Decreto Regional N.° DR.013.2021
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DECRETO REGIONAL *“"N® 013 -2021-GR CUSCO/GR
Cusco, “29 SET. 2021 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO;
VISTO: El Oficio N° 1181-2021/GEREDU-C/SEC e Informe N° 73-2021/GEREDUC/SEC de la Gerencia Regional de Educación Cusco, Informe N° 257-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI de la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, Memorándum N° 482-2021-GR CUSCO/GRPPM de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización e Informe N° 810-2021-GR CUSCO/ORA] y Memorándum N° 1018-2021-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 1920 en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización Interna y su presupuesto;
Que, el artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, en fecha 28 de diciembre 2015 se publicó en el Diario oficial El Peruano la Ordenanza Regional N° 106-2015-CR/GR-CUSCO que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ~ ROF de la Dirección Regional de Educación Cusco;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GR CUSCO, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Cusco, que en su artículo 2330 la Gerencla Regional de Salud es un órgano desconcentrado de segundo nivel organizacional, tiene a su cargo las funciones específicas en materia de salud, señalados en el artículo 49° de la Ley orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que corresponda. Su sigla es GERESA;
Que mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencias funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la cludadanta;
Que, el artículo 53% de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones - MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y proyectos especiales; b) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Desconcentrados cuando corresponda; y c) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Académicos cuando corresponda;
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Que, el artículo 53° de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece la Estructura del Manual de Operaciones, el cual incluye disposiciones Generales, Estructura Funcional, Procesos y Anexos;
Que, el artículo 55° de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 que la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justifica sus estructura y los mecanismo de control y coordinación; y , en un Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso de los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Resolución Gerencia! General Regional N° 406-2020-GR CUSCO/GGR de fecha 29 de octubre 2020, se aprueba “Los lineamientos para la formulacién y/o actualización del Manual de Operaciones - MOP, en los órganos desconcentrados del Gobierno Regional de Cusco; con la finalidad de garantizar la coherencia, alineamiento y complementariedad del Manuel de Operaciones de los órganos desconcentrados con la estructura organizacional del Gobierno Regional del Cusco;
Que, mediante Informe N° 257-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, emite opinión favorable al Proyecto de Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación Cusco;
Que, mediante Informe Legal N° 010-2021-0AJ, la Asesora Jurídica de la Dirección Regional de Educación - Cusco, sustenta ia derogación tácita precisando que: "el Código Civil regula tres formas de derogación aplicables a las normas entre ellas, la derogación tácita. Es así que cuando una norma jurídica no señala expresamente la norma que va a ser derogada y existe incompatibilidad o colisiona en su contenido, la norma que deroga precisa en su parte resolutiva que se derogan todas las normas que a esta se opongan. Así mismo, precisa que es necesaria la conservación de los actos administrativos emitidos bajo los alcances de la Ordenanza Regional N° 106-2015-CR/GR-CUSCO y los instrumentos de gestión vigentes a la fecha, hasta la aprobación del Manual de Operaciones propuesto a mérito de la Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GR CUSCO”;
Que, con Informe N° 810-2021-GR CUSCO/ORAJ complementado con Memorándum N° 1018-2021-GR CUSCO/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de! Gobierno Regional de Cusco, opina que es procedente la aprobación del Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional de Educación, mediante acto administrativo, así precisa que se debe conservar los actos administrativos que se dieron entre la derogación tácita de su ROF y la entrada en vigencia de su MOP, en aplicación del numeral 14.1 del artículo 14° del TUO de la Ley N° 27444;
Con las visaciones de fa Oficina Regional de Asesoría Jurídica, la Gerencia General Regional, General Regional de Administración, Gerencia Regional de Gestión de Proyectos, Gerencia Reglonal de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Gerencia Regional de
SS ON Planeamiento Presupuesto y Modernización del Gobierno Regional de Cusco; AS es ie of En observancia a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Ea Y Regionales, el Gobernador Regional del Goolerno Regional de Cusco;
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NERAL NG DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, el Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional de Educación Cusco, el mismo que conste de tres (03) títulos, cincuenta (50) artículos y anexos, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional conforme establece la norma.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO
ARTÍCULO TERCERO.- TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional a todas las dependencias involucradas y a los órganos técnicos y administrativos del Gobierno Regional de Cusco.
