Ordenanza N.° O.R.117.2017
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GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO REGIONAL DE cusca "jIña de (a Cansaúáación de! 'Jvtaráegrau"
ORDENANZA REGIONAL W 117-2016-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo
Regional
del Gobierno
Regional
de Cusco,
en
su Trigésima
Sesión
Extraordinaria del Periodo Legislativo 2016, de fecha cinco de diciembre del año dos mil dieciséis, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional: VISTO: El OFICIO W 145-2016-P.COPPA-CR/GRC-CUSCO, de fecha 01 de diciembre del año dos mil dieciséis, emitido por la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto y Administración del Consejo Regional de Cusco, que contiene el Dictamen W 0282016.CR-GRC CUSCO/PC-PPA, sobre Dictamen con modificaciones sobre la Iniciativa Legislativa de: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRA TI VOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO";
CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 191 ° Y 192° de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos 2°, 5° Y 6° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley W 27867, se tiene que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, constituyéndose en personas jurídicas de derecho público, que tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal, quienes promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, con la misión de organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, implicando que el desarrollo regional que promueven comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el creclmiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, los Artículos 30°, 3r y 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley W 27444, establece que cada entidad señala sus procedimientos administrativos y sus respectivos requisitos y costos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, el que para el caso de los gobiernos regionales se aprueba por norma de la más alta autoridad regional, siendo además que la misma Ley a previsto su actualización cada dos años, además de que se deben establecer los procedimientos administrativos que por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante las entidades para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, en donde debe constar los
GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO
REGIONAL DE CUSCO
"jl ño de (a Consoúáación de! 'Mar de €:,au" requisitos, condiciones y costos administrativos, los que deben ser considerados y sistematizados en el TUPA de la entidad, y que debe ser publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, en el portal institucional, además de revestir las formalidades que establece la normatividad de la materia para su puesta en vigencia; Que, mediante
Decreto Supremo
W 079-2007-PCM,
se aprobaron
los lineamientos
técnicos y normativos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, donde se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, por el cual el Gobierno Regional deberá aprobar su TUPA por Ordenanza Regional, en donde los procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales que forman parte de los Gobiernos Regionales deben incluirse en el TUPA del Gobierno Regional al que pertenezcan; Que, con Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del Artículo 44° de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley W 27444, la que será de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA; Que, por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa y establece las disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, buscando mejorar la calidad, la eficiencia en el desarrollo de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadanía realiza ante la administración pública, eliminando los obstáculos o costos innecesarios para la sociedad; Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública W 002-2012-PCM, se aprueba el Aplicativo Informativo Web de la Metodología para determinación de los costos, denominado Mi Costo, y en la Directiva "Lineamientos para el Funcionamiento del Aplicativo Informativo y Web para la Determinación de Costos", consta las guías de simplificación administrativa y determinación de costos de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para el Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local;
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Que, el Artículo 4° de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley W
%o 7658, establece la finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado para
COI':O:::"..." la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre
una mejor atención a la ciudadanía, priorizando el uso de los recursos públicos, concordante con el Decreto Supremo W 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país, la misma que es de aplicación a las entidades de la administración pública, comprendiéndose a los Gobiernos Regionales; Que, el TUPA constituye un documento técnico normativo de gestión que uniformiza, reduce, simplifica y establece el trámite, procedimientos y costos para acceder a los procedimientos administrativos y servicios exclusivos que requieran los usuarios de las entidades públicas, la Ley dispone que las entidades públicas elaboren, aprueben y publiquen este importante documento de gestión, con la finalidad de brindar a los _
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GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO REGIONAL DE CUSCO
