Decreto Regional N.° DR.010.2021
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DECRETO REGIONAL
- N° 010 -2021-GR CUSCO/GR
Cusco, “Yh JUL, 2021 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO;
VISTO: Los Informes N° 142-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, N° 92-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI y N° 025-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, Informes N° 010-2021- GR CUSCO/GRPPM-SGMTI-YOR y N° 005-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI-YOR de la Subgerencia de Modernización y Tecnología de la Información e Informes N° 303-2021-GR CUSCO/ORAJ y N° 517-2021-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley NO 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 1920 en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por la Ley NO 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GR CUSCO, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Cusco, que en su artículo 1750 la Aldea Infantil Señor de Quillabamba, es un Órgano Desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, responsable de brindar atención integral a los menores en estado de abandono moral y material ingresados a la Aldea por disposición judicial, encargándose de su formación, alimentación, salud, educación formal y ocupacional, capacitación en todos sus niveles, preparándolos para la vida en sociedad durante el tiempo que dure su internamiento;
Que mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;
Que, el artículo 53° de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones - MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y proyectos especiales; b) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Desconcentrados cuando corresponda; y c) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Académicos cuando corresponda;
Que, el artículo 53° de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece la Estructura del Manual de Operaciones, el cual incluye disposiciones Generales, Estructura Funcional, Procesos y Anexos.
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Que, el artículo 55% de los "Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 que la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justifica sus estructura y los mecanismo de control y coordinación; y , en un Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso de los Gobiernos Regionales.
Que, para el presente caso en la cual se busca la aprobación del “Manual de Operaciones - MOP de la “Aldea Infantil "Señor de Quillabamba” de la Convención, se deberá tener en cuenta lo establecido en el numeral 55.2 del artículo 550 Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado”, teniendo en cuenta que para la aprobación del Manual de Operación MOP se debe realizar mediante Decreto Regional.
Que, la "Aldea Infantil "Señor de Quillabamba” de la Convención, es un órgano desconcentrado de tercer nivel organizacional, ubicado en la ciudad de Quillabamba, de la Provincia de La Convención, responsable de brindar atención integral a los menores en estado de abandono moral y material ingresados a la Aldea por disposición judicial, encargándose de su formación, alimentación, salud, educación formal y ocupacional, capacitación en todos sus niveles, preparándolos para la vida en sociedad durante el tiempo que dure su internamiento. Respecto a la capacidad operativa cuenta con Recursos humanos y materiales necesarios para su implementación que le permite cumplir con sus objetivos institucionales, definiendo sus procesos estratégicos, misionales y de soporte en el marco de la modernización de la Gestión Pública, optimizando los mecanismos de control y coordinación, definiendo su estructura organizacional funcional.
Que, mediante Informes N° 142-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, N° 92-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI y N° 025-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, el Subgerente de Modernización y Tecnología de la Información hace suyo los Informes N° 010-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI-YOR y N° 005-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI-YOR, emitido por la Especialista en Racionalización de la Subgerencia de Desarrollo Institucional, quien emite opinión favorable para la aprobación del Manual de Operaciones - MOP de la “Aldea Infantil “Señor de Quillabamba”, por lo que, solicita la aprobación del mismo;
Que, las funciones sustantivas asignadas en el presente MOP, se encuentran dentro E de las acciones que desarrolla la entidad para cumplir con su misión, objetivos $ >
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institucionales y metas de gestión, en aplicación del marco legal institucional vigente, por lo que la aprobación del "Manual de Operaciones - MOP de la “Aldea Infantil "Señor de Quillabamba”, se emite en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 55.2, del artículo 55° del Decreto Supremo N° 131-2018, que modifica el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, documento que debe ser aprobado mediante Decreto Regional;
Que, con Informes N° 303-2021-GR CUSCO/ORAJ y N° 517-2021-GR CUSCO/ORAJ la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, opina que procede la aprobación del Manual de Operaciones - MOP de la "Aldea Infantil "Señor de Quillabamba” de La Convención, por encontrarse dentro de las acciones que desarrolla la entidad para cumplir con su misión, objetivos institucionales y metas de gestión, en aplicación del marco legal institucional vigente;
Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, la Gerencia General Regional, General Regional de Administración, Gerencia Regional de Gestión de Proyectos, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Gerencia Regional de
fe Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Gerencia Regional de fs Planeamiento Presupuesto y Modernización del Gobierno Regional de Cusco;
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O NERAL En observancia a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos
REGIONAL, Regionales, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco;
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DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, el Manual de Operaciones - MOP de la “Aldea Infantil "Señor de Quillabamba” de La Convención, el mismo que consta de tres (03) títulos, veinticinco (25) artículos y 02 anexos, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional.