REGÍSTRESE Y GOMYNIQUESE
AÑ PAU, VENTE GARCÍA "GOBERNADOR REGIONAL 'OBIERN! REGIONAL DE CUSCO
Cusco,
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GOBIERNO REGIONAL
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MANUAL DE OPERACIÓNES - MOP
GERENCIA REGIONAL DE EDUCACION
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
Contenido
Título Primero: Disposiciones Generales se Capitulo |: Finalidad, Naturaleza Juridica y Edad ala: que pertenece o Capitulo Il: Funciones Generales y Base Legal
Título Segundo: La Estructura Funcional...
Capitulo III: Unidad de Dirección. Gerencia Regional Ejecutiva ......
Capítulo IV: Unidad de Participación y Vigilancia.......... Consejo Participativo Regional de Educación...
Capítulo V: Unidad de Control Órgano de Control Institucional ..... sa
Capitulo VI: Unidades Funcionales de Asesoramiento Unidad de Asesoría Jurídica Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización .
Capítulo VII: Unidades Funcionales de Apoyo Unidad de Administración... Unidad de Supervisión de Inversiones
Capítulo VIII: Unidades Funcionales de Linea . Subgerencia de Gobernanza...... an Subgerencia de Cobertura Educativa Subgerencia de Gestión Pedagógica . Subgerencia de Gestión de la Calidad Educativa
CAPITULO IV Unidad Desconcentrada
ulo Tercero: Procesos .
Capitulo VII: Descripción de los procesos Procesos Estratégicos Procesos Misionales. Procesos Apoyo o Soporte . $
Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales
Manual de Operaciones p
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
Título Primero: Disposiciones Generales
Capitulo |: Finalidad, Naturaleza Jurídica y Entidad a la que pertenece
Artículo 1%.- Finalidad
La Gerencia Regional de Educación, tiene por finalidad promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología. Asegurar los servicios educativos y los programas de atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa local y convoca la participación de los diferentes actores sociales.
Artículo 2°.- Naturaleza Juridica La Gerencia Regional de Educación, es un Órgano Desconcentrado de segundo nivel organizacional de la Gerencia General Regional, tiene a su cargo funciones específicas en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, señalados en el Artículo 47° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en lo que le corresponda. Su sigla es GEREDU.
Se constituye en una Unidad Ejecutora del Pliego del Gobierno Regional de Cusco.
rtículo 3%,- Entidad a la que pertenece
La Gerencia Regional de Educación, es un órgano desconcentrado de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Cusco. Mantiene una relación técnica — normativa con el Ministerio de Educación.
Capitulo Il; Funciones Generales y Base Legal
Artículo 4?.- Funciones Generales “ De acuerdo al artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Gerencia Regionel de Educación tiene las siguientes funciones generales:
a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar las políticas regionales de educación, cultura,
ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región.
Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los programas de
desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología, el programa de desarrollo del deporte
y recreación de la región, en concordancia con la Política Educativa Nacional.
Diversificar los currículos nacionales, incorporando contenidos significativos de su
realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las
necesidades e intereses de los educandos.
Promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para
todos.
Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la
región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que
desarrolla el Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política
de acreditación y certificación de la calidad educativa en el ámbito de su
competencia.
f) Desarrollar e implementar sistemas de información y ponerla a disposición de la población.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
g) Promover, regular incentivar y supervisar los servicios referidos a la educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria de instituciones educativas públicas y privadas, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población.
h) Modernizar los sistemas descentralizados de gestión educativa y propiciar la
formación de redes de instituciones educativas, en coordinación con el Ministerio
de Educación.
Diseñar, proponer e implementar las políticas de infraestructura y equipamiento, en
coordinación con los Gobiernos Locales.
Ejecutar y evaluar, conjuntamente con los gobiernos locales, los programas de
alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales.
Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral
orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la
región: en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al afianzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de gobierno
y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la
diversidad.
Promover permanentemente la educación intercultural y el uso de las lenguas
originarias de la región.
