Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0376.2024
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GOBIERNS REGIONAL DE CUSCO FR CONSEJO REGIONAL a)
CONSEAIO REGIONAL “AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CUSCO CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 376-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 19 de diciembre del 2024
VISTOS:
La décimo tercera sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N* 150-2024- GRC-CRC/CRLC/EHC/CSOM, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha
debatido sobre declarar de necesidad y prioridad regional la ejecución de proyecto, y;
OMNIQINENA MINT. ISI IAS
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, establece que, los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno cy de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el arfículo 6° de la Ley Organica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, establece que, el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de ios derechos de hombres y mujeres e iguaidad de oportunidades;
GEES om Que, el inciso h) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N* 27867, y Gpstablece que, los gobiernos regionales son competentes entre otros para: “h) Fomentar la
AN gjompetitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de "Cil ye Infraestructura de alcance e impacto regional”;
Que, el inciso a) del artículo 16” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: “a. Proponer normas y acuerdos regionales”;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plart de implementación que establezca fas acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. Ei Regiamenio dei Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”;
Que, la Institución del Centro Rural de Formación en Altermancia Mosoq lllary Wayna al proyecto de inversión pública denominada “Mejoramiento y ampliación al servicio de educación secundaria Mosoq Illary, distrito de Echarati, provincia de La Convención” con CU! 2045894,
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CONSEJO REGIONAL 239) “AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CUSCO CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”
viene funcionando en un local de propiedad de la Municipalidad Distrital de Echarati, la misma que esia acondicionada en un gaipón de pollos que sirve como dormitorio para ios esiudiantes, por lo cual requiere su pronta e urgente atención;
Que, el literal a) del artículo 32° del Reglamento Intemo del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC.CUSCO, establece como atribución del Consejo Regional de Cusco, entre otras: “a) Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, canalizando fas mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento”;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Inferno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. — DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL Y PRIORIDAD PUBLICA LA FORMULACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y POSTERIOR EJECUCIÓN DE LA INSTITUCIÓN CENTRO RURAL DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA MOSOQ ILLARY WAYNA AL PROYECTO DE INVERSIÓN PUBLICA DENOMINADA “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN AL SERVICIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA MOSOQ ILLARY, DISTRITO DE ECHARATI, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN” CON CUI 2045894.
ARTÍCULO SEGUNDO. — REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gobemador Regional de Cusco y a la Gerencia General Regional, a fin de que implemente con las acciones administrativas necesarías para el cumplimiento del artículo primero.
ARTICULO TERCERO. — TRANSCRIBIR ei presenie Acuerdo de Consejo Regional a ia Municipalidad Distrital de Echarati a efectos del seguimiento e impulso de acciones para la implementación del artículo primero.
ARTICULO CUARTO. —El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional dei Cusco.
COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE
APBIZRNO REGIONAL C) LOTO REG iv
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