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ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO, Resolución Ejecutiva Regional N° 539-2004-GR CUSCO/PR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Aldeas Infantil Señor de Quillabamba del Gobierno Regional del Cusco.
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ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional conforme establece la norma.
ARTÍCULO CUARTO.- TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional a todas las dependencias involucradas y a los Órganos Técnico Administrativos del Gobierno Regional de Cusco.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
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GOBERNADOR " -REGIONSIEAA PAUL. INTE GARCIA CuscO-” GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO
GERENCIA e GENERAL REGIONAL,
OPERACIONES - MOP
ALDEA INFANTIL
“SEÑOR DE QUILLABAMBA” DE LA CONVENCION
JUNIO 2021
“REGIONAL , SEO
ÍNDICE
TÍTULO PRIMERO.
DISPOSICIONES GENERALES 03
CAPITULO!
FINALIDAD, NATURALEZA JURIDICA Y 03 ENDIDAD A LA QUE PERTENECE
FINALIDAD
| NATURALEZA JURÍDICA
ENTIDAD ALA QUE PERTENECE
CAPITULO II
GENERALES Y BASE LEGAL
BASE LEGAL
[TÍTULO SEGUNDO
LA ESTRUCTURA FUNCIONAL
DE LA ESTRUCTURA
CAPÍTULO Ill
ORGANO DE DIRECCION
DIRECCIÓN EJECUTIVA _
CAPÍTULO IV
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
_CAPÍTULO V
| UNIDADES DE LINEA _
|. DIRECCION HOGARES
DIRECCIÓN DE Al =NCION INTEGRAL
DIRECCION DE T/ -LERES PRODUCTIVOS
TÍTULO TERCERO
| DE LOS PROCESOS
CAPÍTULO VI
DE LA CLASIFICACION Y DESCRIPCION DE LOS
| PROCESOS
_CLASIFICACION DE LOS PROCESOS me _ DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS 11 PROCESOS ESTRATEGICOS EE]
PE.01 DIRECCIONAMIENTO INSTITUCIONAL |
PROCESOS MISIONALES U OPERATIVOS
PM.01 GESTIÓN 'OGARES
PM.02. “GESTION DE ATENCION INTEGRAL
PM.03 GESTION DE TALLERES ODUCTIVOS
ESOS DE APOYO O SOPORTE
PA.01 GESTION ADMINISTRATIVA
RELACIONES DE COORDINACION O ARTICULACION CLIENTES INTERNOS Y EXTERNOS
ANEXOS
MAPA DE PROCESOS —
ORGANIGRAMA
GENERAL REGIONAL
TÍTULO PRIMERO : DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO | : FINALIDAD, NATURALEZA JURIDICA Y ENTIDAD A LA QUE PERTENECE.
Artículo 1”.- FINALIDAD
La Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención del Gobierno Regional de Cusco tiene por finalidad rescatar y atender a los menores de edad que se encuentren en estado de orfandad, abandono moral y material, ingresados por disposición judicial, ofreciéndoles un entorno familiar protector afectivo y seguro, con formación integral y sólida para que sean y se sientan ciudadanos útiles para la sociedad.
Artículo 2”.- NATURALEZA JURIDICA.
La Aldea Infantil “Señor de Quillabamba”, ubicado en la provincia de la Convención, Centro de Acogimiento Residencial, es un Órgano Desconcentrado de tercer nivel organizacional, del Gobierno Regional de Cusco, responsable de brindar atención integral a los menores en estado de abandono moral y material ingresados a la Aldea por Disposición judicial, encargándose de su formación, alimentación, salud, educación formal y ocupacional, capacitación en todos sus niveles, preparándolos para la vida en sociedad durante el tiempo que dure su internamiento. Su Sigla es AISQ.
Artículo 3”.- ENTIDAD A LA QUE PERTENECE.
La Aldea Infantil "Señor de Quillabamba”, es un Órgano Desconcentrado dependiente jerárquica y administrativamente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Cusco y mantiene una relación técnica normativa con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP.
CAPÍTULO II : FUNCIONES GENERALES Y BASE LEGAL.
Artículo 4°.- FUNCIONES GENERALES. La Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, tienen las siguientes funciones generales:
Organizar, orientar, asesorar, dirigir y ejecutar programas de protección de los menores albergados bajo su responsabilidad tutelar temporal.
Asegurar la cobertura de las necesidades y garantizar la vigencia de los derechos de las niñas, niños o adolescentes, especialmente en salud y educación
Garantizar la educación integral e inclusiva de las niñas, niños o adolescentes, con especial consideración menores de edad con discapacidad.
Planificar, coordinar, organizar, supervisar y evaluar las actividades programadas para el desarrollo integral de los menores albergados en las Aldeas Infantiles.