Promover e incentivar la investigación, la extensión en las universidades y en otras
'\ instituciones educativas de nivel superior, en función del desarrollo regional.
$ Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones
artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales.
Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías eficaces y
eficientes para el mejoramiento de la calidad de ta educación en sus distintos
niveles
Desarrollar los procesos de profesionalización, capacitación y actualización del
ersonal docente y administrativo de la región, en concordancia con el plan
nacional de formación continua.
Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de
investigación, experimentación e innovación educativa que aporten ala desarrollo
regional y mejoramiento de la calidad del servicio educativo.
Fortalecer en concordancia con los Gobiernos Locales, a las instituciones
educativas, promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento
democrático, así como la articulación intersectorial y la pertenencia a redes, con participación de la sociedad.
Articular, asesorar y monitorear en el campo pedagógico y administrativo a las
unidades de gestión local.
Impulsar y articular la participación de las universidades, empresas e instituciones
de la sociedad civil en la ejecución de los planes de desarrollo regional
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
Artículo 5%.- De las Interrelaciones de la Gerencia Regional de Educación
- De Jerarquía: Posee dependencia jerárquica con la Gerencia General Regional a quien facilitará información y realizará la rendición de cuentas sobre las actividades de su gestión y resultados obtenidos. Depende de la Gerencia General Regional en la implementación, ejecución, gestión y evaluación del Sistema Interventor Preventor.
- De Autoridad: Depende funcionalmente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que los programas, inversiones y actividades que realice, se encuentren alineados a las prioridades institucionales en el marco del Plan Estratégico Institucional. Además, facilita información, apoya, participa, propone y aplica instrumentos metodológicos que formule la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para la gestión de las intervenciones (programas, inversiones y actividades) que ejecuten las unidades de organización involucradas; y de corresponder los estandariza, dichas intervenciones deben estar en marcadas en la política pública sectorial y regional; asimismo la Gerencia Regional de Desarrollo Social, facilita y supervisa su cumplimiento. Mantiene relación técnico normativa con el Ministerio de Educación. De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con los diferentes órganos del Gobierno Regional de Cusco, así como con las entidades nacionales, regionales y locales relacionadas al ámbito de su competencia. De Financiamiento: Depende de la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, en los recursos financieros asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura y/o Presupuesto Institucional Modificado.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
Artículo 6°.- Base Legal:
a) Constitución Política del Perú
b) Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y normas modificatorias.
c) Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias.
d) Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y su modificatorias.
Ley N° 27785, Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada con Ley N* 27927.
Ley N° 28044 Ley General de la Educación.
Ley N* 29944 Ley de Reforma Magisterial y modificatorias
Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
Decreto Supremo N' 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado con Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto supremo N° 064-2021- PCM.
Decreto Legislativo N° 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modificaciones y reglamentos.
Decreto Legislativo N° 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad.
Decreto Legislativo N* 1439 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento.
Decreto Legislativo N° 1442 Decreto Legislativo de la Gestión fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Publico.
Decreto Legislativo N° 1441 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GRC.CUSCO que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Gobierno Regional de Cusco.
Resolución de secretaria de Gestión Publica N° 006-2018-PCM SGP, Apruébese la norma técnica N° 001-2018-SGP, Norma Técnica para implementación de gestión por procesos en las entidades de la administración pública.
Lineamientos N° 01-2020-SGP Funciones estandarizadas en el Marco de los Sistemas Administrativos.
