Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0356.2024
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO HE CONSEJO REGIONAL 23
COMEN AECA “Año del Bi rio, dela c lón de nuestra ja, y dela in de las ECN heroicas batallas de Junín y Ayacucho” En CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 356-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 26 de noviembre del 2024
VIDIUI.
La trigésimo cuarta sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha veinticinco de noviembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 069- 2024-GR/CUSCO-CR/COEMH.P, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo del Consejo Regional, sobre transferencia de
obra de electrificación a empresa concesionario Electro Sur Este S.S.A, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley N° 30305, concordante con el Artículo 31° de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, señala que; "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)”;
Que, el Artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales - Ley N° 27867, señala que la misión del Gobierno Regional es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región;
Que, el inciso m) del numeral 1) del Artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, modificado por el Artículo 2° de la Ley N° 29611; señala que son competencias exclusivas establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley de Bases de la Descentralización, entre otras: "(...) m) Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes”;
Que, el inciso i) del Artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que son atribuciones del Consejo Regional, entre otras: "(...) i. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional;
Que, el artículo 3° de la Ley N° 28749 - Ley General de Electrificación Rural, modificada por el ecreto Legislativo N° 1207, establece que los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) son aquellos distemas eléctricos de transmisión y distribución desarrollados en zonas rurales, localidades
linisterio de Energía y Minas, de acuerdo al reglamento de la presente Ley;
Que, el Artículos 51° del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural N° 28749, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, referente a la Transferencia de. Obras y Suministros, establecen que son objeto de transferencia los SER en forma integral, o sus activos componentes sean instalaciones, obras, servidumbres, equipos, materiales, estudios o
cualquier otro comprendido en los SER;
Que, el Artículo 56° del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural N° 28749, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM; prescribe que "Los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) financiados y ejecutados por los Gobiernos Regionales y Locales serán materia de Contratos de Operación y Mantenimiento a Título Gratuito, suscritos con las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica de propiedad estatal o ADINELSA, según corresponda
Que, mediante Oficio N° 069-2024-GR/CUSCO-CR/COEMH.P de fecha 25 de noviembre de 2024, la Comisión Ordinaria de Energía y Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional de Cusco, presenta el dictamen favorable en mayoría N° 02-2024-GR CUSCO-CRC-COEMH, por el cual se autoriza la transferencia de las obras de electrificación rural ejecutadas por el Gobierno Regional de Cusco en calidad de donación a titulo gratuito a la concesionaria Electro
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Sur Este S.A.A para su administración, operación y mantenimiento, conforme a la Ley General
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. — AUTORIZAR la transferencia de las obras de electrificación rural ejecutadas por el Gobierno Regional de Cusco en calidad de donación a título gratuito a la concesionaria Electro Sur Este S.A.A para su administración, operación y mantenimiento, conforme a la Ley General de Electrificación Rural, Ley N° 28749.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGUESE al Gobemador Regional, Ing” Wemer Maximo Salcedo Alvarez, para que, en representación del Gobierno Regional de Cusco, suscriba la transferencia a título gratuito de las obras de electrificación, que se detallan a continuación:
N° cui | NOMBRE DEL PROYECTO PROVINCIA | SITUACION ELECTRIFICACION RURAL DE LAS LOCALIDADES DE CHAPICHAPI, WACHUIRE, CAYOMANI, MIKA, TOTORANI ESPINAR CULMINADA 1 2147825 ALTO, TOTORANI BAJO, CHILLARANI, CUNCAJA, CHACCACCA DEL DISTRITO DE SUYKUTAMBO
INSTALACION DEL SISTEMA DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA 2 2238547 EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ACCHAHUATA SECTORES A, B Y CALCA CULMNADA HUALLAHUALLA, DISTRITO DE CALCA, PROVINCIA DE CALCA - CUSCO INSTALACION — DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA DE LAS 3 2229674 LOCALIDADES DE HUARCAY, | PACRAMAYO Y COLCAQUI DEL DISTRITO | QUISPICANCHI CULMINADA DE LUCRE, PROVINCIA QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO CUSCO
INSTALACION DEL SISTEMA ELECTRICO RURAL DE 46 LOCALIDADES DE LOS CANCHIS 4 2209713 DISTRITOS DE SICUANI, SAN PABLO Y COMBAPATA EN LA PROVINCIA DE | CANCHIS - CUSCO |
JLMINADA
ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SECRETARIO DE CONSEJO REGIONAL
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587649-a-r-0356-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247120/7587649-ar03562024.pdf