Coordinar y concertar acciones con entidades públicas y privadas del ámbito regional y nacional, para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y desprotección familiar, a través de la implementación o adecuación de servicios y programas.
Velar para que el proceso de albergamiento del menor, se efectúe, previo estudio y evaluación del caso, dando cumplimiento a las normas de protección del menor en abandono moral y/o material
Brindar programas de protección y atención integral a las niñas, niños y adolescentes en situación de abandono y/o riesgo eminente, en un ambiente de buen trato, seguridad, igualdad de género y no discriminación, con el objeto principal de propiciar su inserción familiar.
Garantizar el normal funcionamiento de las Aldeas según el presupuesto programado.
i) Desarrollar y fortalecer habilidades, asi como destrezas socio-emocionales - artístico - culturales, que les permita a los menores albergados tomar decisiones acertadas potencializando sus actitudes y elevando su autoestima,
j) Implementar talleres productivos que permitan a los menores albergados consolidar su aprendizaje.
k) Coordinar con la Gerencia de Desarrollo Social, para la concreción de alianzas, convenios, acuerdos institucionales para mejorar el funcionamiento de la aldea Infantil
!) Asumir los objetivos, metas establecidas en el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la adolescencia 2012 - 2021 PNAIA 2021.
m) Presidir de un sistema de información que permita la obtención, procesamiento y manejo de los datos en condiciones adecuadas de rapidez, seguridad, integridad y confidencialidad de la información utilizada.
n) Apoyo integral a las niñas, niños o adolescentes con discapacidad en situación de riesgo o desprotección.
©) Concertar la articulación entre las entidades jurisdiccionales y políticas, procurando la protección de los menores albergados.
Pp) Proponer una normativa interna de funcionamiento y convivencia que responda a las necesidades educativas y de protección de las niñas, niños y adolescentes.
q) Brindar apoyo psicológico, emocional y material necesario para permitir el normal desarrollo del menor.
r) Otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Cusco en el marco de su competencia
Artículo 5°.- BASE LEGAL. El presente Manual de Operaciones, tiene como sustento la siguiente base legal.
a) La Constitución Política del Perú, Capitulo XIV, artículos 197° y 198°.
b) Decreto Supremo N” 034-89-MIPRE, del 07 de Agosto de 1989 se acepta la donación a favor del Estado Peruano de Dos Aldeas Infantiles por parte de la Fundación por los Niños del Perú en los Departamentos de La Libertad y Cusco; siendo de su atención actual del Gobierno Regional del Cusco las Aldeas Infantiles Juan Pablo Il del Cusco y Señor de Quillabamba en la Provincia de la Convención.
Ley N° 27337, Código de los Niños y Adolescentes, modificada por la Ley N° 28330. Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
LEY N° 27680, Ley de Reforma de la Constitución, Capitulo XIV, Titulo IV, Artículos 190 y 191, sobre Descentralización.
LEY N° 27783, Ley de Bases de Descentralización.
LEY N° 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, su modificatoria LEY N* 27902 y otras modificatorias.
Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
Ley N° 30403, Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.
Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.
Decreto Supremo N° 009-98-PRES, del 31 de Julio de 1998, que dispone que las Aldeas Infantiles promovidas por la Fundación por los Niños del Perú, continúen bajo la administración del Consejo Transitorio de Administración Regional.
Decreto Supremo N° 008-2009-MIMDES, Aprueban Reglamento de la Ley General de Centros de Atención Residencial de Niñas, Niños y Adolescentes.
Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, aprueban Reglamento del D. Leg. N° 1297, Decreto Legislativo para la Protección de las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos
Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, aprueba lineamientos de Organización del Estado.
- Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobado mediante DECRETO SUPREMO N” 054-2018-PCM.
p) Decreto Supremo N° 003-2018-MIMP, aprueban Reglamento de la Ley N° 30403, Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.
q) Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General.
r) Decreto De Urgencia N° 001-2020, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos
s) Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 002-2020-PCM/SGP, Aprueban los Lineamientos N° 01-2020-SGP, denominada “Funciones Estandarizadas en el Marco de los Sistemas Administrativos”.
t) Resolución de Secretaria de Gestión Publica N” 005-2020-PCM/SGP, Aprueban los Lineamientos N° 02-2020-SGP, establecen “Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Manual de Operaciones - MOP”.
u) Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GR CUSCO, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco.
v) Resolución Ejecutiva Regional N° 539-2004-GR CUSCO/PR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Aldeas Infantiles Juan Pablo Il y Señor de Quillabamba del Gobierno Regional del Cusco.
w) Resolución Gerencial General Regional N” 406-2020-GR CUSCO/GGR que aprueba los lineamientos para la Formulación y/ Actualización del Manual de Operaciones — MOP, para los Órganos Desconcentrados del Gobierno Regional del Cusco.
