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02-2020-GOB-REG-HVCA Regional Decree Huancavelica In force

Decreto Regional N.° 02-2020/GOB.REG-HVCA

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GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA

Pro. 002 -2020/GOB.REG-HVCA

El Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huancavelica, CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley N° 27680 — Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV sobre Descentralización, concordante con el artículo 31 de la Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 2 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo único de la Ley N° 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú señalan que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, el artículo 49 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, constituyen funciones específicas en materia de salud del Gobierno Regional: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. c) Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional. e) Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud. g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los Gobiernos Locales. h) Supervisar y fiscalizar los servicios de salud públicos y privados. k) Promover y preservar la salud ambiental de la región;

Que, la Ley N° 26842 - Ley General de Salud, prescribe que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público; por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, concordante a lo antes expuesto, la Ley N° 30875 — Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, en su artículo 6 establece funciones específicas de competencia compartida con los Gobiernos Regionales, en materia de salud;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se disponen las medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19;

Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido una serie de normas sobre Estado de Emergencia por Coronavirus, disponiendo el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, y la restricción del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, estableciendo una serie de medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional; así como para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio nacional, para asegurar el suministro de bienes y

GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA

Decreto , No. 2. -2020/GOB.REG-HVCA

servicios necesarios para la protección de la salud pública, entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19;

Que, por su parte, el Gobierno Regional de Huancavelica, en el marco de sus competencias previstas en la Ley N 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y contribuyendo al cumplimiento de las medidas establecidas por el Gobierno Nacional, ha emitido disposiciones de cumplimiento obligatorio en la región Huancavelica, siendo las siguientes:

  1. Ordenanza Regional N° 44-2020-GOB.REG-HVCA/CR de fecha 13 de marzo del 2020, que ordena a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, las Municipalidades Provinciales y Distritales, y la Región Policial de Huancavelica, efectuar el control en los ingresos de las vías de acceso principales de la Región Huancavelica, con la finalidad de evitar la propagación del COVID-19.

. Decreto Regional N° 001-2020/GOB.REG.HVCA de fecha 19 de marzo del 2020, se dicta medidas relativas al ingreso de vehículos de transporte interprovincial de pasajeros y el control sanitario en las vías de entrada a la circunscripción territorial de Huancavelica, cuyo cumplimiento se encuentra a cargo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, Dirección Regional de Salud de Huancavelica y sus órganos desconcentrados, y la Región Policial de Huancavelica.

  • Resolución Ejecutiva Regional N° 099-2020/GOB.REG.HVCA/GR de fecha 30 de marzo del 2020, se

conforma el Comité de Agentes de Control Vial y Sanitario, integrado por la Dirección Regional de

Transportes y Comunicaciones de Huancavelica y la Dirección Regional de Salud de Huancavelica, para

realizar el control sanitario y control vial de todos los vehículos de transporte público que tienen acceso a

la región Huancavelica, llevando un registro de la placa de la unidad vehicular, el registro de las personas,

realizar la fumigación respectiva, a fin de proseguir con las medidas excepcionales para proteger eficientemente la vida y la salud de la población huancavelicana, que pudiera verse afectada por el COVID-

Que, en este contexto, resulta imprescindible articular, dirigir, implementar, controlar y evaluar los servicios de salud para la atención de los casos de coronavirus, por ello surge la necesidad de conformar un Comité Multisectorial de Alto Nivel que tenga como tarea conducir las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19) en la Región Huancavelica, permitiendo responder de manera más eficiente para hacer frente a este virus;

Que, el artículo 40 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, refiere que los decretos regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;

Que, contribuyendo al cumplimiento de las medidas establecidas por el Gobierno Central para evitar la propagación del Coronavirus (COVID- 19), y siendo prioritario proteger la vida y la salud como derechos constitucionales de nuestra población huancavelicana, la misma que constituye un asunto de orden general y de interés ciudadano, resulta procedente aprobar el presente Decreto Regional;

Estando a lo que dispone la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias; >

GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA

Docreto , Ao. M2 -2020/GOB.REG-HVCA

DECRETA: ARTÍCULO 1°.- CONFORMACIÓN DEL COMITÉ MULTISECTORIAL DE

ALTO NIVEL DE LA REGIÓN HUANCAVELICA FRENTE AL CORONAVIRUS (COVID-19).

CONFORMAR el Comité Multisectorial de Alto Nivel de la Región Huancavelica responsable de conducir las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus

ES

=) (COVID-19), integrada por:

Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huancavelica, quien lo preside. Director Regional de Salud de Huancavelica

Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Huancavelica Posemoscrowte Irrhoscopt Chagua Payano, Congresista de la República Kenyon Eduardo Durand Bustamante, Congresista de la República

Comando Regional Policial de Huancavelica

Representante del Ejército Peruano

Representante de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica

Representante del Ministerio Público — Huancavelica

Representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS

  • Representante de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica

Jefe de la Oficina Defensorial de Huancavelica

Representante del Centro de Operaciones de Emergencia Regional - COER Huancavelica Representante del Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales — COREDECOPHuancavelica

Representante del Consejo Regional de Radio Comunicadores — Huancavelica

Gerente Regional de Control de Huancavelica

Representante de la UNICEF

Representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza

Representante de la Sociedad Civil (Frente de Defensa de Huancavelica)

Prefecto Regional de Huancavelica

. Alcaldes Provinciales de Huancavelica

Representante de la Universidad Nacional de Huancavelica Representante de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo Representante de la Universidad para el Desarrollo Andino de Lircay — Huancavelica

ARTÍCULO 2”.- DE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL

COMITÉ MULTISECTORIAL DE ALTO NIVEL DE LA REGIÓN HUANCAVELICA FRENTE AL CORONAVIRUS (COVID-19).

a) b) o)

d) e)

Conducir la coordinación y articulación de las acciones de prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19), a cargo de las diversas entidades con competencia en la materia. Proponer acciones y actividades orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19) y efectuar su seguimiento. Proponer lineamientos de difusión de la evolución y medidas que se adopten frente a la pandemia del Coronavirus (COVID-19). Proponer las acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto del Comité Multisectorial. Informar colegiadamente la realización de las actividades y acciones a la población.

GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA

Docreto , Ao. 002 -2020/GOB.REG-MUVCA

ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR el presente decreto regional a los órganos competentes del Gobierno Regional de Huancavelica, a los miembros del Comité Multisectorial para los fines pertinentes, y a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información para su publicación en la página 3/) web institucional.

Dado en la Casa del Gobierno Regional de Huancavelica, a los ocho días del mes de abril del dos mil veinte.

GOBIERMO REGIONAL

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