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DR-004-2022 Regional Decree Cusco In force

Decreto Regional N.° DR.004.2022

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DECRETO REGIONAL

Ne D04 -2022-GR CUSCO/GR

Cusco, 19. JUL. 2022

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO:

VISTO: El Oficio N° 0621-2022/INDECOPI-SRB, del Jefe de Actividades de Investigación de la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, Informe N* 205-2022-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, de la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, Informe N° 309-2022-GR-CUSCOGRTC, de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, Informe N° 63-2022- GR CUSCO/GGR de la Gerencia General Regional y Informe N° 547-2022-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco;

CONSIDERANDO:

ONAL Que, de conformidad a los Artículos 191 y 192 de la Constitución Política del a pf Perú, modificada por el artículo unico de la Ley N° 28607, establece que los Gobiernos

Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su

competencia; siendo la política de los Gobiernos Regionales, la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, así como promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, y son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, así como el de dictar las normas inherentes a la gestión regional, que concordante con los literales d) y h) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional tiene la atribución entre otras de dictar Decretos y Resoluciones Regionales, así como aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional;

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Que, mediante Resolución Final N° 0353-2018/INDECOPI-CUS, de fecha 24 de mayo 2018, confirmada en parte por Resolución N° 0083-2019/SEL-INDECOPI, de fecha 21 de marzo 2019, documento que declara como barrera burocrática ilegal, al procedimiento denominado "Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT" del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco, disponiéndose la inaplicación de la referida barrera burocrática;

Que, con Oficio N° 323-2022-GR CUSCO/GGR, de fecha 25 de mayo 2022, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Cusco, informa el cumplimiento del mandato de inaplicacién de la barrera burocrática declarada ¡legal mediante la Resolución Final N* 0353-2018/INDECOPI-CUS, de fecha 24 de mayo 2018; indicando que mediante la Ordenanza Regional N* 206-2021-CR/GRC, publicada en fecha 02 de enero de 2022, se aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), con 72 procedimientos administrativos estandarizados; así mismo en dicha modificación, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, cuenta con 24 procedimientos estandarizados;

Que, mediante Oficio N* 0621-2022/INDECOPI-SRB, el Jefe Actividades de Investigación de la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, reitera el requerimiento de información sobre denuncia de

GENE ADMINISTRACIÓN

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

incumplimiento de mandato de inaplicación de barrera burocrática ilegal; indicando que de la revisión de la Ordenanza Regional N° 206-2021-CR/GRC, se verifica que si bien se modificó el TUPA mediante la incorporación de 72 procedimientos estandarizados, y se dejó sin efecto otros 34 procedimientos administrativos, el procedimiento denominado "Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT" no se encuentra dentro de los procedimientos administrativos de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones que fueron dejados sin efectos, de acuerdo al anexo 2 de la referida ordenanza; requiriendo por última vez lo siguiente: (i) Informar cuales han sido las acciones adoptadas por la entidad para cumplir efectivamente con el mandato de inaplicacién la barrera burocrática declarada ¡legal mediante Resolución Final N* 0353-2018/INDECOPI-CUS del 24 de mayo 2018, consistente en el cobro por derecho de tramitación del 0.98% de la UIT por el descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT, materializado en el procedimiento 38 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco. (ii) Adjuntar los “medios probatorios que sustenten las acciones adoptadas a fin de dejar sin efecto la

| referida disposición, esto es, el procedimiento denominado "Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco. (iii) Indicar el nombre y cargo del funcionario responsable de dar cumplimiento inmediato a lo resuelto por el INDECOPI (...);

Que, mediante Informe N° 205-2022-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, de fecha 21 de junio 2022, la Sugerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, remite a la Gerencia General Regional, informe de Opinión Técnica sobre cumplimiento de mandato de inaplicación de la barrera burocrática declarada ¡legal mediante Resolución N° 0083-2019/SEL-INDECOPI, donde concluye lo siguiente: La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, no ha cumplido con realizar las acciones necesarias para la eliminación del procedimiento administrativo "Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT" calificado como barrera burocrática, asimismo informa a la Gerencia General Regional para el trámite que deje sin efecto el mencionado procedimiento. En ese sentido, la GRTC, debe cumplir con informar sobre las acciones realizadas conducentes a la eliminación de la barrera burocrática ¡legal identificada por la SRB. en el marco del inciso d) del artículo 86° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GR CUSCO, por lo que emite opinión favorable para la eliminación del procedimiento administrativo "Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT" del TUPA, en vista que esta fue declarada barrera burocrática ¡legal por Resolución Final N° 0353-2018/INDECOPI-CUS del 24 de mayo 2018 confirmada en parte mediante Resolución N° 0083-2019/SEL-INDECOPI del 21 de marzo 2019, en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por su imposición;

Gerencia Reglonal

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Que, con Informe N* 309-2022-GR-CUSCO-GRTC, de fecha 05 de julio 2022, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, remite a la Gerencia General Regional, información complementaria sobre la denuncia de incumplimiento de barrera burocrática, recomendando realizar los trámites respectivos y necesarios para la eliminación del mencionado procedimiento del TUPA, mediante Decreto Regional;

Que, el numeral 40.5 del artículo 40° del Texto Único Ordenado, de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019- JUS, establece lo siguiente: “Las disposiciones concernientes

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos pueden aprobarse por Resolución Ministerial, por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Poder Ejecutivo, Organismos Constitucionalmente Autónomos, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente”. Siendo ello asi, en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Final N° 0353- 2018/INDECOPI-CUS de fecha 24 de mayo 2018, corresponde eliminar el procedimiento "Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT", mediante Decreto Regional;

Que, mediante Informe N° 547-2022-GR CUSCO/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, opina favorablemente por la emisión del Decreto Regional que elimine el procedimiento administrativo N° 38 el cual exige el pago por derecho de tramitación del 0.98% de la UIT denominado “Descargo de , denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT”,

  • del Texto Unico de Procedimientos Administrativos 2016 del Gobierno Regional de ©’ Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional 117-2016-CR/GRC.CUSCO del 23 de

*“ © diciembre 2016;

Estando a los documentos del Visto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Gestión de Proyectos, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y Gerencia General Regional del Gobierno regional de Cusco

En observancia a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. - ELIMINAR, el procedimiento administrativo N° 38 el cual exige el pago por derecho de tramitación del 0.98% de la UIT denominado “Descargo de denuncias y/o actas de verificación o constatación de infracción al RENAT”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos 2016 del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional 117-2016-CR/GRC.CUSCO del 23 de diciembre 2016, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional.

ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional conforme dispone la norma;

ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR, el presente Decreto Regional a la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, a todas las dependencias involucradas y a los órganos técnicos administrativos del Gobierno Regional de Cusco.

AGÍSTRES Y COMUNÍQUESE 5 A-4

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/3394739-dr-004-2022 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3560562/Decreto%20Regional.pdf