DIS TÍTULO SEGUNDO : LA ESTRUCTURA FUNCIONAL
aN 3) Artículo 6”.- DE LA ESTRUCTURA AL $) La Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, para el cumplimiento de sus fines, DES 7 competencias y funciones cuenta con la estructura funcional siguiente:
| 01. Órgano de Dirección 01.1. Dirección Ejecutiva
Unidad de Administración Interna, 02.1 Unidad de Administración
Unidades de Línea. 03.1 Dirección de Hogares 03.2 Dirección de Atención Integral. 03.3 Dirección de Talleres Productivos
CAPÍTULO III : ORGANO DE DIRECCION.
Artículo 7°.- DIRECCIÓN EJECUTIVA
La Dirección Ejecutiva, es el órgano de Dirección, de máximo nivel jerárquico de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, responsable del planeamiento, organización, Dirección, coordinación, supervisión, ejecución, control y evaluación de las actividades, para cumplir con los objetivos institucionales trazados. Su sigla es DE.
rtículo 8°.- FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA a Unidad de Dirección de la Aldea Infantil, tienen las siguientes funciones:
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Cusco
a) Planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar los procesos técnico - administrativos de la Aldea Infantil.
b) Representar a la Aldea Infantil ante instituciones públicas y privadas.
c) Planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar los procesos técnicos administrativos cautelando el estricto cumplimiento de la normatividad vigente.
d) Representar a la Aldea Infantil ante terceros en todas las actividades y/o gestiones a realizar, coordinando con la Gerencia de Desarrollo Social.
e) Velar por el cumplimiento de las Normas Legales y aspectos técnicos relativos a las Aldeas Infantiles.
f) Velar por el normal funcionamiento de la Aldea Infantil.
- Orientar el desarrollo de las actividades al logro de los fines y objetivos de la institución.
h) Formular informes de gestión para ser presentados a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Cusco.
i) Presentar los reportes de carácter presupuestal, técnicos y otros solicitados por el Gobierno Regional de Cusco y otras Instituciones inherentes.
1). Velar por el bienestar de los niños y jóvenes albergados la Aldea Infantil, desarrollando programas para fortalecer habilidades y destrezas socio - emocionales y artístico - culturales que permita a los menores tomar decisiones acertadas, potencializando sus actitudes y elevando su autoestima.
k) Planificar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar, la atención integral de los servicios permanentes de asistencia social, psicología, asistencia médica sanitaria, enfermería y nutrición, dirigido a los menores albergados.
|) Propiciar el buen estado de la infraestructura de la Aldea Infantil y bienes asignados a esta, velando por su mantenimiento y conservación.
m) Propiciar la implementación de talleres productivos que permitan a los albergados el
aprendizaje de un oficio técnico, para su reinserción en la sociedad.
Representar como apoderado de los niños y adolescentes en las escuelas y colegios
respectivos. Así como los registros civiles para tramitar el DNI de los albergados, así
mismo para el asentamiento de partidas de nacimiento en caso que se requiera.
Gestionar los apoyos de las diversas instituciones que beneficien la salud, educación,
desarrollo cultural y esparcimiento, de los albergados y que hayan sido sugeridos como
plan de atención.
Otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del
Gobierno Regional de Cusco en el marco de su competencia
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Artículo 9°.- DE LAS INTERRELACIONES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA
- De Jerarquía: Tiene dependencia jerárquica de la Gerencia Regional de Desarrollo Social a quien facilitara información y realizara la rendición de cuentas sobre las actividades de su gestión y resultados obtenidos. Mantiene relación técnico normativo con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables — MIMP.
- De Autoridad: Ejerce Autoridad sobre el personal asignado a la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba" de La Convención y sobre las Unidades de Organización bajo su dependencia
= De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con los diferentes órganos del Gobierno Regional de Cusco, así como con las entidades nacionales, regionales y locales relacionadas al ámbito de su competencia.
:j = De Financiamiento: Depende de la Sede Central, los recursos Financieros asignados en
el Presupuesto Institucional de Apertura y/o Presupuesto Institucional Modificado.
CAPÍTULO IV : UNIDAD DE ADMINISTRACION INTERNA.
fe es. “Artículo 10°.- UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN \ .. La Unidad de Administración es la Unidad de Administración interna de la Aldea Infantil “Señor 1 /de Quillabamba” de la Convención, responsable de conducir y administrar los recursos
humanos, financieros y patrimoniales de la institución, así como conducir los sistemas administrativos que le son inherentes. Su sigla es UA.