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN 0032
Titulo Segundo: La Estructura Funcional
Artículo 7”.- Estructura Funcional La Gerencia Regional de Educación, para el cumplimiento de sus fines, competencias y funciones cuenta con la estructura funcional siguiente: 01. Unidad de Dirección
01.1. Gerencia Regional Ejecutiva 02. Unidad de Participación y Vigilancia
02.1. Consejo Participativo Regional de Educación 03. Unidad de Control
03.1. Órgano de Control Institucional 04, Unidades de Asesoramiento
04.1. Unidad de Asesoría Jurídica
04.2. Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización 05. Unidades de Apoyo
05.1. Unidad de Administración
05.2, Unidad de Supervisión de Inversiones 06. Unidades de Linea
06.1. Subgerencia de Gobernanza
06.2. Subgerencia de Cobertura Educativa
05.3. Subgerencia de Gestión Pedagógica
06.4. Subgerencia de Gestión de Calidad Educativa 07. Unidades Desconcentradas
07.1. Unidades de Gestión Educativa Local
Capitulo Ill; Unidad de Dirección
Gerencia Regional Ejecutiva
“Artículo 8°.- La Gerencia Regional Ejecutiva es la máxima Unidad de Dirección de iplimer nivel organizacional de la Gerencia Regional de Educación, responsable de la conducción y administración general de acuerdo a las Políticas Regionales y Sectoriales. Su sigla es GRE.
Artículo 9°.- Las funciones de la Gerencia Regional Ejecutiva son:
) Conducir ta implementación y ejecución de las políticas, planes, programas, inversiones y actividades regionales en materia de educación en concordancia con las normas y lineamientos sectoriales, normatividad interna y regulatoria e informes de alineamiento estratégico.
b) Dirigir la construcción de currículos regionales, tomando como insumo el currículo nacional y la realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica, respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos.
c) Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la
región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que
desarrolla el Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política de acreditación y certificación de la calidad educativa en el ámbito de su competencia.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN,
d) Conducir la fase sancionadora del procedimiento administrativo sancionador seguido contra los prestadores de servicios materia de competencia y decidir la aplicación de la sanción respectiva, emitiendo la resolución correspondiente, así como resolver los recursos de reconsideración que se interpongan contra sus decisiones.
e) Conducir y orientar la formulación, aprobación, implementación, evaluación y
seguimiento del Proyecto Educativo Regional en coordinación con el Consejo
Participativo Regional de Educación y con la Gerencia Regional de desarrollo
social.
Promover la descentralización efectiva de la gestión administrativa, pedagógica e
institucional y evaluar permanentemente la gestión de instituciones y programas
educativos, adoptando acciones preventivas y correctivas en caso se requiera.
Convocar y coordinar con el Consejo Participativo Regional de Educación la
elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional en
conjunto con la Gerencia Regional de Desarrollo Social.
Promover, regular y supervisar los servicios referidos a la educación inicial,
primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno
Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente.
Dirigir, aprobar, implementar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la
Gerencia Regional de Educación de manera articulada con el Plan Estratégico
Institucional, así como el Plan de Desarrollo Concertado.
Orientar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto en el ámbito
regional en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local.
Fortalecer el ejercicio ético de las funciones administrativas promoviendo la
eficiencia, transparencia y el libre acceso a la información
Establecer e implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana y
responsabilidad social, pública y privada para garantizar una gestión transparente,
equitativa y de calidad
Promover y conformar equipos funcionales de trabajo para apoyar la gestión
pedagógica, institucional y administrativa de las Unidades de Gestión Educativa
Local, instituciones y programas educativos.
Gestionar recursos económicos y financieros orientados a financiar programas y
proyectos de impacto regional en materia de su competencia.
Rendir cuentas de la Gestión a la sociedad regional, las políticas, planes,
programas, proyectos y acciones que desarrolla la Gerencia Regional de
Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local.
Informar al Gobierno Regional y a la sociedad civil sobre los avances en la
implementación de políticas educativas regionales y el logro de resultados, en
coherencia con los objetivos estratégicos.
q) Participar en la transferencia del acervo documental de instituciones educativas en desactivación y/o fusión por absorción de acuerdo a las normas.
- Dirigir, Organizar, conservar y custodiar las actas de evaluación final y de recuperación de estudios que obran en los archivos.
s) Fortalecer y promover la autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento
democrático, así como la articulación intersectorial en concordancia con los
Gobiernos locales, las instituciones educativas y con la participación de la
sociedad.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
t) Conducir y designar a los ganadores del proceso de concurso público para los Directores de las Unidades de Gestión educativa local.
u) Promover el acompañamiento y asistencia técnica a las Unidades de Gestión Educativa Local de la Jurisdicción en materia de Educación.
v) Desarrollar y promover la supervisión de programas y proyectos estratégicos
desarrollados por la Gerencia.
