Ordenanza N.° O.R.122.2017
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL cusca
~~. Gc-b.c
REGIONAL DE cusca
CONSEJO
r¡10 RC·P;QfKd
CUSC&'j
''}lila del !Buen Servicio al Ciuáaáano"
ORDENANZA REGIONAL W 122-2017-CRjGRC.CUSCO.
POR CUANTO: El Consejo marzo
Regional
del año dos mil diecisiete,
Regional del
del Gobierno
que Conforma
Departamento
Público
Cusco, en Cuarta Sesión Ordinaria
ha debatido
la Mesa Técnica
de Cusco,
Privada,
Regional
obra
y aprobado
la Observación
para el Proyecto
de fecha diecisiete
de
al Texto de la Ordenanza
Aeropuerto
Internacional
de Chinchero
mediante
la modalidad
de Asociación
a ser implementada
por tanto:
CONSIDERANDO: Que, el Artículo
191° de la Constitución
Constitucional
sobre
regiones
autonomía
tienen
Coordinan
promueven
el desarrollo
del Estado,
modificada
mediante
Ley NQ 30305
y administrativa sus funciones
y atribuciones
Política
del Estado,
precisa
regional,
fomentan
las inversiones,
y la economía
de su responsabilidad,
en armonía
desarrollo;
es, así, que mediante
los numerales
que dicho
"debe
formular
sociedad
nivel de gobierno
regional
y ejecutar
y aprobar
por la Ley de la Reforma
económica
públicos ,- establecido
..
Política aprobada
sin interferir
192" de la Constitución
j' socioeconórnico
!
política,
con las municipalidades
Que, el Artículo
í~~EGIO. l' ot'¡:'/,~
Descentralización
con
en los asuntos
las políticas
intermedio,
tiene
y programas
el plan de desarrollo
regional
"Las
de su competencia.
gobiernos
regionales
actividades nacionales
artículo
por obligación,
y servicios y locales
constitucional, promover
correspondientes;
concertado
que:
",
que los
y planes
2; y 5; del pre citado
los planes
, establece
de
se tiene
el desarrollo
para ello, además,
con las municipalidades
y la
civil; .
Que, el artículo
~ Regionales, o
13° de la Ley W 27867
tiene
establecido
que el Consejo
gobierno
regional
le corresponde
y aquellas
que le sean delegadas.
Que, por mediante niveles
del Estado,
inversión
privada
el Artículo rigen
las funciones
por la Ley 29053;
Regional:
"Es el órgano
y atribuciones
Ley Orgánica
de Gobiernos
normativo
y fiscalizador
del
que se establecen
en la presente
Ley
(...)".
34° de la antes
su gestión
nacional
modificada
a través
y extranjera
citada
Ley Orgánica
de Gobiernos
Regionales,
éstos
"creando mecanismos para promover la a lograr el crecimiento económico regional
de planes,
dirigidos
conforme a ley. En el marce de sus competencias, otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad
contractual,
siempre que se contribuya
al desarrollo
sostenible
local y regional, se
asegure una mayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas." Ergo, dicha Función de promoción de las inversiones son efectuadas, Incentivando y apoyando
las actividades
desarrollo
de 105 recursos
Que, el Artículo de Organizaciones
del
sector
privado
regionales,
además,
89° de la Ordenanza
Regional
y Funciones
del Consejo
nacional creando
y extranjero,
orientando
a impulsar
105 instrumentos
necesarios
para tal fin.
W 049-2013-CRjGRC.CUSCO.,
Regional
del Gobierno
Regional
Reglamento
el
Interno
del Cusco., señala:
"El
Consejero Delegado del Consejo Regional suscribirá la Ordenanza Regional aprobada por el Consejo
,..,
Regional y lo remitirá al Presidente Regional para su promulgación u observación dentro de los quince (15) días hábiles. El Presidente Regional dispondrá su publicación en el Diario Oficial y en el ~!!'!f.'
-GOBIERNO REGIONAL CUSCO Gcbicrno
CONSEJO
REGIONAL DE cusca
U}1ño de! (]3uen Servicio
RE'f¿Kln.rlÍ
CU5C~
al Ciudadano"
F
Portal
del
Regional
Gobierno
Regional.
no promulga
el Consejero
ni observa
Delegado.
Regional
para
revisión.
El nuevo
Consejero
Delegado.
en el Diario
Oficial
Si vencido
el término
la Ordenanza
Regional,
En caso de ser observada
su conocimiento, dictamen
el pleno
se someterá
La Ordenanza
la Ordenanza
Regional
su remisión
a la Comisión
dispondrá a votación
Regional
(15) días hábiles la promulgará y dispondrá
de quince
y de ser aprobada
es obligatoria
el Presidente su publicación
es devuelta
al Consejo
de origen
será promulgada
desde el día siguiente
para
su
por el
de su publicación
El Peruano.".