administrados (personas naturales o jurídicas) en general la información sobre los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades (requisitos, costos, plazos, entre otros) en un documento único que les ordene y sistematice; Que, mediante Ordenanza Regional W 086-2010-CR/GRC.CUSCO, de fecha 02 de diciembre del 2010 el Consejo Regional aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco, como instrumento normativo y de gestión que regula la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios que realiza la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco y sus Direcciones Regionales Sectoriales, el mismo que ha sufrido algunas modificaciones en el tiempo, sin embargo, considerando el tiempo transcurrido desde su vigencia, la necesidad de realizar la simplificación administrativa en algunos de los procedimientos, creación de nuevos y anulación de otros, ha generado que se efectué una revisión del mismo, ameritando la necesidad de poder contar con un actualizado Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco; Que, el Gobierno Regional de Cusco, en su afán de servir mejor a la colectividad y/o usuario en general, tiene por finalidad, reducir y simplificar todos los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante la respectiva entidad, ello a efectos de dar mayor fluidez a los trámites del público usuario, por ello la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial conjuntamente con las Direcciones Regionales Sectoriales han elaborado y/o actualizado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco, efectuándose la revisión, luego de realizar el inventario de los trámites, conllevando a ordenarlo y clasificarlo con criterio de racionalidad y necesidad, uniformizando los mismos, y evitando duplicidad o cargas innecesarias en la tramitación de sus procedimientos; Que, bajo ese contexto, mediante Informe W 295-2016-GR CUSCO-GRPPAT/SGDI, de fecha 18 de agosto del 2016, complementando con el Informe W 372-2016-GR CUSCOGRPPAT/SGDI, de fecha 02 de noviembre del 2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Cusco, remitió el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco, debidamente actualizado, señalando que dicha Sub Gerencia ha venido impulsando la actualización del TUPA, a través de coordinaciones directas con cada Dirección Regional Sectorial, así como a través de documentos cursados para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo W 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos de la Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo W 064-2010-PCM, que aprueba la metodología para determinar los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA;
Que, los Artículos 15 literal a) y 38 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley W 27867, en concordancia con la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley W 27444, establecen tanto las atribuciones que le corresponde al Consejo Regional, por el cual le compete aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, y en el caso del TUPA lo hacen mediante Ordenanza Regional por el cual se norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Geblerno Regional y reglamentan materias de su competencia, implicando que el presente trámite esté en coordinación con lo que expresamente señala la normativa;
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Que, estando a lo establecido por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley W 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 Y sus modificatorias y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusca, aprobado con Ordenanza Regional N° 049-2013CR/GRC.CUSCO, el Consejo Regional de Cusca:
HA DADO lA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL ARTíCULO PRIMERO.- APROBAR el"Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusca", como instrumento normativo y de gestión que regula el trámite de los usuarios o administrados a través de los servicios que presta el Gobierno Regional de Cusco, para lo que se precisa el número de procedimientos y servicios que prestan cada una de las dependencias del Gobierno Regional de Cusca, de conformidad al anexo denominado "Texto Único de Procedimientos Administrativos 2016", que consta de 247 folios debidamente selladas por la Comisión Dictaminadora y los formatos de sustentación legal y técnicos de los procedimientos administrativos de cada dependencia conforme al cuadro siguiente: SECTOR
N° PROCEDIMIENTOS
Sede Regional
Archivo Regional del Cusco
Dirección Regional de Agricultura
Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo
Dirección Regional de Educación
Dirección Regional de Energía y Minas
Dirección Regional de Producción
Dirección Regional de Salud
Dirección Regional Comunicaciones Dirección Empleo
Regional
de
de Trabajo
ESABAC Diego Quispe Tito TOTAL
Transportes
y
y Promoción
del
DE
N° DE SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD
ARTíCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco la implementación y cumplimiento obligatorio de la presente Ordenanza
GOBIERNO REGIONAL CUSCO CONSEJO
REGIONAL DE CUSCO
'}j.ño de (a (xmsoíidacum cfe( :Mar de qrau"
Regional, a través de los mecanismos establecidos por la normatividad de la materia, efectuando el seguimiento y monitoreo del TUPA que se aprueba en el artículo precedente, remitiendo el informe de las acciones desarrolladas al Consejo Regional, cuando ésta sea requerida. ARTíCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Cusco, la difusión, seguimiento y monitoreo de la implementación en todas las dependencias consideradas en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional, exigiendo a cada una de ellas, la publicación del TUPA que les corresponde, en lugares visibles y de fácil acceso de los usuarios. ARTíCULO CUARTO.- DEROGAR en todos sus extremos la Ordenanza Regional W 086-2010-CR/GRC.CUSCO, que aprobaba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco. ARTíCULO QUINTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional de la lectura y aprobación del Acta para proceder a su implementación. ARTíCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el diario de avisos judiciales del Departamento del Cusco y la página web del Gobierno Regional de Cusco. ARTíCULO SÉPTIMO.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco para su promulgación. Dado en la CiUd~ de Cusco, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. •
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o e Cusco
POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. días del mes de
Gobernador Regional Gobierno Regional Cusco
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/588126-o-r-117-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/733400/392201283328397411320200525-26773-1361yyw.pdf