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O-R-138-2018 Regional Ordinance Cusco In force

Ordenanza N.° O.R.138.2018

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

CONSEJO REGIONAL DE CUSCO "AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONClLlAClON NACIONAL"

ORDENANZA REGIONAL W 138·2018·CR/GRC.CUSCO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusca, en la Octava Sesión Ordinaria de fecha once de junio del año dos mil dieciocho, ha debatido y aprobado el Dictamen W 008-2018-GRC-CR-P-COPPATA, emitido por la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, sobre el Proyecto de Ordenanza de "Reconocimiento y Aprobación de la Conformación del Comité de Vigilancia Ciudadana del Proceso de Presupuesto Participativo 2018 - 2020 del Gobierno Regional Cusco", y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191 de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley N° 30305, establece "Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones". La Estructura básica de los Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como ente normativo y fiscalizador (. ..)"

Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, referido a la Participación Ciudadana, establece textualmente que: "Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover G/. la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en . ?' 0-z. a gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, ~ on las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de OR ¿(;{)nsulta,control, evaluación y rendición de cuentas"; R

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Que, mediante Articulo 20° numeral 20.21, del mismo cuerpo legal, regula que los Gobierno Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y de gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados; .•.•••••• -.rr ~

~e, mediante Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificado por la Ley N° 29298, se

./ stablece entre los Principios Rectores numeral 1) "Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Legales promueven el , desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos, y el Artículo 9° de la precitada Ley señala que.' "son mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo los que permiten el acceso a la información pública, /a rendición de cuentas y el fortalecimiento de capacidades"; ",<,p'i'-'<- l0"'-i(

Que, el Articulo 1° de la Ley Marco del Presupuesto Participativo N° 28056 define textualmente que el proceso del

~ presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el Capítulo III del Instructivo W 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral W 007-201 0-EF/76.01, establece que: "El Comité de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo y es elegido por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido forma/mente por el Consejo Regional o Consejo Local";

Que, mediante Ordenanza Regional W 091-2015-CRlGRC.CUSCO, se aprobó en via de regularización el Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados y Programada de Desarrollo 2015 -

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

CONSEJO REGIONAL DE CUSCO "AÑO DEL DIALOGO Y LA RECONCILlACfON NACIONAL"

2018 del Gobierno Regional Cusco, que tiene por objeto normar y orientar las acciones y/o procedimientos que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil organizadas y el Estado en el proceso de formulación de Presupuesto Participativo Multianual basado en resultados 2016 - 2018; Que, mediante Dictamen N° 008- 2018-GRC-CR-P-COPPATA, la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en cumplimiento de sus atribuciones y aprueban por unanimidad la propuesta de "Reconocimiento y Aprobación de la Conformación del Comité de Vigilancia Ciudadana del Proceso de Presupuesto Participativo 2018 - 2020 del Gobierno Regional Cusco", por la gran importancia que tiene la participación de la Sociedad Civil Organizadas y no organizadas, para exigir el cumplimiento de los compromisos del Presupuesto Participativo en materia de vigilancia del uso y manejo de los recursos estatales, particularmente del cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional, los Gobiernos Legales y la propia ciudadania beneficiaria de un determinado proyecto de inversión, programada en el espacio del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados;.

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Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 Y sus modificatorias y el ~ "-? -; eglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, con los votos nominales en o G E N DOR r- animidad; ~ :'L,;;c __ o HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL ARTíCULO PRIMERO.- RECONOCER la conformación del Comité de Vigilancia del Proceso de Presupuesto ~ t.GIOI\t'< Participativo Regional Basado en Resultados correspondiente al periodo 2018 - 2020 del Gobierno Regional dei '0 ¿ Cusco", conforme al detalle siguiente: ~~ :.,.-«; <;>0

U)

EJE Derechos Humanos Oportunidad y Acceso Servicios Estado y Gobernabilidad

a

Desarrollo Sostenible Económico Cohesión Territorial Infraestructura Gestión del Ambiente

y

e

NOMBRES Y APELLIDOS Mery Luque Guerra José Án el Bravo Tejada Enma Fuentes Tumpe Basilides Zúñiga Flórez Pablo Villa Incatito Mario Sánchez Andia Eulalia Montoya Atausinchi Ana Maria Farfán Castillo Ciro Pacheco Ranilla Oscar Huisa Huarca Nora Ugarte Bustinza Priscila Dueñas Guzmán

ORGANIZACION FORO SALUD FEDEPRODIS Defensa del Patrimonio Qosqo Pututu Q'pachi CBC RECOVIC Red Regional del Cuy Incaico ARPAC Asociación Ideas AREJO Colegio de Biólogos Asociación Defensa de Wánchaq

ARTíCULO SEGUNDO.- PRECISAR el cumplimiento de sus funciones conforme a Ley e Instructivo del considerando de la presente Ordenanza Regional, consistente en: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. b) Vigilar que el Gobierno Regional cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. e) Vigilar que los recursos del Gobierno Regional destinados al presupuesto participativo del año fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identificados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados.

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO "AÑO DEL DIALOGO

Y LA RECONClLlACION

NACIONAL"

el Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo.

fl Informar semestralmente, al Consejo de Coordinación Regional sobre los resultados de vigilancia. gl Presentar un reclamo o denuncia al Consejo Regional, a la Contraloria General de la Republica, al Ministerio Publico o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en este. ARTíCULO TERCERO.- DISPONER que las unidades ejecutoras y operativas del Gobierno Regional de Cusco, brinden las facilidades del caso y la información requerida a los integrantes del Comité de Vigilancia reconocido mediante Acuerdo de Consejo Regional para el correcto y cabal cumplimiento de sus funciones y atribuciones. ARTíCULO CUARTO.- La Presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación.

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POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA


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WIN LlCONA LlCONA Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco

del año dos mil


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/588117-o-r-138-2018 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/733389/-196395399637183212820200525-26773-d1n7xv.pdf