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O-R-122-2017 Regional Ordinance Cusco In force

Ordenanza N.° O.R.122.2017

7 min read

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GOBIERNO REGIONAL cusca

~~. Gc-b.c

REGIONAL DE cusca

CONSEJO

r¡10 RC·P;QfKd

CUSC&'j

''}lila del !Buen Servicio al Ciuáaáano"

ORDENANZA REGIONAL W 122-2017-CRjGRC.CUSCO.

POR CUANTO: El Consejo marzo

Regional

del año dos mil diecisiete,

Regional del

del Gobierno

que Conforma

Departamento

Público

Cusco, en Cuarta Sesión Ordinaria

ha debatido

la Mesa Técnica

de Cusco,

Privada,

Regional

obra

y aprobado

la Observación

para el Proyecto

de fecha diecisiete

de

al Texto de la Ordenanza

Aeropuerto

Internacional

de Chinchero

mediante

la modalidad

de Asociación

a ser implementada

por tanto:

CONSIDERANDO: Que, el Artículo

191° de la Constitución

Constitucional

sobre

regiones

autonomía

tienen

Coordinan

promueven

el desarrollo

del Estado,

modificada

mediante

Ley NQ 30305

y administrativa sus funciones

y atribuciones

Política

del Estado,

precisa

regional,

fomentan

las inversiones,

y la economía

de su responsabilidad,

en armonía

desarrollo;

es, así, que mediante

los numerales

que dicho

"debe

formular

sociedad

nivel de gobierno

regional

y ejecutar

y aprobar

por la Ley de la Reforma

económica

públicos ,- establecido

..

Política aprobada

sin interferir

192" de la Constitución

j' socioeconórnico

!

política,

con las municipalidades

Que, el Artículo

í~~EGIO. l' ot'¡:'/,~

Descentralización

con

en los asuntos

las políticas

intermedio,

tiene

y programas

el plan de desarrollo

regional

"Las

de su competencia.

gobiernos

regionales

actividades nacionales

artículo

por obligación,

y servicios y locales

constitucional, promover

correspondientes;

concertado

que:

",

que los

y planes

2; y 5; del pre citado

los planes

, establece

de

se tiene

el desarrollo

para ello, además,

con las municipalidades

y la

civil; .

Que, el artículo

~ Regionales, o

13° de la Ley W 27867

tiene

establecido

que el Consejo

gobierno

regional

le corresponde

y aquellas

que le sean delegadas.

Que, por mediante niveles

del Estado,

inversión

privada

el Artículo rigen

las funciones

por la Ley 29053;

Regional:

"Es el órgano

y atribuciones

Ley Orgánica

de Gobiernos

normativo

y fiscalizador

del

que se establecen

en la presente

Ley

(...)".

34° de la antes

su gestión

nacional

modificada

a través

y extranjera

citada

Ley Orgánica

de Gobiernos

Regionales,

éstos

"creando mecanismos para promover la a lograr el crecimiento económico regional

de planes,

dirigidos

conforme a ley. En el marce de sus competencias, otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad

contractual,

siempre que se contribuya

al desarrollo

sostenible

local y regional, se

asegure una mayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas." Ergo, dicha Función de promoción de las inversiones son efectuadas, Incentivando y apoyando

las actividades

desarrollo

de 105 recursos

Que, el Artículo de Organizaciones

del

sector

privado

regionales,

además,

89° de la Ordenanza

Regional

y Funciones

del Consejo

nacional creando

y extranjero,

orientando

a impulsar

105 instrumentos

necesarios

para tal fin.

W 049-2013-CRjGRC.CUSCO.,

Regional

del Gobierno

Regional

Reglamento

el

Interno

del Cusco., señala:

"El

Consejero Delegado del Consejo Regional suscribirá la Ordenanza Regional aprobada por el Consejo

,..,

Regional y lo remitirá al Presidente Regional para su promulgación u observación dentro de los quince (15) días hábiles. El Presidente Regional dispondrá su publicación en el Diario Oficial y en el ~!!'!f.'

-GOBIERNO REGIONAL CUSCO Gcbicrno

CONSEJO

REGIONAL DE cusca

U}1ño de! (]3uen Servicio

RE'f¿Kln.rlÍ

CU5C~

al Ciudadano"

F

Portal

del

Regional

Gobierno

Regional.

no promulga

el Consejero

ni observa

Delegado.

Regional

para

revisión.

El nuevo

Consejero

Delegado.

en el Diario

Oficial

Si vencido

el término

la Ordenanza

Regional,

En caso de ser observada

su conocimiento, dictamen

el pleno

se someterá

La Ordenanza

la Ordenanza

Regional

su remisión

a la Comisión

dispondrá a votación

Regional

(15) días hábiles la promulgará y dispondrá

de quince

y de ser aprobada

es obligatoria

el Presidente su publicación

es devuelta

al Consejo

de origen

será promulgada

desde el día siguiente

para

su

por el

de su publicación

El Peruano.".

