Skip to content
L Legalize.pe
A-R-0356-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0356.2025

6 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO is CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO yA “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N09356 - 2025 - CRC / GR CUSCO. Cusco, 29 de setiembre de 2025.

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Vigésima Sexta Sesión Ordinaria de fecha 08 de setiembre de 2025, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191” establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...). La esiruciura orgánica básica de estos gobiernos ia conforman ei Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)”; asimismo, en el artículo 192° señala que los Gobiernos Regionales son competentes para; “(...) 4. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad. (...) 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional, (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley (...)”;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 2°, establece que: "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal";

Que, la Ley N° 27667, Ley Orgánica de Gubiernos Regionales, en su artículo 11°, subre la esiruciusa orgánica de los gobiernos regionales, señala que: “EL CONSEJO REGIONAL, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional (...)”; en esa misma línea, en su artículo 13°, sobre el consejo regional, refiere que: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)", así mismo en su artículo 15° señala que las atribuciones del Consejo Regional son, entre otras: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)"; y en su artículo 16” establece como derechos y obligaciones

funcionales de los consejeros regionales, las actividades de: “a) Proponer normas y acuerdos regionales (, y" .

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 39°, define que: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)";

b

Duo ol Raclomoants Interns dal Cancain Dasinnnl da Cinca anenhada n Ordenanza RPeciong! NO 2498_ SUC, Ca OGAMCIMO aMCINS GCs COMSojo aogionas GC Cusco, aprovaas con Crdacenanza ANC PION AN ase:

2024-CR/GRC, en su artículo 6°, respecto de la definición del Consejo Regional, precisa que: "Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. (...)"; del mismo modo, en su artículo 7° numeral 1), precisa que son atribuciones del Consejo Regional: "1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, (...)"; y en su artículo 9° señala que: "El Pleno del Consejo Regional es la máxima instancia deliberativa y fiscalizadora del Gobierno Regional de Cusco, integrada por los consejeros regionales, quienes desempeñan funciones normativas, de fiscalización y representación política. (...)"; del mismo modo en su artículo 11°, precisa que la función normativa del Pleno del Consejo Regional: "(...) comprende la propuesta, el debate, la aprobación, modificación, interpretación y derogación de las siguientes normas regionales: (...) b) Acuerdo Regional. (...): del mismo modo en su artículo 32° precisa que los consejeros regionales tienen derecho a: “a) Proponer, en forma

S A la] o

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Gos CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO 2 “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO

individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento, (...); j) Percibir viáticos cuando realicen viaje oficial nacional e internacional autorizado por

al Conseio Da allo ow, core Consejo Regional der) 3

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Cusco, aprobado por la Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, en su artículo 93° sobre los tipos de procedimientos, refiere que: “a) Procedimiento normativo o legislativo; que comprende el debate y aprobación de instrumentos legales de alcance regional, como Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales, éstas últimas de obligatorio cumplimiento en el ámbito del Gobierno Regional de Cusco; (...)”; del mismo modo en su artículo 97°, dispone que: “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”; así mismo, en su artículo 102°, numeral 1), establece que: “Tienen derecho a plantear proposiciones normativas (...) 1. Los consejeros(as) Regionales (...)"; A partir de io expresado, en su artículo 105”, sobre las etapas del procedimiento normativo del Acuerdo Regional, establece que estas son: “1. Propuesta del Acuerdo Regional 2, Debate en el Pleno, 3, Aprobación, 4. Publicación en el Portal de Transparencia”.

Que, mediante el Oficio N°118-2025-GR CUSCO - CRC/CRPC/JEPR de fecha 26 de setiembre de 2025, emitida por el Consejero Regional representante de la provincia de Calca, Lic. Jorge Epifanio Pacheco Rozas, en la que se remite la moción dei día respecto ai proyecio de Acuerdo de Consejo Regional que propone: “AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISION DE SERVICIOS A LA CIUDAD DE LIMA AL CONSEJERO REGIONAL REPRESENTANTE DE LA PROVINCIA DE CALCA, LIC. JORGE EPIFANIO PACHECO ROZAS, CON EL PROPOSITO DE TENER UNA REUNION DE TRABAJO CON LA PCM, INEI Y EL GOBERNADOR REGIONAL DE CUSCO, PARA ABORDAR EL TEMA DE

CONMTROUTINGTAGC YW DIROYDT TAM Á mor, TENDITADTAT TATTA DOSNITNIOTA TNT OAT OA VW OTIC NO CONTROVERSIAS Y PRODLEMATICA TERRITORIAL EN LA PROVINCIA DE ALCA £ UU0 YU

DISTRITOS; EN FECHA 30 DE SETIEMBRE Y 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025”;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con

o oat Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, el Consejo Regional de Cusco, en su Vigésima Sexta Sesión

Extraordinaria de fecha 29 de setiembre de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con la mayoria de votos de los Consejeros Regionales se:

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: AUTORIZAR, EL VIAJE EN COMISION DE SERVICIOS A LA CIUDAD DE LIMA AL CONSEJERO REGIONAL REPRESENTANTE DE LA PROVINCIA DE CALCA, LIC. JORGE EPIFANIO PACHECO ROZAS, CON EL PROPOSITO DE TENER UNA REUNION DE TRABAJO CON LA PCM, INEI Y EL GOBERNADOR REGIONAL DE CUSCO, PARA ABORDAR EL TEMA DE CONTROVERSIAS Y

PROBLEMÁTICA TERRITORIAL EN LA PROVINCIA DE CALCA Y SUS 08 DISTRITOS, EN FECHA 30 DE SETIEMBRE Y 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2095”,

RICULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la secretaría del Consejo Regional y a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional realizar todas las acciones administrativas para la adquisición de pasajes aéreos y los viáticos respectivos por 01 día correspondiente a los días 30 de setiembre y 01 de octubre de 2025.

ARTICULO TERCERO: El viaje a desarrollar está a cargo de la Meta N° 115 - 2025 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, cuya cadena funcional es la siguiente:

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO HE CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ah “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO

» Especifica de gasto 23.21.21

  • Especifica de gasto 23.21.22
  • Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios

ARTICULO CUARTO: El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.

EGISTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587994-a-r-0356-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247488/7587994-ar03562025.pdf