Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0407.2025
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” AS CUSCO
RR ——— - oo. -_ ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NY 407 - 2025 - CRC / GR CUSCO. Cusco, 10 de noviembre de 2025.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Décima Primera Sesión Ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2025, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 188° establece que: “La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país (...)”, por otro lado, en su artículo 191° establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como Órgano normativo y fiscalizador (...)", asimismo, en su artículo 192° señala que los gobiernos regionales son competentes para: "(...) 6) Dictar las normas inherentes a la gestión regional (...) 10) Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley";
Que, la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 2° establece que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal”, así mismo en su artículo 11° establece que: “(...) EL CONSEJO REGIONAL, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional (...)”, en esa línea en su artículo 13° establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”, asimismo en su artículo 15° señala que son atribuciones del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...);
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 16° establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a) Proponer normas y acuerdos regionales b) Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general (...)", asimismo en su artículo 39°, define que: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (JE
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC, en su artículo 6°, respecto de la definición del Consejo Regional, precisa que: "Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional (...)"; en ese orden de ideas en su artículo 7° establece que son atribuciones del Consejo Regional: “1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...), del mismo modo en su artículo 9° señala que: "El Pleno del Consejo Regional es la máxima instancia deliberativa y fiscalizadora del Gobierno Regional de Cusco, integrada por los consejeros regionales, quienes desempeñan funciones normativas, de fiscalización y representación política. (...)", asimismo, en su artículo 11° señala que la función normativa comprende la propuesta, el debate, la aprobación, modificación, interpretación y derogación de las siguientes normas regionales: “(...) b) Acuerdo Regional. (...)”;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, aprobado por la Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC, en su artículo 32° precisa son derechos funcionales de los Consejeros Regionales las siguientes: “a) Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento (...)”, por otro lado, en su artículo 97°, dispone que: “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (..)”; asi mismo, en su artículo 105°, respecto a las etapas del procedimiento normativo del Acuerdo Regional, establece
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
que estas son: “1) Propuesta del Acuerdo Regional 2) Debate en el Pleno 3) Aprobación 4) Publicación en el Portal de Transparencia (...)”;
Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 281- 2025 - CRC/GR CUSCO, de fecha 04 de agosto de 2025, se acordó y aprobó en su artículo primero: “APROBAR EXCEPCIONALMENTE LA REALIZACIÓN DE UNA EXPOSICIÓN ESPECIALIZADA SOBRE GESTIÓN REACTIVA DEL RIESGO DE DESASTRES A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI - CUSCO, ANTE EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL EN UNA SESION EXTRAORDINARIA.”;
Que, mediante el Oficio N° 2173-2025-GR CUSCO-CRC/SCR, de fecha 05 de noviembre de 2025, se invitó al Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa Civil - Sede Cusco, Sr. Francisco Quevedo Mogollón a fin de hacer de su conocimiento sobre la realización de la Décima Primera Sesión Ordinaria del Consejo Regional, que se efectuara en el hemiciclo del Consejo Regional, a fin de que realice una exposición especializada sobre la “Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres”;
Que, mediante el Oficio N° 171-2025-INDECI/DD CUSCO, de fecha 10 de junio de 2025, emitido por el Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa Civil - Sede Cusco, Sr. Francisco Quevedo Mogollón; solicita la realización de una exposición especializada sobre “Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres” dirigida al Pleno del Consejo Regional, las mismas que fueron sustentadas en la sesión de la fecha;
Que, el Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) - Sede Cusco realizo la exposición especializada sobre la “Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres”. Mencionando que esta gestión se centra en las acciones inmediatas y posteriores a la materialización de un peligro, abarcando la respuesta (atención de la emergencia y ayuda humanitaria) y la rehabilitación (recuperación de los servicios básicos y la infraestructura afectada). El enfoque en Cusco busca fortalecer las capacidades de respuesta de los gobiernos locales y regionales, dada la variada fenomenología de la región (sismos, inundaciones, nevadas) y la necesidad de articulación interinstitucional para garantizar una atención oportuna y efectiva a la población afectada;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, el Consejo Regional de Cusco, en su Décima Primero Sesión Ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales se:
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - DAR POR RECIBIDO, la exposición especializada del Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) - Sede Cusco, Sr. Francisco Quevedo Mogollón; desarrollado en la sesión de la fecha, ante el Pleno del Consejo Regional, respecto de la “Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres”.
ARTICULO SEGUNDO. - TRANSCRIBIR el presente Acuerdo de Consejo Regional, al titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional, para las acciones que correspondan acorde a sus atribuciones.
ARTICULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en la Página Web del Gobierno Regional de Cusco.
GISTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7588097-a-r-0407-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247599/7588097-ar04072025.pdf