Que, siendo el Aeropuerto Internacional de Chinchero, un proyecto regional, esperado por más de cuatro

décadas por la población

cusqueña,

la cual además, es considerada

como medio de

desarrollo económico de los diversos segmentos del comercio e industria de ésta parte del país, en razón de que ésta infraestructura reemplazará al actual Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete, que en ésta última década ha tenido un incremento en sus volúmenes de operaciones, es así, que hoy en día no soporta más ingreso de vuelos comerciales, debido a su tamaño y ubicación del mismo -se encuentra en medio de la ciudad- ergo, el nuevo aeropuerto ubicado en el Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba, constituirá un terminal aéreo de nivel internacional con un mayor tamaño, y servicios adecuados con capacidad de manejar mayores y mejores conexiones internacionales en forma directa. Que, habiéndose establecido dicha necesidad, el Gobierno Nacional, ya el año 1980 emitió la Ley W 23028; en ese mismo sentido, el 11 de octubre del año 2001 mediante Ley W 27528, creó el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero; declarándose incluso de necesidad y utilidad pública y de la más alta prioridad para el Estado; es así que, el 02 de febrero del año 2010 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicitó a PROINVERSIÓN que se inicie la convocatoria para la entrega en concesión de la construcción y operación internacional.

del nuevo aeropuerto

Que, estando al Proyecto de Ordenanza Regional presentado por los Consejeros Regionales, Sr. Mausauri Huarancca Lima, Sr. Nicanor Umiyauri Ninahuaman, Srta. Anabel Alccamari Ccahuana, Sr. Laureano Yucra Osnayo, Srta. Brizeida Carrasco Yarin, Sr. Meliton Ccallo Quispe, Sr. Jaime Ernesto Gamarra Zambrano, Sra. Marisol Paz Ccoricasa, y Sr. Guillermo Torres Palomino, y con Exoneración de Trámite de Comisión; y, el Oficio W 144-2017-GR CUSCO!GR de fecha 02 de marzo del 2017, por mediante

el cual, el Gobernador

Regional, Sr. Edwin Licona Licona, devuelve el Texto de la

Autógrafa de la Ordenanza Regional W 122-2017 a mérito del Acuerdo de la reunión entre la sociedad civil, autoridades locales y regionales denominado ACTA DE ACUERDOS POR EL CUSCOde fecha 28 de febrero del 2017; por mediante diversos actores sociales a la Mesa Técnica.

el cual, peticionan

al Consejo Regional integre a

Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y Reglamento Interno de Organización y

•••

"1 I GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO ':;Z¡ ño de! Buen Servicio al Ciudadano " F

Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional Cusca, ha aprobado la presente propuesta de ordenanza regional:

HA DADO LA SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL

ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR, la Mesa Técnica del Proyecto Aeropuerto

Internacional

Chinchero, ubicado en el Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba, Departamento Dicha Mesa Técnica, tendrá cama responsabilidad principal, la súper vigilancia ciudadano para una adecuada y eficiente ejecución del proyecto denominado Internacional de Chinchero, estará facultada para:

de

del Cusca. del control Aeropuerto

Realizar las coordinaciones que crea conveniente can los diversos niveles de Gobierno; Requerir a cualquier entidad pública o privada los informes o documentación que consideren necesarios para el cumplimiento de la presente ordenanza regional; Emitir opiniones, recomendaciones y sugerencias para la adecuada ejecución de la obra. ARTíCULOSEGUNDO.- Dicha mesa estará integrada por: •

Dos representantes

Tres representante del Consejo Regional Cusca; Consejero Regional del Cusca - Provincia Espinar Sr. Nicanor Umiyauri Ninahuaman. Consejero Regional del Cusca - Provincia Urubamba Srta. Brizeida Carrasca Yarin.

del Ejecutivo del Gobierno Regional del Cusca.

Consejero Regional del Cusca - Provincia Paucartambo Sr. Victor Vargas Santander. •

El Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Hurancca lima.

Regional Cusca; Sr. Mausauri

Los Cinco Congresistas de la Republica representantes del Departamento

Un representante

Un representante

de la Municipalidad

Distrital de Huayllabamba.

Un representante

de la Municipalidad

Distrital de Chinchero.

de la Municipalidad

Un Representante de la Mancomunidad

Tres representantes

del Cusca.

Provincial de Urubamba.

Urubamba.

del COREPROCusca.

Un representante

de la FARTAC,

Un representante

de la FDTC, de la FDCC,

Un representante

Cuatro representantes

Dos Representantes de la Cámara de Comercio del Cusca.

Un representante

de las Comunidades campesinas del área de influencia del proyecto.

de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusca (UNSAAC).

El referido comité técnico deberá instalarse dentro de los treinta días de aprobado y publicado la presente ordenanza, en la reunión de instalación los miembros de dicha mesa técnica elegirán un Presidente, u n Vicepresidente, y un Secretario. El presidente Regional.

y secretario de la mesa técnica elevaran informes mensuales al pleno del Consejo

T

GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO "}lño del' <BuenServicio al Ciuáaáano"

ARTíCULO TERCERO.- la Presente publicación

Ordenanza

Regional

entrara

en vigencia

al día siguiente

de su

en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuníquese

al Señor Gobernador

Dado en la Capital

Histórica

del Gobierno

Regional

del Cusco para su Promulgación.

del Perú, Cusco, a los diecisiete

días del mes de marzo

del año dos mil

diecisiete. POR TANTO: No, habiendo Licona,

el Señor

promulgado

Orgánica

de

Funciones

del

Gobernador

dentro

Gobiernos Consejo

Regional

del plazo

Regionales Regional

del

del Gobierno

establecido

por

y artículo

89°

Cusca,

aprobado

del

Regional

los artículos

del Cusco

Sr. Edwin

Licona

38° de la Ley W 27867

Reglamento

interno

mediante

Ordenanza

de

Ley

Organización

Regional

W

y 049-

2013.CRjGRC.CUSCO. MANDO

SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.

Dado en la Sede Central

del Gobierno

Regional

del Cusco, a los

días dei mes de

del año dos mil diecisiete.

MAUS

URI HUARANCCA LIMA.

Cons

ero Delegado

del Consejo

Regional del Gobierno

Regional del Cusca.

_


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/588130-o-r-122-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/733404/-23404023027166334320200525-26773-1t0q93i.pdf