Establecer lineamientos regionales para la formación docente inicial y en servicio,
en concordancia con la normatividad nacional
Otorgar copias autenticadas de actas de evaluación final y de recuperación a los
usuarios que soliciten por desaparición pérdida o deterioro de las mismas
Visar y autenticar los certificados de estudios, diplomas, títulos profesionales y
otros documentos para el uso en el extranjero, así como por desaparición.
deterioro de las mismas.
Dirigir en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa locales, el
funcionamiento de las instituciones educativas públicas y privadas de acuerdo con
los criterios, requisitos y condiciones necesarias.
aa) Supervisar las donaciones educativas en su jurisdicción.
bb) Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo de organismos no
gubernamentales y cooperación de las entidades públicas y privadas de la comunidad nacional e internacional que sirvan para el mejoramiento de la calidad educativa en la región, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.
““ce) Incentivar la creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que =" contribuyan a mejorar los aprendizajes en los centros y programas educativos.
dd) Emitir Resoluciones para la constitución de Comisiones especiales de Procesos
7 Administrativos Disciplinarios para docentes y otras resoluciones en materia de su
competencia y concordancia a las normas establecidas.
ee) Promover permanentemente la educación intercultural y el uso de las lenguas
originarias de la región considerando las distintas variedades dialectales y
utilización de vocales, en el caso del quechua se debe priorizar el uso de las 5
vocales.
Promover e incentivar la investigación, innovación, buenas prácticas, la extensión
en la educación básica y en otras instituciones educativas de nivel superior, en
función del desarrollo regional.
- Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales.
h) Promover, desarrollar e implementar sistemas de información mediante el uso de nuevos sistemas de información, a través de tecnologías eficaces y eficientes para el mejoramiento de la calidad de la educación y ponerla a disposición de la población.
ii) Impulsar la participación de los colegios, institutos superiores y universidades en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación educativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calidad de servicio educativo.
Articular, asesorar y monitorear en el campo pedagógico y administrativo a las unidades de gestión educativa local.
) Instituir fondos de desarrollo del talento educativo regional con cooperantes y aportes de instituciones privadas dentro del marco normativo vigente.
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
II) Generar documentación sistematizada de los servicios prestados y experiencias generadas para la gestión del conocimiento y la mejora continua,
mm) Implementar acciones orientadas al funcionamiento del Sistema de Control Interno que permita garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información generada.
nn) Resguardar y cuidar los recursos y bienes del Estado y transparentar la legalidad de las operaciones realizadas.
- Proponer las mejoras e innovaciones en los procedimientos de simplificación administrativa y procesos de modernización de la gestión pública para optimizar procesos y aliviar cargas burocráticas.
pp) Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional en el Marco de su competencia.
5/) Artículo 10%.- La Gerencia Regional Ejecutiva mantiene las siguientes líneas de interrelación:
De Jerarquía: Posee dependencia jerárquica con la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Cusco a quien facilitará información y realizará la rendición de cuentas sobre las actividades de su gestión y resultados obtenidos. Mantiene relaciones Técnico — Normativa con el Ministerio de Educación,
De Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal asignado a la Gerencia Regional Ejecutiva
- De Coordinación: Mantiene relaciones de coordinación con los diferentes órganos del Gobierno Regional de Cusco, subgerencias y unidades de la Gerencia Regional de Educación, así como con las entidades nacionales, regionales y locales relacionadas al ámbito de su competencia.
De Financiamiento: Depende de la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, en los recursos financieros asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura y/o Presupuesto Institucional Modificado.
Capítulo IV: Unidad de Participación y Vigilancia
\ Consejo Participativo Regional de Educación
Artículo 11°.- El Consejo Participativo Regional de Educación es una instancia de
articipación, concertación y vigilancia en la elaboración, seguimiento y evaluación del
Proyecto Educativo Regional. Constituye un espacio de concertación entre los
== estamentos vinculados al quehacer educativo en la región en favor del mejoramiento A de la calidad educativa y del desarrollo regional. Su sigla es COPARE.
oy Artículo 12°.- Las funciones del Consejo Participativo Regional de Educación son:
a) Canalizar la participación de la sociedad organizada a nivel regional, en la elaboración, seguimiento y evaluación del proyecto Educativo Regional, en el marco del Proyecto Educativo Nacional,
b) Participar en los Comités de Vigilancia de los procesos de evaluación docente
c) Participar en la elaboración y rendición de cuentas del presupuesto de la Gerencia Regional de Educación, cuidando la trensparencia de la gestión educativa Establecer canales de información, comunicación y dialogo en materia educativa entre la población y las autoridades educativas regionales.
