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A-R-0368-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0368.2024

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CODICIA MAA In me ns GUDIERNG REGIONAL DE LUICO

CONSEJO REGIONAL ok “Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las CUSCO heroicas batallas de Junin y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 368-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 11 de diciembre del 2024 VISTOS: La décimo segunda sesión ordinaría del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha diez de diciembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 101-2024-GR/ CUSCO-CR/CRC/MVRQ, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado la convocatoria a secretario de consejo regional, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N°27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley N° 28607 “Ley de reforma del Artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31812, establece que, son atribuciones del Consejo Regional, entre otros “k. Fiscalizar la gestión pública del gobiemo regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización.”:

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”:

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 -— Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de yracticar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional:

Ó lArtícida R da glamento Interns do Orqanizacian y ECrinmriannas dal n i i ue, el Artículo 6* del Reglamento Intemo de Organización y Funciones de! Consejo Regiona!

del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC.CUSCO, señala que, el Consejo Regional, es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobiemo Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias y en el presente reglamento;

yan

Que, el artículo 12” del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 248-2024- CR/GRC.CUSCO, establece “la función fiscalizadora, la ejercen los Consejeros Regionales en forma individual o en forma conjunta a través del trabajo en comisiones con el objeto de realizar el control político a las acciones de conjunto del ejecutivo regional, así como del conjunto del Consejo Regional; éstas comprenden ia solicitud de información y convocatoria para la presentación al Consejo Regional, al Gobernador(a) Regional, Vicegobernador(a) Regional, Gerente General Regional, Gerentes Regionales de linea, Directores de los Proyectos Especiales y servidores del Gobierno Regional, así como de los miembros del Consejo Regional y la Secretaria del Consejo Regional, cuando se presenten actos irregulares, negligencia y/o ineficiencia funcional, uso y/o disposiciones indebidas respecto de bienes y/o recursos públicos;

Que, el literal a) del Artículo 32° del referido Reglamento Interno de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional Cusco, indica que, son derechos de los Consejeros Regionales, entre otras las siguientes: “a) Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento”:

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¡OBIERINO REGIONAL DE CUSCO LAN CONSEJO REGIONAL pe

cose 10 gemowat “Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las CUSCO heroicas batallas de Junin y Ayacucho”

Que, mediante oficio N° 101-2024-GR/ CUSCO-CR/CRC/MVRQ, de fecha 05 de diciembre del 2024, el Consejero Regional Ing” Macedo Valeriano Rueda Quintana, solicita convocar ante el pleno del Consejo Regional de Cusco, al Secretario del Consejo Regional de Cusco, a efectos onsejo Regional del Cusco, respecto al estado financiero del gasto de las metas, dotación de combustible, actividades del personal administrativo del Consejo Regional, así como se solicitó el informe de adquisición de bienes y contratación de personal:

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N* 27783, la Ley Orgánica de

Gobiemos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de

Cusco;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. — CONVOCAR ANTE EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL DE CUSCO, AL SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL DE CUSCO, A EFECTOS DE QUE INFORME ANTE EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO, RESPECTO AL ESTADO FINANCIERO DEL GASTO DE LAS METAS, DOTACIÓN DE COMBUSTIBLE, ACTIVIDADES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO REGIONAL, ASÍ COMO SE SOLICITÓ EL

INIT ODN A OT AMA OIEA RE NT DITRITO Y ANITA TA MIAÁRI INT DIIODOSNRTAS INT OTFUVIE DEL AL QUTOIUIVIN DE DIENEO TY CUINA 1 ACIÓN DE FERSONAL.

ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR a la secretaría del Consejo Regional de Cusco, realizar las acciones administrativas para el cumplimiento del Artículo primero del presente acuerdo regional durante el presente año, bajo responsabilidad y recabar el informe en veintitrés (23) ejemplares son setenta y dos horas (72) de anticipación a la fecha de su presentación.

ARTÍCULO TERCERO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el

día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

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i Hagamos Av. poes Tutto Condemayta s/n Distrito de Werchag, Cusco - Peru i H ISTORIA www.gob.pe/regioncusco


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