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O-R-159-2018 Regional Ordinance Cusco In force

Ordenanza N.° O.R.159.2018

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ORDENANZA REGIONAL N° 159-2018-CR/GRC.CUSCO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Décimo Octava Sesión Ordinaria de fecha once de diciembre del año dos mil dieciocho, ha debatido y aprobado el Dictamen N° 013-2018- CR/GRC.CUSCO/P.CORNMADCSC, emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente,

OREA Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, sobre el Propuesta de Modificar los Artículos Primero, Segundo y Tercero de la ÓN os; ¡Ordenanza Regional N° 108-2016-CR/GRC.CUSCO”, y;

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley N° 30305 establece que “Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y

¡Detribuciones”, (...)” o Qhe, el Artículo 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, señala que los Gobiernos Regionales emanan

ENTE €e la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, , económica en asuntos de

u competencia y constituye un pliego presupuestal para su administración económica y financiera;

‘Que, el artículo 13° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Organica de.Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, en su artículo 24°, establece que: “Los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los Gobiernos Regionales, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos. (...)",

ue, el agua es un recursos natural renovable, indispensable para la vida, la salud y el desarrollo de los pueblos, flora, una, y todos los bienes asociados a ella, básicos para el desarrollo sostenible, el mantenimiento de los sistemas y iclos naturales, en el contexto actual, el crecimiento de la población y el cambio climático vienen generando mayor

—.- demanda de este recurso que la hacen vulnerable, lo que determina la necesidad de generar cambios apropiados en el

proceso de gestión para asegurar la provisión a las poblaciones de hoy y las generaciones futuras;

Que, a través de la Ordenanza Regional N°013-2007-CR-GRC.CUSCO, de fecha 21 de setiembre de 2007, declara de necesidad pública y prioridad regional la conservación, preservación, y uso adecuado de los recursos hídricos de la

región Cusco (...);

Que mediante la Ordenanza Regional N° 082-2016-CR/GRC.CUSCO de fecha 11 de julio de 2016, declara de necesidad pública regional la Gestión Integrada de los Recursos Hidricos de la Cuenca del Río Apurímac, con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de la cuenca hidrográfica, para la conservación e incremento del agua, así como, para asegurar su calidad fomentando una cultura del agua para garantizar la demanda de las actuales y futuras generaciones;

Que, el inciso a) del Artículo 17° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO, precisa que son atribuciones del Consejo Regional del Cusco, aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Concordante con lo que señala el inciso a) del Artículo 24° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, precisa que Los Consejeros(as) Regionales tienen derecho a proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas.

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Gobierno Regional =- CONSEJO REGIONAL DE CUSCO Ax Si ‘CUSED “AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACION NACIONAL” — Ne

Qe mediante Dictamen N° 014-CR/GRC/PCORNMADCSC, de fecha 27 de noviembre del 2018, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en cumplimiento de sus atribuciones aprueban por mayoría "Aprobar la Propuesta de Modificación Modificación de los Artículos Primero, Segundo y Tercero de la Ordenanza Regional N° 108-2016-CR/GRC.CUSCO";

Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización — Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, con los votos nominales por

unanimidad;

@». HA DADO LA SIGUIENTE:

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ORDENANZA REGIONAL

Recursos Hídricos de la Cuenca del Rio Apurimac, con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo ) la cuenca hidrográfica, para la conservación e incremento del agua, así como, para asegurar su calidad fomentando pa una cultura del agua para garantizar la demanda de las actuales y futuras generaciones.