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GENERAL REGIONAL,
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
e) Apoyar a la Gerencia Regional de Educación en la promoción y ejecución de políticas de incentivos que promuevan la mejora de la eficiencia en la gestión pedagógica e institucional.
f) Coordinar sus acciones con el Consejo Nacional de Educación y los Consejos Participativos Locales de Educación.
- Opinar sobre las políticas, estrategias de desarrollo regional y medidas en favor de la universalidad, calidad y equidad de la educación en su jurisdicción, y velar por su cumplimiento.
h) Promover convenios entre la Gerencia Regional de Educación y las
organizaciones regionales, en beneficio de la educación.
Conducir mecanismos de vigilancia social y de rendición de cuentas que aseguren
la transferencia de la gestión educativa regional.
Coordinar y elaborar con la Gerencia, como parte del diagnóstico situacional, un
inventario de los recursos públicos y privados, materiales y humanos disponibles
en la Región para la ejecución del Proyecto Educativo Regional, y gestionan el financiamiento y los recursos complementarios que sean necesarios para su realización.
k) Proponer políticas educativas regionales.
Artículo 13°.- Presidido por el Gerente Regional de Educación e integrado por representantes de docentes, universidades e Institutos superiores, comunidad educativa local e instituciones públicas y privadas de la Región
Capítulo V: Órgano de Control Oficina de Contro! Institucional
" ¿Articulo 14°.- La oficina de Control Institucional es el Órgano conformante del Sistema Nacional de Control, cuya finalidad es llevar a cabo el control gubernamental en la entidad para la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad , “cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones , así como, el logro de ls resultados, mediante la ejecución de los servicios de control (simultaneo y osterior) y servicios relacionados , con sujeción a los principios enunciados en el artículo 9° de la Ley. Su sigla es OC!
Artículo 15°.- Las funciones de la Oficina de Control Institucional son las establecidas
por la Contraloría General de la Republica
a) Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la
Contraloría, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la
materia emita la Contraloría.
b) Formular y remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica a cuyo ámbito de control pertenece, la propuesta de la carpeta de servicio correspondiente al servicio de control posterior a ser realizado, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable,
c) Comunicar el inicio de los servicios de control gubernamental al Titular de la
entidad, cuando corresponda.
Ejercer el control gubernamental conforme a las disposiciones establecidas en la
Ley, las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normativa emitida
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN 0028
e) Formular y aprobar o remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica de la Contraloría del cual depende, según corresponda, los informes resultantes de los servicios de Control Gubernamental; así como, luego de su aprobación, realizar la notificación correspondiente, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.
Elaborar la Carpeta de Control y remitirla al órgano desconcentrado o a la unidad orgánica de la Contraloría a cuyo ámbito de control pertenece el OCI, para su comunicación al Ministerio Publico, conforme a las disposiciones emitidas por la contraloría.
Recibir y atender, o de corresponder, derivar las denuncias que presentan las personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la normativa aplicable.
Realizar los servicios de control gubernamental, respecto a las denuncias evaluadas que les sean derivadas, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable
Efectuar el seguimiento a la implementación de las recomendaciones, así como de las acciones preventivas o correctivas que adopte la entidad, a partir de los informes resultantes de los servicios de control, conforme a la normativa específica que para tal efecto emite la Contraloría.
Realizar el registro oportuno en los sistemas informativos establecidos por la Contraloría, de la información sobre los avances de los servicios de control gubernamental a su cargo, así como de los informes resultantes de dichos servicios.