Que, siendo el Aeropuerto Internacional de Chinchero, un proyecto regional, esperado por más de cuatro
décadas por la población
cusqueña,
la cual además, es considerada
como medio de
desarrollo económico de los diversos segmentos del comercio e industria de ésta parte del país, en razón de que ésta infraestructura reemplazará al actual Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete, que en ésta última década ha tenido un incremento en sus volúmenes de operaciones, es así, que hoy en día no soporta más ingreso de vuelos comerciales, debido a su tamaño y ubicación del mismo -se encuentra en medio de la ciudad- ergo, el nuevo aeropuerto ubicado en el Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba, constituirá un terminal aéreo de nivel internacional con un mayor tamaño, y servicios adecuados con capacidad de manejar mayores y mejores conexiones internacionales en forma directa. Que, habiéndose establecido dicha necesidad, el Gobierno Nacional, ya el año 1980 emitió la Ley W 23028; en ese mismo sentido, el 11 de octubre del año 2001 mediante Ley W 27528, creó el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero; declarándose incluso de necesidad y utilidad pública y de la más alta prioridad para el Estado; es así que, el 02 de febrero del año 2010 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicitó a PROINVERSIÓN que se inicie la convocatoria para la entrega en concesión de la construcción y operación internacional.
del nuevo aeropuerto
Que, estando al Proyecto de Ordenanza Regional presentado por los Consejeros Regionales, Sr. Mausauri Huarancca Lima, Sr. Nicanor Umiyauri Ninahuaman, Srta. Anabel Alccamari Ccahuana, Sr. Laureano Yucra Osnayo, Srta. Brizeida Carrasco Yarin, Sr. Meliton Ccallo Quispe, Sr. Jaime Ernesto Gamarra Zambrano, Sra. Marisol Paz Ccoricasa, y Sr. Guillermo Torres Palomino, y con Exoneración de Trámite de Comisión; y, el Oficio W 144-2017-GR CUSCO!GR de fecha 02 de marzo del 2017, por mediante
el cual, el Gobernador
Regional, Sr. Edwin Licona Licona, devuelve el Texto de la
Autógrafa de la Ordenanza Regional W 122-2017 a mérito del Acuerdo de la reunión entre la sociedad civil, autoridades locales y regionales denominado ACTA DE ACUERDOS POR EL CUSCOde fecha 28 de febrero del 2017; por mediante diversos actores sociales a la Mesa Técnica.
el cual, peticionan
al Consejo Regional integre a
Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y Reglamento Interno de Organización y
•••
"1 I GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO ':;Z¡ ño de! Buen Servicio al Ciudadano " F
Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional Cusca, ha aprobado la presente propuesta de ordenanza regional:
HA DADO LA SIGUIENTE:
ORDENANZA REGIONAL
ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR, la Mesa Técnica del Proyecto Aeropuerto
Internacional
Chinchero, ubicado en el Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba, Departamento Dicha Mesa Técnica, tendrá cama responsabilidad principal, la súper vigilancia ciudadano para una adecuada y eficiente ejecución del proyecto denominado Internacional de Chinchero, estará facultada para:
de
del Cusca. del control Aeropuerto
Realizar las coordinaciones que crea conveniente can los diversos niveles de Gobierno; Requerir a cualquier entidad pública o privada los informes o documentación que consideren necesarios para el cumplimiento de la presente ordenanza regional; Emitir opiniones, recomendaciones y sugerencias para la adecuada ejecución de la obra. ARTíCULOSEGUNDO.- Dicha mesa estará integrada por: •
Dos representantes
•
Tres representante del Consejo Regional Cusca; Consejero Regional del Cusca - Provincia Espinar Sr. Nicanor Umiyauri Ninahuaman. Consejero Regional del Cusca - Provincia Urubamba Srta. Brizeida Carrasca Yarin.
del Ejecutivo del Gobierno Regional del Cusca.
Consejero Regional del Cusca - Provincia Paucartambo Sr. Victor Vargas Santander. •
El Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Hurancca lima.
Regional Cusca; Sr. Mausauri
•
Los Cinco Congresistas de la Republica representantes del Departamento
•
Un representante
•
Un representante
de la Municipalidad
Distrital de Huayllabamba.
•
Un representante
de la Municipalidad
Distrital de Chinchero.
de la Municipalidad
•
Un Representante de la Mancomunidad
•
Tres representantes
del Cusca.
Provincial de Urubamba.
Urubamba.
del COREPROCusca.
•
Un representante
de la FARTAC,
•
Un representante
de la FDTC, de la FDCC,
•
Un representante
•
Cuatro representantes
•
Dos Representantes de la Cámara de Comercio del Cusca.
•
Un representante
de las Comunidades campesinas del área de influencia del proyecto.
de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusca (UNSAAC).
El referido comité técnico deberá instalarse dentro de los treinta días de aprobado y publicado la presente ordenanza, en la reunión de instalación los miembros de dicha mesa técnica elegirán un Presidente, u n Vicepresidente, y un Secretario. El presidente Regional.
y secretario de la mesa técnica elevaran informes mensuales al pleno del Consejo
T
GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO "}lño del' <BuenServicio al Ciuáaáano"
ARTíCULO TERCERO.- la Presente publicación
Ordenanza
Regional
entrara
en vigencia
al día siguiente
de su
en el Diario Oficial "El Peruano".
Comuníquese
al Señor Gobernador
Dado en la Capital
Histórica
del Gobierno
Regional
del Cusco para su Promulgación.
del Perú, Cusco, a los diecisiete
días del mes de marzo
del año dos mil
diecisiete. POR TANTO: No, habiendo Licona,
el Señor
promulgado
Orgánica
de
Funciones
del
Gobernador
dentro
Gobiernos Consejo
Regional
del plazo
Regionales Regional
del
del Gobierno
establecido
por
y artículo
89°
Cusca,
aprobado
del
Regional
los artículos
del Cusco
Sr. Edwin
Licona
38° de la Ley W 27867
Reglamento
interno
mediante
Ordenanza
de
Ley
Organización
Regional
W
y 049-
2013.CRjGRC.CUSCO. MANDO
SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
Dado en la Sede Central
del Gobierno
Regional
del Cusco, a los
días dei mes de
del año dos mil diecisiete.
MAUS
URI HUARANCCA LIMA.
Cons
ero Delegado
del Consejo
Regional del Gobierno
Regional del Cusca.
_
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/588130-o-r-122-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/733404/-23404023027166334320200525-26773-1t0q93i.pdf