 36 localidades de la provincia de Castrovirreyna, sesión a la que el funcionario aludido una vez más no aistió para dicho cometido, advirtiéndose su posición negativa y poca predisposición a informar al pleno del Consejo Regionat sobre los asuntos de interés general. Que, el pleno del Consejo Regional, por las aludidas inasistencias a las sesiones ordinarias de fecha 14 de febrero, 13 de marzo y 15 de abril de 2025, del Director Regional de Energía y Minas, acuerda reiterar al Ejecutivo del Gobierno Regional, disponga su participación obligatoria en la siguiente sesión del Consejo Regional, bajo apercibimiento de iniciarse los mecanismos de control político establecidos en el Reglamento Interno del Consejo Regional. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la ley N° 27867 - ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. · En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - REITERAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, disponga la participación obligatoria en la siguiente sesión del Consejo Regional, del Director Regional de Energía y Minas, bajo apercibimiento de iniciarse los mecanismos de control político establecidos en el Reglamento Interno del Consejo Regional.

ARTICULO SEGUNDO. -Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7938963-071-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9703907/7938963-acuerdo-de-consejo-regional-n-071-2025-gob-reg-hvca-cr-del-15-04-202.pdf