Artículo 11°.- FUNCIONES DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN La unidad de Administración tiene las siguientes funciones
a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en las Aldeas Infantiles los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos vinculados a la gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería, presupuesto y gestión patrimonial de la Aldea Infantil.
b) Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, así como del control y la actualización del margesí de los mismos,
c) Supervisar la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas — PDP de la Aldea Infantil
d) Proponer contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios y otros de su competencia.
e) Proponer, gestionar, emitir y ejecutar los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes de la entidad.
f) Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos y de los bienes en almacén.
- Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la Alta Dirección y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social sobre la situación financiera de la Aldea Infantil.
h) Participar en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional de la entidad, así como conducir su fase de ejecución.
i) Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente.
j) Elaborar, analizar, adecuar y evaluar los documentos de gestión
k) Proponer directivas que permitan mejorar la gestión institucional
l) Otras funciones que le sean asignadas el/la Gerente/a General Regional y Gerente/a Regional de Desarrollo Social, en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.
Artículo 12°.- DE LAS INTERRELACIONES DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
= De Jerarquía: Posee dependencia jerárquica y administrativa de la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil, a quien facilitara información y realizara la rendición de cuentas y resultados obtenidos sobre las actividades de su gestión en el marco del cumplimiento de sus funciones.
- De Autoridad: Ejerce Autoridad sobre el personal asignado a la Unidad de Administración
de la Aldea Infantil
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de
coordinación las Unidades Orgánicas de la Aldea Infantil y con los diferentes órganos del
Gobierno Regional de Cusco en materia de su competencia.
De Financiamiento: Depende de la Sede Central, los recursos Financieros asignados en
el Presupuesto Institucional de la Aldea Infantil.
CAPÍTULO V : UNIDADES DE LINEA
rtículo 13°.- DIRECCIÓN HOGARES. La Dirección Hogares, es la unidad de línea de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, responsable de proporcionar a los niños, niñas y adolescentes un entorno
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familiar protector que potencie su desarrollo, fomentando y satisfaciendo sus derechos básicos y de desarrollo normal con atención directa, educación y salud. Su sigla es DH.
Artículo 14”.- FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN HOGARES La unidad Hogares de los niños, niñas y adolescentes tiene las siguientes funciones:
a) Proporcionar a los niños y niñas un entorno familiar protector que potencie su desarrollo integral, fomentando y satisfaciendo sus derechos básicos con Atención directa, protección, cobijo, alimentación, nutrición, vivienda, educación, salud, vestimenta y apoyo psicosocial
b) Brindar áreas destinadas al uso común de los menores para la realización de sus actividades cotidianas, así como con espacios reservados para el alojamiento y aseo de los albergados, de acuerdo con el sexo y la edad de los mismos.
c) Brindar un ambiente propicio para el desarrollo psico-físico. emocional y educativo favorables para los menores albergados.
d) Contribuir con el menor albergado en el desarrollo normal de su educación formal y ocupacional, induciéndolos a que sean buenos estudiantes y futuros ciudadanos de valor.
e) Brindar una alimentación sana y balanceada, que satisfaga los requerimientos de los niños albergados
f) Coordinar y solicitar los servicios de nutrición, enfermería, psicología, asistencia social y odontológica necesarios.
- Promover la satisfacción emocional, recreacional y de desarrollo de las potencialidades físico mentales de los menores.
h) Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil en el marco de su competencia
Artículo 15°.- DE LAS INTERRELACIONES DE LA DIRECCIÓN HOGARES
= De Jerarquía: Posee dependencia jerárquica y administrativa de la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil, a quien facilitara información y realizara la rendición de cuentas y resultados obtenidos sobre las actividades de su gestión en el marco del cumplimiento de sus funciones.
= De Autoridad: Ejerce Autoridad sobre el personal asignado a la Dirección de Hogares de la Aldea Infantil.
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación las Unidades Orgánicas de la Aldea Infantil y con los diferentes órganos del Gobierno Regional de Cusco en materia de su competencia,
De Financiamiento: Depende de la Sede Central, los recursos Financieros asignados en el Presupuesto Institucional de la Aldea Infantil.
Artículo 16°.- DIRECCIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL.
La Unidad de Atención Integral es la unidad de línea de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, conformado por un conjunto de profesionales de diversas disciplinas, responsable de prestar apoyo, asistencia, orientación y asesoramiento profesional para el mejor tratamiento de cada uno de los casos individuales de los menores albergados y para la mejor conducción de la Aldea en su conjunto. Su sigla es DAI.
