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038-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 038-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N 038-2025G0B. REG, HWCA/(B

Huancavelica, 14 de febrero de 2025.

VISTO:

El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 14 de febrero de 2025, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 — Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de politica’ permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el

  • desarrollo social, político y económico en el ámbito regional,

Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para:

i ey, Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.

Que, en la sesión ordinaria de fecha 14 de febrero de 2025, se ha considerado en la agenda, el informe del Director Regional de Energía y Minas, para informar sobre el estado situacional de la ejecución del proyecto electrificación rural de 36 localidades de la provincia de Castrovirreyna, sesión a la que el funcionario aludido no asistió para dicho cometido.

Que, el Artículo IX del Titulo Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional prescribe, “Las funciones de los señores consejeros y consejeras regionales en el cumplimiento de sus deberes y derechos de legislar, fiscalizar y representar no pueden ser materia de limitación, retardo ni obstrucción por ninguna autoridad, funcionario, o persona natural y/o jurídica; pudiendo hacer requerimientos de información a zja administración regional y/o de otro nivel de gobierno, para que obligatoriamente informen sobre los asuntos Raja J. que demanden su intervención, sancionándose administrativamente a los que contravengan esta disposición. 2) La presencia del consejero regional en su función de fiscalización es de puro derecho”.

Que, el literal k) del Artículo 8° del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece que Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional de Huancavelica y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional.

Que, el pleno del Consejo regional acuerda expresar un voto de extrañeza por la reiterada inasistencia a las sesión del Consejo Regional, asimismo exhortar al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, el inicio de las acciones administrativas que correspondan y disponga la participación en la sesión de Consejo Regional cuya finalidad es informar de acciones de interés general en favor de la población Huancavelicana.

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL W? 038-2025-GOB.REG.HVEA/ER

Huancavelica, 14 de febrero de 2025.

Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regionat expresan la decisión de éste organo sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional,

En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;

ACUERDA:

; ARTÍCULO PRIMERO. - EXPRESAR el voto de extrañeza por la inasistencia a la

  • sesión ordinaria del Consejo Regional de fecha 14 de febrero de 2025, del Director Regional de Energía y Minas de Huancavelica, cuya finalidad fue informar sobre el estado situacional de la ejecución del proyecto

ARTICULO SEGUNDO. - EXHORTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, el inicio de las acciones administrativas que correspondan y disponga la participación del _ funcionario en la sesión de Consejo Regional cuya finalidad es informar de acciones de interés general en favor de la población Huancavelicana.

ARTICULO TERCERO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. .

Registrese, Publiquese y Cumplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7938922-038-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9703874/7938922-acuerdo-de-consejo-regional-n-038-2025-gob-reg-hvca-cr-del-14-02-202.pdf