DEBE DECIR:

Articulo Primero.- DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA Y DE PRIORIDAD REGIONAL la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de la Cuenca Interregional Alto Apurimac, con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de la cuenca hidrográfica, para la conservación e incremento del agua, así como, para asegurar su calidad fomentando una cultura del agua para garantizar la demanda de las actuales y futuras generaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFÍQUESE, el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 108-2016- Gong, CR/GRC.CUSCO:

“> /Articulo Segundo.- CONFORMAR el Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Cuenca de Recursos Hidricos de la Cuenca del Río Apurímac, con la finalidad de coordinar e impulsar la ejecución de acciones del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, aprobado por Resolución Jefatural N° 575-2010-ANA, y estará conformado por:

a. Un (01) representante de la Gerencia Regional de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del

Ambiente. Un (01) representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

b.

c. Un (01) representante del PER PLAN MERISS INKA.

d. Un (01) representante del PER IMA.

e. Un (01) representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. f. Un (01) representante de la Dirección Regional de Agricultura y

g. Un (01) representante de la Autoridad Administrativa del Agua XI Pampas Apurímac - ANA DEBE DECIR:

Artículo Segundo.- CONFORMAR el Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca

Interregional Alto Apurimac, con la finalidad de coordinar e impulsar la ejecución de acciones del Consejo de Recursos

Hídricos de Cuenca, aprobado por Resolución Jefatural N° 575-2010-ANA, y estará conformado por:

a. 01 Representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Cusco, (Preside)

o) GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO

“AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACION NACIONAL”

4, Gobierno Regional ¿MICUSCO

b. 01 Representante de la Asociación ARARIWA (Secretario Técnico)

c. 01 Representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

d. 01 Representante del Proyecto Especial Regional Plan de Mejoramiento de Riego en Sierra y Selva — PLAN MERISS.

01 Representante del Proyecto Especial Regional Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente — IMA,

01 Representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

01 Representante de la Dirección Regional de Agricultura Cusco.

01 Representante de la Autoridad Administrativa del Agua — AAA XI Pampas Apurimac — Asesor

01 Representante de la Plataforma Regional de Recursos Naturales y Desarrollo Sostenible - RENADES Cusco. 01 Representante de la Asociación Wara.

01 Representante del Centro Andino de Educación y Promoción “José Maria Arguedas” - CADEP"JMA”.

01 Representante de Derechos Humanos Sin Frontera.

01 Representante de Centro para el Desarrollo de los Pueblos Ayllu — “CEDEP AYLLU”

01 Representante de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco - UNSAAC

01 Representante de la Universidad Andina del Cusco.

01 Representante de la Empresa Prestadora de Servicios SEDA CUSCO.

01 Representante de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Cusco.

oy SUNE"£ 01 Representante de la Dirección Regional de Salud Cusco. es Representes (01 por provincia) de las Municipalidades provinciales de: Acomayo, Anta, Canas, Cusco, Chumbivilcas, Espinar, Quispicanchi, Paruro y La Convención.

ARTÍCULO TERCERO: MODIFÍQUESE, el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 108-2016-CR/GRC.CUSCO:

QUE DICE:

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la presidencia del Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca del Rio Apurimac, debiendo en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, convocar a una reunión de instalación del mismo.

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DEBE DECIR:

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la presidencia del Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Recursos Hidricos de Cuenca Interregional Alto Apurímac, debiendo en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, convocar a una reunión de instalación del mismo. DECLARAR, de Interés Regional la Zonificación Forestal del Departamento del Cusco.

ARTÍCULO CUARTO.- La Presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al dia siguiente de su publicación en el

SS SBE, Diario Oficial “El Peruano”. S “yn d

E Brauníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación.

Dado en la ciudad del Cusco, a los Neme, LaS días del mes de WACO del año dos mil dieciocho.

CHEM ROGER ANIBAL: CAPATINTA MAMANI. Vice mre del £onsejo Regional del Gobierno Regional del Cusco.

POR TANTO:

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Di GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO do CONSEJO REGIONAL DE CUSCO Vat y

“AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILIACION NACIONAL”

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MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, alos 2 Y _ dias del mes de Dretembrdel año dos mil ¡e

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/588158-o-r-159-2018 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/733434/-76066355823241434620200525-26773-10a6322.pdf