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D-R-001-2015 Regional Decree Cusco In force

Decreto Regional N.° D.R.001-2015

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

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DECRETO REGIONAL · N° 0 Ul -2015-GR CUSCO/PR Cusca,

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EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO:

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VISTO: El Informe N° 023-2015-GR CUSCO/GRPPAT-SGPL de la Sub Gerencia de Plan eamiento, Informe N° 35-2015-GR CUSCO/GRPPAT de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial e I nforme N° 19 -2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina R~gional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca;

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CONSIDERANDO:

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Que, la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por Ley
N° 27902, en su Artículo 11°, 11°-A y 11°-8 establece la Organización, Composición,
Funcionamiento y Funciones del Consejo de Coordinación Regional com o Órgano
Consultivo y de Coordinación del Gobierno Regional. Asimismo, el inciso b) del Artículo
11 °-A consigna que los Representantes de la Sociedad Ci11il ante el Consejo de
Coordinación Regional son elegidos democráticamente por un peri odo de dos años, por
los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel regional y
provincial, según corresponda, que se haya inscrito en ·el registr o que abrirá para tal
efecto el Gobierno Régional;

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Que, de conformidad a la Ley N° 28013 Ley que modifica la Ley N° 27867 Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de los primeros sesenta días naturales del
año correspondiente se reali'zará la elección de los representantes de la sociedad civil y
la instalación de los Consejos de Coordinación Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 039-2006-CRC-GRC de fecha 27 de
Febrero del 2006, se Aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de
Organización y Funciones del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional
Cusca, considerando en su Artículo 27° que "La Convocatoria a Elección de los
representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coor dinación Regional es hecha
por el Presidente Regional del Gobierno Regional Cusca, mediante Decreto Regional, el
mismo que establecerá el Cronograma Electoral";
Que, mediante Decreto Regional N° 001-2008 -GR CUSCO/PR de fecha 01 de
Agosto del 2008,con la finalidad de normar el proceso de I nscripción y Elección de los
Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional del
Gobierno Regional Cusca, se aprobó el Reglamento de Inscripción y Elección de los
Representantes de la Sociedad Civil el cual consta de 12 Capítulos, 41 Artículos y 03
Disposiciones Complementarias y Finales;
Estando a los documentos del Visto; con las visaciones de la Oficina Regional de
Asesoría Jurídica y Gerencia General Regional, con la conformidad de la Ger encia
Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia
Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia
Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, y, Gerencia Regional de
Infraestructura del Gobierno Regional Cusca;
En uso de las atribuciones y facultades establecidas por la Ley N° 27783 Ley de
Bases de la Descentralización, los Artículos 21 o inciso d) y 40° de la Ley N° 27867 Ley
Org/mica de Gobiemos Regionales y su modificatoria Ley N° 2.7902 y la Ordenanza
Regional N° 039-2006-CRC-GRCj

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

Presidencia

Regiona~

DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Convocatoria y Cronograma del Proceso
de Inscripción y Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil
para la conformación del Consejo de CÓordinación Regional del Gobierno Regional
Cusco para el periodo 2015-2016, cuyo. texto forma parte del presente Decreto
Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que en el Proceso Convocado será de
observancia obligatoria el Reglamento de Inscripción y Elección de Representantes de
las Organizaciones de la Sociedad Civil para la conformación del Consejo de
Coordinación Regional de Gobierno Regional Cusco aprobado mediante Decreto
Regional N° 001-2008-GR CUSCO/PR de fecha 01 de Agosto del 2008 publicado en el
Portal Electrónico del Gobierno Regional del Cusco.
. ARTÍCULO TERCERO.- CONVOCAR, a los Representantes de las
Organizaciones de la Sociedad Civil inscritos en el Registro Regional de Organizaciones
de la Sociedad Civil del Cusco a efectos de elegir a sus representantes por Segmentos
Institucionales ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Cusco
para el periodo 2015-2016, en fechas señaladas en el Cronograma de Inscripción y
Elección, aprobada en el Artículo 1 ° del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO CUARTO.- CONVOCAR, a nuevas organizaciones de la Sociedad
Civil a efectos de realizar su Inscripción en el Registro Regional de Organizaciones de la
Sociedad Civil del Cusco, para el periodo 2015-2016 en fechas señaladas en el
Cronograma de Inscripción y Elección, aprobada en el Artículo 1° del presente Decreto
Regional, que estén interesados en participar en la Gestión de Desarrollo Regional
dentro del Marco y Atribuciones que establece la Ley.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/677394-d-r-001-2015
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/836570/-34553690358934787820200615-9105-14occz6.pdf