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O-R-125-2017 Regional Ordinance Cusco In force

Ordenanza N.° O.R.125.2017

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GOBIERNO REGIONAL CUSCO ")1 ño de! (jJUCII ServiCIo a{ Ciudadano'

ORDENANZA

REGIONAL W 125-2017-CRjGRC.CUSCO.

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Vigésima Quinta sesión extraordinaria de fecha cuatro de diciembre del año dos mil diecisiete se ha debatido y aprobado la Propuesta de Ordenanza Regional observada por el Ejecutivo Regional por mediante Oficio W 455-2017-GRCUSCO/GR de fecha primigeniamente

dos de agosto del dos mil diecisiete,

propuesta

que fuera

aprobada

en la Vigésima Sesión Extraordinaria de fecha Cuatro de Diciembre del año dos

mil diecisiete, el cual se encuentra GRC/CRC/C.O,SC.DH,M,N,J,AM por tanto:

contenida

en

el

Dictamen

W

003-2017-CR-

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1 precisa que la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en el inciso 2 del artículo 2" garantiza que toda persona tiene derecho a la igualdad y que nadie debe ser discriminado motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión condición económica o de cualquier otra índole.

por

Que, el Estado Peruano ha suscrito y ratificado tratados y compromisos internacionales; como el Pacto Internacional de Derechos Económico, Sociales y Culturales; la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer CEDAM; la Convención Contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional; el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer "Convención de Belem do Para" (1984); entre otros, Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2" de la Ley W 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,

Que, la Ley Nº 28983 Ley de Igualdad de oportunidades

entre Mujeres y Hombres, establece un

régimen legal que garantiza, tanto a mujeres como hombres, en pleno ejercicio de sus derechos constitucionales a la igualdad, dignidad, bienestar, autonomía y libertad de desarrollo impidiendo la discriminación

en todas las esferas de su vida pública y privada.

Que, la mencionada Ley en su Artículo 4º establece que es rol del Estado, promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y en el Artículo 6º dispone lineamientos que deben adoptar el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en sus políticas, planes y programas a efectos de remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno del derecho a la igualdad. Que, el artículo 191º

de la Constitución

Política del Estado, concordante

con el Artículo 2º de la

Ley Nº 27868, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, con personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa

en los asuntos de su competencia.

,-~

(,

GOBIERNO REGIONAL CUSCQ

..

Gobrc-rno

Que, el artículo

4° de la referida

que es atribución derecho

Ley N" 27867,

del Presidente

a observarlas

Regional

Ley Orgánica

promulgar

en el plazo de quince

de Gobiernos

Ordenanzas

(15) días hábiles

R('f{10nal

CUSC~

"}llío ¡(c(!3UCIl SCI'CJiCIOa( Ciuáaáallo"

Regionales,

Regionales

y ejecutar

establece

y hacer

los acuerdos

uso de su del Consejo

Regional.

Que,

la Ley N" 30364,

integrantes

del

Prevención,

Sanción

Familiar

Ley para prevenir,

grupo

familiar

y distritales

integrantes

del grupo

habiéndose

Instancia

general

de Concertación

que

de Alto

contra

las mujeres

el Sistema

las Mujeres

erradicar

Multisectorial

de Cusco,

jerarquía

Nivel

Nacional

y los

para

la

y los Integrantes

del Grupo

y las instancias

regionales,

la violencia

norman

del Gobierno

Regional,

y reglamentan

15° de la misma o derogar

asuntos

contra

las mujeres

competencia

y funciones

Que, estando

al Oficio

consejeras

regionales

proponen

"ORDENANZA

del Gobierno

es necesario

debe

ser creada

normativa

y los

de Gobiernos general,

Regionales,

la organización

de su competencia;

por

la

norma

de

establece

o reglamenten

que las

y la administración

es así, que además

que son atribuciones

regulen

constituir

general.

de carácter

dispone que

que

Nivel,

Ley Orgánica

materias

norma

las normas

de Alto

la misma

en la estructura

38° de la Ley N" 27867,

regionales

modificar

Multisectorial

la Comisión

ordenanzas del artículo

34°

Contra

para

la violencia

familiar.

y de mayor

Que, el artículo

en su artículo

de concertación

instalado

Regional

carácter

y erradicar

de la Violencia

por la Comisión

provinciales

Que,

dispone

y Erradicación

está integrado

sancionar

el literas a)

del Consejo

Regional,

los

y materias

de su

asuntos

aprobar,

Regional.

