Decreto Regional N.° DR.014.2021
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DECRETO REGIONAL
‘N°. 914 -2021-GR CUSCO/GR
cusco, 43 DIC. 2021 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO:
VISTO: El Informe N° 1190-2021-GR CUSCO/GRPPM/SGPODT de la Sub Gerencia de Planeamiento, Ordenamiento y Demarcación Territorial, Informe N° 637- 2021 GR CUSCO/GRPPM de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización e Informe N° 1054-2021-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por el artículo unico de la Ley N° 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo la política de los Gobiernos Regionales, la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normes, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, asi como promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, así como el de dictar las normas inherentes a la gestión regional, que concordante con los literales d) y h) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional tiene la atribución, entre otras, de dictar Decretos y Resoluciones Regionales, así como aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional;
Que, fa Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por Ley N° 27902, en su artículo 11°, i1°-A y 11%-B establece la Organización, Composición, Funcionamiento y Funciones del Consejo de Coordinación Regional como Órgano Consultivo y de Coordinación del Gobierno Regional, Asimismo, el inciso b} del artículo 11°-A consigna que los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional son elegidos democráticamente por un periodo de dos años, por los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel regional y provincial, según corresponda, que se haya inscrito en el registro que abrirá para tal efecto el Gobierno Regional;
Que, de conformidad a la Décimo Quinta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley N* 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N* 28013, en relación a la Institución del Consejo de Coordinación Regional, se precisa que dentro de los primeros sesenta (60) días naturales del año correspondiente se realizará la elección de los representantes de la sociedad civil y ta instalación de los Consejos de Coordinación Regional;
Que, mediante el Informe N° 637-2021-GR CUSCO/GRPPM del 18 de noviembre 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remite el Informe N° 1190-2021-GR CUSCO/GRPPM/SGPODT, de la Sub Gerencia de Planeamiento, Ordenamiento y Demarcación Territorial, precisa la necesidad de la renovación de representantes de la Sociedad Civil en el Consejo de Coordinación Regional para el periodo enero 2022 a diciembre 2023, proponiendo la convocatoria a elecciones y Decreto Regional que aprueba la convocatoria, y el cronograma de inscripción y elección;
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Que, mediante el Informe N* 025-2021-GR CUSCO/GRPPM/SGPODT-RBGMEBA del 17 de noviembre se menciona en la parte III Análisis segundo párrafo lo siguiente: “Las condiciones sanitarias que venimos atravesando no han permitido programar oportunamente el acto electoral (...)”;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 165-2019-CR/GR del 12 de agosto de 2019, publicada en el diario Oficial Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Cusco- CCR, y el literal h) del articulo6° establece que la composición del Consejo de Coordinación Regional, respecto de los representantes de la sociedad civil;
Que, el Reglamento del Consejo de Coordinación Regional indica en su artículo 11° que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, actuara como Secretaria Técnica y, en su artículo 12° establece entre otras las siguientes funciones:
a) Organizar el Funcionamiento del CCR e informar al mismo Gobernador Regional, cuando lo requiera (...)
i) Preparar la convocatoria a elecciones en la oportunidad que corresponda para elegir a los representantes de la sociedad civil ante el CCR.
n) Organizar el proceso de elección para la renovación de representantes de la sociedad civil al CCR, cuando se requiera.
Que, conforme se desprende de los literales precitados, es la Secretaria Técnica del CCR, la responsable de organizar el funcionamiento del CCR, prepara la convocatoria a elecciones, lo que implica proponer el cronograma de elecciones en la oportunidad que corresponda, hecho que no ha ocurrido en vista que mediante el Informe N° 025-2021-GR CUSCO/GRPPM/SGPODT-MEBA del 17 de noviembre de 2021, se evidencia al señalar en la primera parte del análisis que la renovación de la representación de la sociedad civil se debió realizar en el mes de agosto de 2021, fecha de cumplimiento de los dos años del CCR, manifestando que las condiciones sanitarias no han permitido programar oportunamente el acto electoral, considerando además que la segunda reunión ordinaria, convocada para el 05 de mayo del presente año fue suspendida por falta de quorum, la cual se ha realizado el 12 de noviembre del presente año;
Que el artículo 36° del Reglamento del CCR, indica que “La convocatoria a elección de representantes de la Sociedad Civil ante el CCR es hecha por el Gobernador Regional mediante Decreto Regional, el mismo que establecerá el cronograma electoral”;
Que, mediante Informe N° 1054-2021.GR CUSCO/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, opina favorablemente por la emisión del Decreto Regional y se apruebe la convocatoria a elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Cusco y la aprobación del cronograma de elecciones;
Estando a los documentos del Visto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Gestión de Proyectos, Gerencia Regional de Recursos Naturales y medio Ambiente, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Modernización;
En a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco,
GRRENCIA GENERAL
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. - nerd con ciales anticipada al 21 de noviembre 2021 el CON pt E ELECTORAL para la ccione e los repre sentantes d la Sociedad Civil ante el Consejo de f Regie nal Vel >| ro Regional de Cusco, para el período 2022-2023, conforme
PRESIDENTE: Gerente General Regional del Gobierno Regional de Cusco (3 VOCAL: . Gerente Regional de Desarrollo Social os SECRETARIA: Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ASESpol
ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR, |
Cusco pa i 2023, que en anexo fort _ ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, Ji j c convoc E de Or E Ye) ‘ I Con Or 50! i : 0 7 65- -CR/ E) ARTÍCULO CUARTO CONVOCAR ! , / nd CH £ ose a i nte re al Él bl Y A ) del ? crete ARTÍCULO QUINTO. - CONVOCAR, a | Civil, ] e pai la G f c 1 i ) CO t ia Ley, vi el n : ; ej ; 207 ¿ R e : if] H fit / : ; é y 7 i q in ‘ :
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CONVOCATORIA A ELECCIONES DE RENOVACIÓN DE INTEGRANTES DE SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL 2022-2023
El Gobierno Regional de Cusco, en el marco y atribuciones que establecen la Constitución del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización y en cumplimiento de los Artículos N° 11, inciso 11-A y 11-B de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley N° 27902, y de acuerdo a la Ordenanza Regional N° 165-2019- CR/GRC.CUSCO; CONVOCA a la inscripción de los representantes de la Sociedad Civil Regional de Cusco, para la renovación del CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL CUSCO periodo 2022-2023.