Artículo 17”.- FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL La unidad de Atención Integral tiene las siguientes funciones:
a) Planificar, coordinar, conducir y evaluar el desarrollo de las actividades programadas del Equipo Multidisciplinario.
b) Supervisar la ejecución de los programas, planes y acciones establecidas para el
tratamiento autorizado del Menor.
c) Proponer plan de Atención Integral para los menores albergados de las Aldeas, a fin de proporcionar recomendaciones para el tratamiento adecuado personalizado de cada caso en las áreas de formación humana, física, afectiva, recreativa, sexual y de reintegración familiar y realizar el seguimiento respectivo,
Coordinar, integrar y evaluar el desarrollo de las actividades programadas.
Facilitar a la niña, niño y adolescente al acceso de servicios socioeducativos, de salud física, psicoemocional y recreativos, existentes en la comunidad.
Desarrollar acciones permanentes de vigilancia de la integridad física, emocional, sexual de las niñas, niños y adolescentes con la atención del equipo multidisciplinario.
Difundir las informaciones y otros asuntos emanados del nivel directivo
Deliberar sobre asuntos que competen a la organización y al funcionamiento institucional y participar en la determinación de soluciones de los problemas existentes.
Proponer acciones específicas para la implementación de las actividades programadas. Verificar la condición física que presentan las niñas, niños y adolescentes, al momento de ser presentados para su ingreso y contrastar la misma con el parte médico emitido, en el caso de los presentados por el Poder Judicial
Llevar un programa permanente de atención a la salud del niño, niña o adolescente sano. Manejar y controlar los medicamentos del cuadro básico del Sector Salud, y aquellos medicamentos controlados que le sean proporcionados para el ejercicio de la Aldea Infantil
Promover los tratamientos de mejora integral en la salud de los atendidos en la Aldea Infantil, mediante planes específicos y relacionados con las disposiciones de salud pública.
Elaborar un diagnóstico psicológico de la condición de las niñas, niños y adolescentes, para descartar algún daño orgánico o funcional, para su tratamiento psicológico acorde a la situación individual para el desarrollo integral dentro de la Aldea Infantil
Corroborar los datos proporcionados por el personal responsable de la instancia que remite a quien ingresa, estableciendo los vínculos para el debido seguimiento de cada uno de los casos. Realizar la inducción de la niña, niño o adolescente ingresado y tratamiento en su caso, Asignar a la niña, niño o adolescente ingresado el dormitorio que le corresponda e informarle sobre las medidas de seguridad que deberá respetar para su salvaguarda durante el tiempo que permanezca dentro de la Aldea, haciendo énfasis al respeto de su intimidad y la de los demás compañeras y compañeros que se encuentren en las instalaciones.
Planificar, desarrollar y supervisar las actividades de las niñas, niños o adolescentes albergados en la Aldea Infantil en las áreas de formación escolar, deportiva y de esparcimiento.
Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil en el marco de su competencia
Artículo 18”.- DE LAS INTERRELACIONES DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL
De Jerarquía: Posee dependencia jerárquica y administrativa de la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil, a quien facilitara información y realizara la rendición de cuentas y resultados obtenidos sobre las actividades de su gestión en el marco del cumplimiento de sus funciones.
De Autoridad: Ejerce Autoridad sobre el personal asignado a la Dirección de Atención Integral de la Aldea Infantil
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación las Unidades Orgánicas de la Aldea Infantil y con los diferentes órganos del Gobierno Regional de Cusco en materia de su competencia.
De Financiamiento: Depende de la Sede Central, los recursos Financieros asignados en el Presupuesto Institucional de la Aldea Infantil
Artículo 19°.- DIRECCIÓN DE TALLERES PRODUCTIVOS
La Unidad de los Talleres Productivos, de la Aldea Infantil, es la unidad de línea de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, responsable de la Dirección y conducción de unidades productivas y/o servicios, dando ocupación productiva - recreacional de los niños, niñas y adolescentes de los diferentes hogares de la Aldea Infantil. Su sigla es DTP.
Artículo 20°.- FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN TALLERES PRODUCTIVOS La Unidad Talleres Productivos, tiene las siguientes funciones:
a) Planificar. Organizar, dirigir, controlar y evaluar el proceso de producción de los Talleres Productivos.
b) Formular programas de capacitación y actividades para incentivar a los albergados, a impulsar su desarrollo, mediante el aprendizaje de oficios que les permita insertarse en la actividad productiva generando recursos para su auto sostenimiento.
c) Brindar la formación laboral u ocupacional a los menores albergados.
d) Promover la producción de bienes y servicios que garanticen no sólo una rentabilidad
aceptable sino sobre todo, la demanda de lo producido y la demanda laboral del
externado.
Desarrollar perfiles y/o proyectos a ser financiados por entidades públicas y privadas.
Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil en
el marco de su competencia
Artículo 21%.- DE LAS INTERRELACIONES DE LA DIRECCIÓN TALLERES PRODUCTIVOS
= De Jerarquía: Posee dependencia jerárquica y administrativa de la Dirección Ejecutiva de la Aldea Infantil, a quien facilitara información y realizara la rendición de cuentas y resultados obtenidos sobre las actividades de su gestión en el marco del cumplimiento de sus funciones.
- De Autoridad: Ejerce Autoridad sobre el personal asignado a la Dirección Talleres Productivos de la Aldea Infantil
De Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con las Unidades Orgánicas de la Aldea Infantil y con los diferentes órganos del Gobierno Regional de Cusco en materia de su competencia.
De Financiamiento: Depende de la Sede Central, los recursos Financieros asignados en el Presupuesto Institucional de la Aldea Infantil.
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TÍTULO TERCERO : DELOS PROCESOS
CAPÍTULO VI : DE LA CLASIFICACION Y DESCRIPCION DE LOS
SN PROCESOS.
pa Artículo 22°.- PROCESOS DE LA ALDEA INFANTIL.
La Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, cuenta con un conjunto de procesos estratégicos, Procesos Misionales, Procesos Operativos y Procesos de Soporte o apoyo, que se interrelacionan para lograr resultados que redundan en un servicio de atención con calidad bajo las necesidades y expectativas que tienen los niños, niñas y adolescentes, los cuales son concordantes con la prestación del servicio que brindan en el marco de los objetivos institucionales del CAR Aldeas Infantiles,
¿Artículo 23°.- CLASIFICACIÓN DE LOS PROCESOS.
/01. Procesos Estratégicos. a) PE.01. Gestión de Direccionamiento Estratégico
PM.01 Gestión de Hogares
a)
b)
Descripción del Proceso
Proceso que comprende actividades de servicios de cuidado y crianza alternativa individualizada, contando con un modelo de atención que responda a las necesidades y características particulares de las niñas, niños y adolescentes para lograr su desarrollo integral, que permita la mejora de la calidad de vida y oportunidades.
Responsable del proceso. El proceso tiene como responsable a: Dirección Hogar de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención.
Salidas o productos.
Muestra apropiado desarrollo psicomotriz, adecuados hábitos de alimentación, cuidado de su higiene y apariencia personal
Planifica sus actividades diarias, administra su tiempo y hace elecciones positivas para sí y para su entorno
= Contribuye con la conservación de la residencia
Asume responsabilidad por sus decisiones y actúa con libertad y responsabilidad
Planifica sus actividades diarias, administra su tiempo y hace elecciones positivas para sí y para su entorno.
PM.02 Gestión de Atención Integral (Niños, Niñas y Adolescentes).
a)
b)
Descripción del Proceso
Proceso que comprende actividades relacionadas al acceso de servicio educativo que atienda sus necesidades y brinde el apoyo educativo que requiera para favorecer la continuidad en su proceso de desarrollo y aprendizaje y el acceso a los servicios de salud y psicología de forma periódica y especializada, de acuerdo a sus condiciones individuales para brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes albergados en el CAR Aldea Infantil.
Responsable del proceso.
El proceso tiene como responsable a:
Dirección de Atención Integral de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención.
Salidas o productos.
Participa en programa de nivelación escolar y en programas de reforzamiento escolar, incorpora adecuados hábitos de estudio o participa en programas de capacitación laboral
Está reinsertado/a en el sistema escolar y tiene buen rendimiento académico.
- Evidencia buen estado de salud física.
- Muestra apropiado desarrollo psicomotriz, adecuados hábitos de alimentación, cuidado de su higiene y apariencia personal
= Informe Psicológico de seguimiento realizado de menor albergado.
Conoce y defiende sus derechos, muestra desarrollo de su capacidad crítica.
Muestra habilidades sociales: dialoga, participa, se compromete, tiene
amistades dentro y fuera del CAR.
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SORECIONAL
24.3.
- Fortalece sus capacidades de autonomía para la vida independiente.
- Refleja desarrollo de su autoestima, manifiesta sus emociones, opiniones, creencias y preferencias con seguridad,
PA.03 Gestión de Talleres Ocupacionales o productivos
a)
b)
c)
Descripción del Proceso
Proceso que comprende actividades relacionadas al acceso de servicio de formación técnico productivo con profesionales y técnicos especializados según el perfil de la niña, niño y adolescente, para favorecer la continuidad en su proceso formativo.
Responsable del proceso.
El proceso tiene como responsable a:
Dirección de Talleres Ocupacionales o Productivos de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención.
Salidas o productos.
Pone en práctica sus talentos, participa en actividades recreativas y de entretenimiento, se involucra en actividades culturales y las disfruta.