Analizar las solicitudes de servicios de contral gubernamental, que incluye pedidos de información presentados por el Congreso de la Republica, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable
Apoyar a las comisiones auditorias, comisiones de control, equipos o personal que designe la Contraloría para la realización de los servicios de control gubernamental en la entidad en la cual se encuentra OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa.
Realizar las acciones que disponge la Contraloría, respecto a la implementación del sistema de control interno en la entidad, de acuerdo a la normativa aplicable. Coadyuvar con la ejecución de las actividades de audiencias públicas y participación ciudadana desarrolladas en su ámbito de competencia
Cumplir con los encargos asignados en normas con rango de Ley o norma de ámbito nacional con rango o fuerza de ley, así como los asignados en los reglamentos, directivas, manuales, procedimientos y demás normativa emitida por la Contraloría.
Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que formule la Contraloría.
q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría durante diez (10) años los informes resultantes de los servicios de control gubernamental, documentación de control o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general toda documentación relativa a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigente para el sector público.
Remitir a la Contraloría el acervo documentario del OC! respecto a los servicios de control gubernamental, en saco se desactive y extinga la entidad en la cuales OCI desarrolle funciones.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
s) Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones.
- Emitir el Informe Anual al Consejo Regional cumplimiento a lo señalado en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría.
u) Otras que establezca la Contraloría.
Artículo 16%.- La oficina de control Institucional mantiene las siguientes líneas de Interrelación:
De Jerarquía: Depende funcional y orgánicamente de la Contraloría General de la República
De Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal asignado a la oficina de Control Institucional.
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con las diferentes unidades y direcciones de la Gerencia Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local.
De Financiamiento: Depende de la Contraloría General de la República mediante los recursos financieros asignados en su Presupuesto Institucional.
Capítulo VI: Unidades de Asesoramiento
- Educación: 04.1. Unidad de Asesoría Jurídica 04.2. Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
Unidad de Asesoría Jurídica
Artículo 18".- La Unidad de Asesoría Jurídica, es la unidad de asesoramiento de Es: segundo nivel organizacional, responsable de asesorar y emitir opinión de carácter
jurídico - legal a la gerencia regional y demás unidades. Su sigla es UAJ.
Artículo 19°.- Las funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica son:
3 a) Asesorar a la Gerencia Regional de Educación, en materia legal, jurídico administrativo y judicial, así como a las Unidades funcionales que requieran.
b) Absolver, emitir opiniones legales sobre consultas de carácter legal que lo requieran las diferentes unidades funcionales, así como las Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito de la Gerencia Regional de Educación.
€) Difundir las normas legales emitidas por el sector educación relacionada al cumplimiento de las acciones administrativas de las diferentes unidades y/o direcciones de la Gerencia Regional de Educación.
d) Formular, revisar y emitir opinión de viabilidad de suscripción de los convenios propuestos por organismos no gubernamentales como aliados del GEREDU, asi como de los miembros de la iglesia católica para la gestión y/o administración de las instituciones educativas del estado que suscribe la GEREDU
e) Elaborar y emitir opinión legal sobre proyectos de normas legales y disposiciones
normativas que encomiende la Gerencia Regional Ejecutiva.
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO 002€ GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN ==
f) Participar y asesorar en el aspecto legal a las diferentes comisiones oficiales y a los equipos de trabajo a nivel institucional e interinstitucional.
- Representar a la Gerencia Regional de Educación, según sea el caso en el órgano jurisdiccional
h) Orientar en aspectos legales a los administrados que recurran a la Unidad.
i) Generar documentación sistematizada de los servicios prestados y experiencias generadas para la gestión del conocimiento y la mejora continua.
j) Brindar información requerida por la unidad que tiene a su cargo el manejo del aplicativo del Sistema de Control Interno.
k) Resguardar y cuidar los recursos y bienes del Estado y transparentar la legalidad de las operaciones realizadas.
)) Proponer las mejoras e innovaciones en los procedimientos de simplificación administrativa y procesos de modernización de la gestión pública para optimizar procesos y aliviar cargas burocráticas.
m)Otras funciones que le asigne la Gerencia Regional Ejecutiva en materia de sus competencias.
id > , Artículo 20°.- De las interrelaciones de la Unidad de Asesoría Juridica
Gomegcics. — - De Jerarquía: Depende jerárquicamente de la Gerencia Regional Ejecutiva de la i Gerencia Regional de Educación a quién facilitará información y realizará la Sst rendición de cuentas sobre las actividades de su gestión y resultados obtenidos.
