Decreto Regional N.° D.R.001.2017
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DECRETO REGIONAL N° 001 -2017-GR CUSCO/GR
Cusco, 13 MAR, 2017 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO:
VISTOS: El Informe N° 167-2017-GR CUSCO-GRPPAT-SGPL de la Sub Gerencia de Planeamiento, el Informe N° 107-2017-GR CUSCO-GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial e Informe N° 77-2017-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a los artículos 191° y 1920 de la Constitución Política «del Perú, modificada por el artículo único de la Ley N° 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo la autonomía política de los Gobiernos Regionales la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, así como promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, y son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, así como el de dictar las normas inherentes a la gestión regional, que concordante con los literales d) y h) del artículo 210 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional tiene la atribución -entre otras- de dictar Decretos y Resoluciones Regionales, así como aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional;
Que, según el artículo 20 de la Ley N* 27867, en concordancia con el artículo 1° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Nestablecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho epúblico, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su
a Pree constituyendo, para su administración económica y financiera, un
Pliego Presupuestal; es así que el Gobierno Regional de Cusco, ejerce sus funciones y atribuciones conforme a las facultades conferidas en su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Ordenanza Regional N° 046-2013- CR/GRC.CUSCO, desarrollando y ejecutando para tal efecto normas administrativas para lograr eficiencia en la ejecución, evaluación y estudios de inversión asegurando el cumplimiento de objetivos y logro de metas institucionales, así como para organizar y hacer funcionar sus propias actividades o servicios;
Que, a través de los artículos 10 y 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se ha declarado al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir un Estado democrático, descentralizado al servicio ciudadano;
Que, los artículos 11°, 11°-A y 11°-B de la Ley N° 27867, modificada e incorporada por Ley N° 27902, establecen la Organización, Composición, Funcionamiento y Funciones del Consejo de Coordinación Regional como Organo
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO (y er
Consultivo y de Coordinación del Gobierno Regional, en el cual sus Representantes de la Sociedad Civil son elegidos democráticamente por un periodo de dos (02) años, por los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel regional y provincial, según corresponda, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto el Gobierno Regional;
Que, de conformidad a la Décimo Quinta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 28013, en relación a la Institución del Consejo de Coordinación Regional, se precisa que dentro de los primeros sesenta (60) días naturales del año correspondiente se realizará la elección de los representantes de la sociedad civil y la instalación de los Consejos de Coordinación Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 039-2006-CRC-GRC, de fecha 27 de
ON Febrero del 2006, se Aprobó el Texto Único y Ordenado del Reglamento Interno < a de Organización y Funciones del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno sor) Regional Cusco, precisando en su artículo 27° que: "La Convocatoria a Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional es hecha por el Presidente Regional del Gobierno Regional Cusco, mediante Decreto Regional, el mismo que establecerá el Cronograma Electoral";
Que, por Decreto Regional N° 001-2008-GR CUSCO/PR, de fecha 01 de Agosto de 2008, se norma el proceso de Inscripción y Elección de los Representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Cusco, aprobándose el Reglamento de Inscripción y Elección de los Representante de la Sociedad Civil el cual consta de 12 Capítulos, 41 Artículos, 03 Disposiciones Complementarias y Finales;
SIN Que, mediante el Informe N° 167-2017-GR CUSCO-GRPPAT-SGPL, la Sub $ ES “Gerencia de Planeamiento, sefiala que los representantes de la sociedad civil son 3 soe Selegidos democráticamente por un período de dos años, siendo necesario la hemo, /renovación y elección del Consejo de Coordinación Regional del Cusco para el powes#/ período 2017 - 2018, en atención a las normas que los regulan, dado que esta
— instancia emite opinión consultiva sobre los procesos de planeamiento y presupuesto participativo; documento que por Informe N° 107-201 7-GR CUSCOA OGRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y E condicionamiento Territorial es remitido a la Gerencia General Regional para su irámite correspondiente;
Estando al Informe N° 077-2017-GR CUSCO/ORAJ, emitida por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, quien opina favorablemente por la emisión del Decreto Regional y se apruebe el cronograma para la elección del Consejo de Coordinación Regional 2017 - 2018, de acuerdo a la normatividad que lo regula;
Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Cusco;
En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Artículos 21° literal d), y 40°, de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902, el Artículo Único de la Ley N° 30305, Ley de Reforma de los Artículos 191 °, 194° y 203° de la Constitución Politica del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes; y, la
Ordenanza Regional N° 039-2006-CRC-GRC;
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Convocatoria y Cronograma del Proceso de Inscripción y Elección de Representantes de las Organizaciones de la
Sociedad Civil para la conformación del
Gobierno Regional Cusco para el periodo
integrante del presente Decreto Regional.
Consejo de Coordinación Regional del 2017- 2018, cuyo texto forma parte
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que en el Procedimiento Convocado en el Artículo precedente, será de observancia obligatoria el Reglamento de Inscripción y Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la conformación del Consejo de Coordinación Regional de Gobierno Regional del Cusco aprobado mediante Decreto Regional N° 001-2008-GR CUSCO/PR, de fecha 01 de Agosto del 2008, el cual se encuentra publicado en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cusco.