Es capaz de poner en práctica sus talentos, participa en actividades recreativas y de entretenimiento, se involucra en actividades culturales y las disfruta.
Participa en programas de nivelación escolar y en programas de reforzamiento escolar, incorpora adecuados hábitos de estudio o participa en programas de capacitación laboral.
PROCESOS DE APOYO O SOPORTE
Proceso que comprende las actividades de gestión vinculadas a los procesos de los sistemas administrativos de Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería. Así como Gestión de Recursos Humanos, Patrimonial que soporta el funcionamiento de las Aldeas Infantiles.
PA.01 Gestión Administrativa
a)
b)
Descripción del Proceso
Proceso que comprende el conjunto de actividades que permite gestionar, conducir y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de abastecimiento, contabilidad y tesorería, control patrimonial, gestión documental y recursos humanos del CAR Aldea Infantil que permite una gestión administrativa eficiente, eficaz de calidad y oportuna
Responsable del proceso.
El proceso tiene como responsable a:
Unidad de Administración de la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención.
Salidas o productos.
Bienes y Servicios adquiridos y en funcionamiento.
Personal seleccionado y en funciones.
= Local y servicios generales al servicio del CAR Aldea Infantil. Informacion Presupuestario y financieros elaborados y presentados. Archivos organizados y disponibles para su uso.
= Requerimientos de recursos financieros atendidos oportunamente
- Capacidades reforzadas para el ejercicio de sus funciones y cumplimiento en el logro de los objetivos institucionales.
= Inventario de bienes patrimoniales.
= Informes periódicos de gestión.
= Registro de trámites.
Artículo 25°.- RELACIONES DE COORDINACIÓN O ARTICULACIÓN - CLIENTES INTERNOS Y EXTERNOS.
La Aldea Infantil, para el funcionamiento, continuidad y sostenibilidad de la atención y protección de los niños, niñas y adolescentes vulnerables, conforme se establece en sus documentos técnicos de gestión, para una gestión oportuna y eficiente de la Aldea Infantil, mantiene relaciones de:
a. Coordinación o articulación Interna Con las Unidades Orgánicas de la Aldea Infantil, con las Unidades Orgánicas y los Órganos Desconcentrados que integran el Gobierno Regional de Cusco según corresponda.
b. Coordinación o articulación externa
Para los fines y objetivos asignados en el marco de las normas vigentes a través de
las instancias pertinentes:
= Con las Instituciones Públicas de nivel Nacional como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables — MIMP y otros.
= Conlas Instituciones Públicas de nivel regional, como el Reniec, Ministerio Publico, Poder Judicial, entre otras.
«Con las Instituciones privadas, Entidades de Cooperación Interinstitucional, nacionales y extranjeras, entre otras.
ANEXOS
- ANEXO I: MAPA DE PROCESOS DE LA ALDEA INFANTIL “SEÑOR DE QUILLABAMBA" DE LA CONVENCIÓN .
- ANEXO Il: ORGANIGRAMA FUNCIONAL DE LA ALDEA INFANTIL “SEÑOR DE QUILLABAMBA” DE LA CONVENCIÓN, DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO.
ANEXO |
ALDEA INFANTIL "SEÑOR DE QUILLABAMBA" DE LA CONVENCION
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BERNADOR 'EGIONAL,
Cusco
ANEXO II ORGANIGRAMA
ALDEA INFANTIL “SEÑOR DE QUILLABAMBA” DE LA CONVENCIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO
E
GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL
=
DIRECCION EJECUTIVA
UNIDAD DE ADMINISTRACION
DIRECCION DIRECCION | DIRECCION DE
HOGARES DE ATENCION TALLERES INTEGRAL PRODUCTIVOS
Procesos Misionales u Operativos a) PM.01. Gestión de Hogares b) PM.02. Gestión de Atención Integral. c) PM.03. Gestión de Talleres ocupacionales o productivos.
Procesos de Soporte o Apoyo a) PS.01 Gestión Administrativa
Artículo 24°.- DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS
La Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, cuenta con un conjunto de Procesos estratégicos, Procesos Misionales, Procesos Operativos y Procesos de Soporte o apoyo, los cuales son concordantes a los servicios o prestaciones sociales que brinda la Aldea Infantil en el marco de sus objetivos.
Es una representación esquematizada de los principales procesos que lleva a cabo la aldea Infantil.
24.1. PROCESOS ESTRATÉGICOS
Los procesos estratégicos son aquellos relacionados con la Dirección, organización, planeamiento y estrategia la Aldea Infantil “Señor de Quillabamba” de la Convención, que brindan orientación a los procesos misionales y de soporte, a fin de entregar resultados de ca
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