Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0358.2024
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 358-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 26 de noviembre del 2024 VISTOS: La trigésimo cuarta sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha veinticinco de noviembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 070- 2024-GR/ CUSCO-CR/COEMH,P, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado sobre la sesión descentralizada de comisión ordinaria, y;
PINAL TIA ALInA. CUNUIVONANWYY.
Que, conformidad con el artículo 191 de la Constitución Politica del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señalan que, los Gobiemos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
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27783, establecen que: “21.1. Los gobiernos regionales y locales son fiscalizados por el Consejo Regional y el Concejo Municipal respectivamente, conforme a sus atribuciones propias. 21.2. Son fiscalizados también por los ciudadanos de su jurisdicción, conforme a Ley.”;
Que, el artículo 1 3° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado
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normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado;
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el numeral 1) del Artículo 17° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regione! N° 119-2018- R/GRC.CUSCO señala que, son atribuciones del Consejo Regional, entre otras: “1. Aprobar, odificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de
competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, el Artículo 71* del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco se reúne en sesiones: 1. De Instalación, 2. Ordinarias, 3. Extraordinarias, 4. Descentralizadas, y 5. Solemnes”:
Que, el Artículo 97* del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO señala que: “Las Sesiones Descentralizadas se realizarán fuera de la Sede del Gobierno Regional. en el lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y pueden ser Ordinarias o Extraordinarias”:
Que, el Artículo 137° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 119-2016-CR/GRC.CUSCO señala que, las Comisiones Permanentes se reúnen en Sesiones Ordinarias por lo menos una vez al mes. en las oportunidades que se determine por acuerdo de las mismas: excepto el dia en que se desarrolle las Sesiones Ordinarias; y, en Sesiones Extraordinarias cuando las convoque el Presidente de la Comisión. Las deliberaciones de las Comisiones y los Acuerdos que adopten constarán en actas especiales, autorizadas por el Presidente del Consejo Regional y el Secretario del Consejo;
Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n
¡HI TORIA Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSEJO REGIONAL
“Año del Bi o, de la cor ión de nuestra ja, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y A) y
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 338-2024-CRC/GR CUSCO, de fecha 12 de noviembre dei 2024, que en su artícuio segundo aprobo ia realización de ia Sesion Extraordinaria Descentralizada de la Comisión de Energía Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco en el distrito de Colquemarca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco en fecha 29 de noviembre;
Que, mediante Oficio N° 070-2024-GR/ CUSCO-CR/COEMH.P, de fecha 25 de noviembre del 2024, la Comisión Ordinaria de energía y minas e hidrocarburos, solicita la reprogramación de la sesión descentralizada que debió llevarse a cabo en el distrito de Colquemarca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco en fecha 29 de noviembre del 2024, para el día 02 de diciembre del 2024;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N* 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - APROBAR la reprogramación de la Sesión Extraordinaria Descentralizada de la Comisión de Energía Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco en el distrito de Colquemarca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco ara el día 02 de diciembre del 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO. - AUTORIZAR el viaje de los miembros integrantes de la Comisión de Energía Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional de Cusco, cuyos integrantes se detallan a continuación:
ee COMISION ORDINARIA |
INTEGRANTES | . José Manuel Corrales Vizcarra |
| | 1 2. Italo Tarco Góngora ENERGÍA Y MINAS E HIDROCARBUROS | 3. Calandra Sammy Olivera Martinez 4. Alfredo Sara Vilca | 5. Santiago Ojeda Quispe
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, a la secretaría del consejo regional y a la Gerencia Regional de Administración del gobierno regional cusco, realizar todas las acciones administrativas correspondientes para la adquisición de pasajes aéreos, así como otorgar los viáficos respectivos nor un (01) día del 01 y al 02 de diciembre del 2024 con cargo a la siguiente cadena funcional:
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22
FTE. FTO. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS.
ARTÍCULO CUARTO. — MANTENGASE inalterable los demás artículos del Acuerdo de Consejo Regional N° 338-2024-CRC/GR CUSCO, de fecha 12 de noviembre del 2024
ARTÍCULO QUINTO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNÍQUESE. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587651-a-r-0358-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247122/7587651-ar03582024.pdf