El proceso de Inscripción se efectuará mediante documento remitido a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a partir del 02 noviembre al 10 de diciembre 2021; para tal fin deberán presentar los siguientes requisitos:
a) Solicitud de Inscripción en la que se señala de manera expresa la instancia y fecha en la cual se adoptó el acuerdo de inscripción, la indicación expresa del Segmento Institucional en el que realiza su inscripción, aprobada por la organización, el domicilio oficial para todos los fines de comunicación y la identificación de la persona natural en la que recae la representación de la organización.
Solicitud que tendrá valor de Declaración Jurada y estará debidamente firmada por el Representante Legal de la Organización de la Sociedad Civil.
b) Copia fedatada de la Constancia de Inscripción de la Organización en los Registros Públicos respectivos, expedida con la antigúedad no mayor de sesenta días de la presentación de la solicitud,
c) Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal y Acta de Inscripción del Asiento en el Registro Público respectivo.
d) Copia de documentos que acrediten al menos tres años de actividad institucional, presencia efectiva y trabajo con impacto departamental, Para ello las Organizaciones de la Sociedad Civil podrán adjuntar: Libro de Actas de la Organización, instrumentos jurídicos suscritos, publicaciones, donaciones recibidas entre otros, que produzcan convicción sobre la existencia de la Organización.
e) En el caso que su Institución u Organización se encuentre registrada en el Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil sólo deberán actualizar datos.
Los segmentos considerados para la presente elección, son los siguientes:
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Iglesias y confesiones religiosas. Universidades públicas y privadas. Institutos de educación superior.
Colegios profesionales.
Federaciones sindicales y gremios laborales, Organizaciones de productores. Federaciones agrarias y campesinas.
Centrales y/o cooperativas agrarias.
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Asociaciones, federaciones de micro y pequeñas empresas MYPES.
Cámaras y gremios empresariales del sector primario y secundario.
Gremios de empresas de turismo y sector terciario.
12, Federaciones, organizaciones de comunidades nativas.
Federaciones, organizaciones, gremios y asociaciones de mujeres.
Organización de Niños, Niñas y Adolescentes.
Organizaciones y asociaciones de jóvenes.
16, Federaciones, organizaciones e instituciones de personas con discapacidad.
- Instituciones cívicas, filantrópicas y culturales.
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Asociaciones civiles sin fines de lucro, organismos no gubernamentales de desarrollo y Fundaciones.
Consejos Regionales, Espacios de Concertación Regional, Comités de Desarrollo y Comités de Gestión
Asociaciones de Adulto mayor
Las organizaciones interesadas podrán recabar información en la Sub Gerencia de Planeamiento, Ordenamiento y Demarcación Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del correo electrónico orcuscoplaneamiento gmail.com, así como en nuestra página web institucional, www.regioncusco.gob, pe.
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE SOCIEDAD CIVIL AL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL 2022-2023
El Gobierno Regional del Cusco, en el marco y atribuciones que establecen la Constitución del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización y en cumplimiento de los Artículos NO 11, in 11-A y 11-B de la Ley N° 27867 ~ Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley N° 27902, CONVOCA a la inscripción de los representantes de la Sociedad Civil Regional de Cusco, para la renovación del CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL CUSCO periodo 2022-2023.
ACTIVIDADES ELECTORALES Noviembre ~ Diciembre
Apertura de Inscripción o actua!
de Inscripciones de Organizaciones civiles y delegados representantes. ee noviembre el 110 diciembre
Evaluación de los requisitos. Dictamen de observaciones y plazo para expedir la Resalucion de Inscripción.
13 al 14 diciembre
Publicación del Padrón Electoral Inicial. 15 diciembre Presentación de Tachas e impugnaciones. 16 al 17 diciembre Evaluación, absoluciones a tachas 20 al 21 de diciembre
Publicación del Padrón Final de
ae 22 de diciembre Delegados Electorales. a
Elecciones (Acto Electorai) 27 de diciembre
Proclamación y Entrega de Credenciales a los
ara el CCR, (Auditorio de la Sede Central de € 30 de diciembre
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/2736363-dr-014-2021 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2811541/Decreto%20Regional.pdf