ARTÍCULO _TERCERO.- CONVOCAR a los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil inscritos en el Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil del Cusco a efectos de elegir a sus representantes por Segmentos Institucionales ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Cusco para el periodo 2017 - 2018, en fechas señaladas en el Cronograma de Inscripción y Elección, aprobada en el Artículo 1°
del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO CUARTO.- CONVOCAR a nuevas organizaciones de la Sociedad Civil a efectos de realizar su Inscripción en el Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil del Cusco, para el periodo 2017-2018 en fechas señaladas en el Cronograma de Inscripción y Elección, aprobada en el
Artículo 1° del presente Decreto Regional,
que estén interesados en participar en
la Gestión de Desarrollo Regional dentro del Marco y Atribuciones que establece
o) la Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que Secretaría General en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial publicite el presente Decreto Regional a nivel de diferentes medios de comunicación social, además de efectuarlo a nivel de la Página Web del Gobierno
Regional del Cusco.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR
el presente Decreto Regional a las
diferentes instancias técnico administrativas de la Sede, Direcciones Regionales Sectoriales y Proyectos Especiales Regionales del Gobierno Regional del Cusco,
para su conocimiento y fines de Ley.
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REGISTRESE Y COMUNIQUESE
ING. EDWIN LICONA LICONA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
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CONVOCATORIA A ELECCIONES DE RENOVACION DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL 201 7-2018
El Gobierno Regional Cusco, en cumplimiento de los artículos 11, 11-A y 11-B de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada e incorporada por Ley NO 27902, CONVOCA a la inscripción de los representantes de la Sociedad Civil Regional de Cusco, para la renovación del CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL CUSCO periodo 2017-2018,
El proceso de Inscripción se efectuará mediante documento remitido a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a partir del día lunes 13 de marzo hasta el día 29 de marzo del 2017; para tal fin deberán presentar los siguientes requisitos:
a) Solicitud de Inscripción en la que se señala e manera expresa la instancia y fecha en la cual se adoptó el acuerdo de inscripción, la indicación expresa del Segmento Institucional en el que realiza su inscripción, aprobada por la organización, el domicilio oficial para todos los fines de comunicación y la
tdentificacién de la persona natural en la que recae la representación de la
organización. Solicitud que tendrá valor de Declaración Jurada y estará debidamente firmada por el Representante Legal de la Organización de la Sociedad Civil. Copia fedatada de la Constancia de Inscripción de la Organización en los Registros Públicos respectivos, expedida con la antigúedad no mayor de sesenta días de la presentación de la solicitud. Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal y Acta de Inscripción del Asiento en el Registro Público respectivo. Copia de documentos que acrediten al menos tres años de actividad institucional, presencia efectiva y trabajo con impacto departamental. Para ello las Organizaciones de la Sociedad Civil podrán adjuntar: Libro de Actas de la Organización, instrumentos Jurídicos suscritos, publicaciones, donaciones recibidas entre otros, que produzcan convicción sobre la existencia de la Organización.
En el caso que su Institución u Organización se encuentre registrada en el
Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil sólo deberán
actualizar datos.
oN Los segmentos considerados por Ordenanza Regional N° 039-2006-CRC-GRC, ©s0n los siguientes:
1 Iglesias, disciplinas y confesiones religiosas.
2 Universidades y entidades de educación superior de rango universitario.
3 Gremios y colegios profesionales
Federaciones sindicales y gremios laborales.
Organizaciones y centrales de empresas de productores agrarios ( *)
Asociaciones, federaciones de micro y pequeñas empresas MYPES ( *)
“i Camaras y gremios empresariales del sector terciario (*)
8 Gremios de empresas de turismo y sector terciario (*)
Federaciones agrarias y campesinas (*)
Federaciones de comunidades nativas
Organizaciones y asociaciones de mujeres.
Organizaciones y asociaciones de jóvenes, adolescentes, niñas y niños.
13, Federaciones e instituciones de personas con discapacidad.
Instituciones Cívicas y organizaciones vecinales.
Asociaciones Civiles sin fines de lucro y organizaciones no gubernamentales de desarrollo.
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- Mesas de Concertación, Consejos de Desarrollo, Comités de Desarrollo, Comités de Gestión.
17, Organizaciones y asociaciones de actividad, promoción y difusión cultural.
Las organizaciones interesadas podrán recabar información en la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia Re
gional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Cusco, a través del correo
grcuscoplaneamiento@gmail.com, o al tif. 224663, anexo 2222, así como en nuestra página web institucional, www.regioncusco.gob.pe.
Cusco, Marzo 2017
EL COMITE ELECTORAL
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weg GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO AMS
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCCION DEL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL 2017-2018
El Gobierno Regional del Cusco, invita a participar a todas las Organizaciones de la Sociedad Civil Regional a la elección del Consejo de Coordinación Regional 2017-2018 y podrán recabar información en la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través del correo grcuscoplaneamiento@gmail.com, o al tif. 224663, anexo 2222, así como en nuestra página web institucional, www.regioncusco.gob.pe.
ACTIVIDADES ELECTORALES Marzo- Abril
- Apertura de Inscripción o actualización 113 marzo - 29 marzo
de Inscripciones de Organizaciones civiles y delegados representantes.
. Evaluación de los requisitos. Dictamen de B0 marzo observaciones y plazo para expedir la Resolución de Inscripción.
. Publicación del Padrón Electoral Inicial. 31 marzo,01 y 02 abril . Presentación de Tachas e impugnaciones. 3 y 4 abril . Evaluación, absoluciones a tachas. 5 abril
. Publicación del Padrón Final de Delegados 6 y 7 abril Electorales.
. Elecciones (Acto Electoral) (Auditorio del 8 abril primer piso del Consejo Regional
. Proclamación y Entrega de Credenciales a los 112 abril Representantes electos para el CCR. (Auditorio de la Sede Central del Gobierno Regional Cusco )
Cusco, Marzo 2017
EL COMITE ELECTORAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/677399-d-r-001-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/836576/-458463583732929994420200615-9105-remscd.pdf