- De Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal asignado a la Unidad de Asesoría Jurídica.
De Coordinación: Mantiene relaciones de coordinación con los diferentes órganos =\del Gobierno Regional de Cusco, Subgerencias y Unidades de la Gerencia 8) Regional de Educación, asi como con las entidades nacionales, regionales y locales relacionadas al ámbito de su competencia
De Financiamiento: Depende de la Sede Central del Gobiemo Regional en los recursos financieros asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura y/o Presupuesto Institucional de Modificado.
Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
Artículo 21°,- La Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es la unidad '/de asesoramiento de segundo nivel organizacional, responsable de conducir, asesorar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos de planificación estratégica; presupuesto público; programación multianual y gestion de las inversiones; modernización de la gestión pública; asi como, las acciones de gestión del conocimiento, cooperación técnica — financiera; y monitoreo y evaluación de las inversiones. Su sigla es UPPM
Artículo 22*.- Las funciones de Unidad de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización son:
a) Dirigir, proponer, ejecutar y controlar, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización conforme a la normativa de los entes rectores.
b) Proponer directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas
con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento
Estratégico, y Modernización.
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN O25
c) Elaborar, proponer, evaluar y actualizar, en coordinación con las distintas UGEL de la Gerencia Regional de Educación y Plan Operativo Institucional-POl supervisando su correcta implementación.
d) Impulsar la actualización, implementación y seguimiento del Proyecto Educativo Regional, Proyecto Educativo Local y los Proyectos Educativos Institucionales.
e) Promover, coordinar y apoyar la participación comunal y de las organizaciones de
padres de familia y el desarrollo de la infraestructura educativa.
Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión de la entidad, así
como las UGEL
Evaluar expedientes y proyectar resoluciones de autorización de apertura y
funcionamiento, así como cambio de local de las instituciones educativas públicas
y privadas en coordinación con los especialistas involucrados.
Proponer proyectos de desarrollo educativo para lograr la captación de recursos de
la cooperación técnica regional, nacional e internacional en coordinación con el
área correspondiente de la sede del Gobierno Regional.
Brindar asesoramiento en la programación, formulación, ejecución y evaluación del
presupuesto y coordinar con las UGEL a nivel regional
Controlar y presentar informes periódicos sobre el avance de la ejecución
presupuestaria al pliego de acuerdos a la Directiva de Ejecución Presupuestal
Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo a las
normas y lineamientos técnicos sobre la materia.
Proponer, elaborar, evaluar y actualizar en coordinación con las Unidades y
AN Direcciones de la Gerencia Regional, los instrumentos normativos de gestión, tales
‘\como: el Manual de Operaciones (MOP), Texto Único de Procedimientos ¡Administrativos TUPA, Manual de Procedimientos MAPROS, Manual de Gestión por Procesos, cuadro de asignación de personal, el sistema de racionalización, Directivas y otros instrumentos normativos, supervisando su correcta aplicación.
m) Revisar, opinar y proyectar resolución de funcionamiento y registro de las
academias pre universitarias a nivel regional como; creación, ampliación.
reapertura, traslado, fusión, ratificación cambio de director, transferencia de promotoria, reubicación y receso.
Dotar progresivamente de tecnología y cultura digital a las diversas instancias de
? gestión educativa en su ámbito, a fin de mejorar su desempeño institucional
Formular y evaluar estudios de pre-inversión dentro de la normatividad del Sistema
Nacional de Programación Multianual de Gestión de Inversión, orientados a las
competencias de la Gerencia Regional de Educación.
Monitorear, controlar y velar que la ejecución de los programas, actividades e
inversiones realizadas por la Gerencia Regional se encuentren en concordancia
con los informes de alineamiento estratégico, normatividad interna y demás normas sectoriales.
Participar en la elaboración de los documentos sustentatorios destinados a obtener
el finan
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