Nº 043-2017-CR-GRC/CONSEJEROS

REGIONALES Firmado

y suscrito

por las

Sra. Anabel

y Sra.

pacheco;

quienes

Alccamari

Ccahuana

REGIOBAL QUE CREA LA INSTANCIA

ERRRADICAR LA VIOLENCIA

I<elly Farfán

REGIONAL

DE CONCERTACION

CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES

PARA

DEL GRUPO FAMILIAR

DE

LA REGION CUSCO". Estando

a las consideraciones

la Constitución

Política

modificatorias,

expuestas,

del

Ley NQ 27867

Interno

de Consejo

Regional;

lectura

y aprobación

del acta;

Perú,

a lo acordado

la Ley Nº

Ley Orgánica

y en uso de las atribuciones

27783

Ley de

de Gobiernos

con dispensa

del trámite

Bases

Regionales

de

conferidas

por

la Descentralización

y

y modificatorias,

en Comisiones,

dispensa

Reglamento de trámite

de

HA DADO lA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTíCULO PRIMERO.REGIONAL

APRO~t.R como asunto de prioridad

DE CONCERTAClON

INTEGRANTES

DEL GRUPO

elaborar,

implementar,

violencia

contra

cumplimiento

FAMILIAR

monitorear

las mujeres

en todas

I\DTírl1l

()

regional

PARA ERRADICAR lA VIOLENCIA DE LA REGiÓN

y evaluar

y los integrantes

de la Ley N" 30364,

mujeres

REGIONAL

sus modalidades

c;:~r.:lll\ln() _ I ::.Inct::.nri;:,

CUSCO que

las políticas del grupo

Ley para prevenir, V los integrantes

la creación CONTRA

familiar

sancionar del grupo

tiene

públicas

a nivel y erradicar

nnr

como

encargadas

familiar.

Rpoinn;:,1 p<:t;:,r~ rnnfnrm::>rl::>

de lA INSTANCIA

lAS MUJERES Y lOS

.

regional,

responsabilidad de combatir

la

y promover

el

la violencia

contra

las

GOBIERNO REGIONAL CUSCO ";1/io dd(Buell

Gobernador

Gerente/a

del Gobierno Regional

del Cusco, quien 3.

Regional

de Cusco quién ejercerá

de Desarrollo

ejercerá

Gerente

de la Oficina

Gobierno

Regional

SCl'uicio a] Ciud;1ifi1llo"

Social - Sub Gerencia

la Presidencia. de la Mujer

del Gobierno

Regional

la Secretaria. de Planeamiento,

Presupuesto

y Acondicionamiento

Territorial

Director

de la Dirección

Regional

de Educación

Director

de la Dirección

Regional

de Salud del Cusco.

Jefe de la Jefatura

Policial

del Cusco.

del Cusco.

Presidente/a

de la Corte Superior

Presidente/a

de la Junta de Fiscales del Ministerio

Alcalde/sa

de la Municipalidad

Provincial

del Cusco, del Departamento

Alcalde/sa

de la Municipalidad

Provincial

de Chumbivilcas,

del Departamento

del Cusco.

Alcalde/sa

de la Municipalidad

Provincial

de Quispicanchi,

del Departamento

del Cusca.

Dos

Ministerio

de la Mujer

Defensor/a

de la Oficina

Director/a

representantes

del

Humanos

Representantes lucha contra

de Justicia de la Región Cusco

Programa

Nacional

y Poblaciones

la violencia

Violencia

de Genero

Familiar

de la Región

quienes

son acreditados/as

Desconcentrada

contra

las Mujeres

Cusco

designan mediante a partir

ARTíCULO CUARTO.- La Instancia de diez (10) días hábiles

Regional,

siendo

resultados. Violencia

su naturaleza

Asimismo,

Proponer

se encarga Secretaría

del grupo

Promover

la adopción

la prevención,

rehabilitación 3.

y acciones

integrantes para

informes

sobre

las acciones

comunicación

del

de Justicia

involucradas

y

para Erradicar

y los Integrantes

dirigida

en la

del Cusco.

Regional

alterno/a

escrita

del día siguiente

para

la

del Grupo

casos de ausencia,

a la Presidencia,

en un plazo

de su instalación.

de Concertación a partir

del Cusco debe instalarse

de la publicación

en un plazo

de la presente

Ordenanza

permanente. Social del Gobierno

realiza

de remitir

Regional

del Cusco, asumirá

de sus funciones

la sistematización

a la Dirección

de gestión

Multisectorial tiene

y en particular

Institucional

Regional

el seguimiento

de Concertación

que respondan

los

General

la

Contra

de Alto Nivel.

las siguientes

funciones:

en el Plan de Desarrollo

(POI) y en el Presupuesto a la problemática

la

y sistematiza

Participativo

de la violencia

contra

Concertado (PP); metas, las mujeres

e

familiar. de políticas, atención,

de las personas

Remitir

y Sexual

Ministerio

familiar

sus modalidades

Técnica de la Comisión

(PDC), en el Plan Operativo

del

de la Instancia

representante

de Desarrollo

en los instrumentos

indicadores,

en todas

contados

instancia,

ARTíCULO SEXTO.- La Instancia 1.

Pública

del grupo

titulares

a unja

de carácter

La Gerencia de esta

de Género,

Familiar

no gubernamentales

e integrantes

Regional

no mayor

Técnica

la Violencia

de Defensa

u organizaciones

hacia la mujer

de 10 días contados

Secretaria

del Cusco.

del Cusco.

de las Asociaciones

ARTíCULO QUINTO.-

Contra

de la Región Cusco

de la Región Cusco.

ARTICULO TERCERO.- Las y los representantes

no mayor

Público

Vulnerables.

Defensorial

de la Oficina

Derechos

del

del Cusco.

periódicos adoptadas

planes,

protección agresoras,

programas,

dando

a la Secretaría

acciones

y recuperación cumplimiento

o proyectos

regionales.

Desarrollar

campañas

de sensibilización

Alto Nivel promoviendo

la participación

las víctimas; Multisectorial

de las disposiciones

en coordinación de los medios

y presupuestos

específicos y sanción

y

a la Ley.

Técnica de la Comisión

para la implementación

programas

de

con la Comisión

de comunicación.

de Alto Nivel

de la Ley, planes Multisectorial

de

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

Gobierno

RC"'g·í(:Whll

CUSCL]

5.

Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta como instrumento de
obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación si es necesaria al
contexto regional.

6.

Crear el Observatorio

7.
8.

de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el

ámbito de la Región Cusca, en concordancia con los lineamientos elaborados para el
Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar,
Otras que les atribuya la Comisión Multisectorial de Alto Nivel.
Aprobar su Reglamento Interno.

ARTíCULO

SÉPTlMO.-

al Gobernador/a

ENCARGAR

del Gobierno

Regional de Cusca para que a

través de sus órganos competentes, apliquen en forma obligatoria
Sexto de la presente Ordenanza Regional.
ARTíCULO

OCTAVO.-

en el Artículo

a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno
y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

ENCARGAR

Regional del Cusco, el monitoreo
ARTíCULO NOVENO.-

lo dispuesto

DISPONER que en un plazo no mayor de treinta

(30) días hábiles contados a

partir del día siguiente de instalación de la Instancia Regional de Concertación para Erradicar la
Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de la Región Cusco, deberán
elaborar su respectivo Reglamento Interno, que debe ser aprobado por la respectiva instancia.
DÉCIMO.La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial "El
Peruano", en el diario regional de mayor circulación de la Región Cusca y en el Portallnstitucional
del Gobierno Regional del Cusco.

ARTíCULO

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación.
Dado en la Capital Histórica del Perú, Cusca, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos
mil diecisiete.

1/

//
//!¿¡¡¿ 'tÍi

L /.

POR TANTO:

MANDO SE REGISTRE,PUBLIQUE Y CUMPLA.
___

WIN LlCONA LlCONA.
Gobernador

Regional del Gobierno

Regional del Cusco.

días del mes de

_

---

Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/588107-o-r-125-2017
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/733377/-252599349596363535720200525-26773-1emvcjs.pdf