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A-R-0346-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0346.2024

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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO AN CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las CU Ss CO heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 346-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 12 de noviembre del 2024 VISTOS: La décimo primera sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha once de noviembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 069-2024-GR CUSCO/CRC/COEDH/P-ASV, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado la declarar la atención de plazas, y;

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus

modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el articula 12° de la Constitución Política del Estada, precisa que, la educación tiene cama finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia fienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo;

Que, el artículo 3° de la Ley General de Educación, Ley N° 28044, establece que, la educación Obs tn derecho fundamental de la persona y de la sociedad El Estada garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la Educación Básica. La sociedad tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a participar en su desarrollo;

Que, el literal b) del artículo 21° de la Ley General de Educación, Ley N° 28044, establece que, el Estado pramueve la universalización, calidad y equidad de la educación Sus funciones son, entre otras: “a) Ejercer un rol normativo, promotor, compensador, concertador, articulador, garante, planificador, regulador y financiador de la educación nacional. b) Proveer y administrar servicios educativos públicos gratuitos y de calidad para garantizar el acceso universal a la Educación Básica y una oferta educativa equitativa en todo el sistema.”;

Que el inciso a) del artículo 16° de la Lev Orgánica de Gabiemos Regionales | ev N° 27867, odificado por la Ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los

onsejeros Regionales, entre otros: “a. Proponer normas y acuerdos regionales”;

Que, el articulo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este óraano sobre asuntos intemos del Conseio Regional. de interés núblico. ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías

e lr eS paña apruvar munnas ,

Que, el numeral 1) del artículo 17° del Reglamento Intemo de Organización y funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece como atribución del Consejo Regional de Cusco, entre otras: “1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materia de competencia y funciones del gobierno Regional”;

Que, el inciso a) del artículo 37° del Reglamento Intemo de Organización y funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece que, los consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otros: “a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas”;

o Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n

www.gob.pe/regioncusco

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO HE CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de fa conmemoración de las CUSCO heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

Que, mediante Oficio N° 069-2024-GR CUSCO/CRC/COEDH/P-ASV, de fecha 11 de noviembre

dol NAMA al Dencidanta da la Onmicián Dri nrin ada Educación ue Dnenerrnlla Hiraana dal Conenin MV, Cr PCOS no de la Comisión Orcinaria do Educaci PY POSOTONO numano Ger WONS ES

Regional de Cusco, solicita se declare de necesidad publica y prioritario interés regional la aleñición urgente con plazas Ulecivas y adiiiiistialivas, programas de estudio, saiieariinenio físico legal de predios, construcción de infraestructura y equipamiento y mobiliario a los centros de educación técnico productivas (CETROS) de la región de Cusco;

Que durante el debate de la propuesta plantea se advierte que lo peticionado no es de atribución del Consejo Regional por lo que se recomienda variar la propuesta por cuanto es una labor enteramente administrativa que corresponde al ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, que inicie las gestiones necesarias ante los entes del Gobierno Nacional de lo planteado en la propuesta de acuerdo regional;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N” 2/86/ y sus moditicatonas y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. — ENCOMENDAR al ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, efectuar las gestiones ante los entes competentes para la atención con plazas directivas y administrativas, programas de estudio, saneamiento físico legal de predios, construcción de infraestructura y equipamiento y mobiliario a los centros de educación técnico productivas (CETPROS) de la región de Cusco

ARTÍCULO SEGUNDO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gobernador Regional de Cusco, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Cusco, y la Gerencia Regional de Educación del Gobierno Regional de Cusco a fin de que se dé inicio a las acciones administrativas necesarias de gestión y coordinación para concreción de lo dispuesto en el articulo precedente.

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la secretaria del Consejo Regional realice los trámites correspondientes para la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal de transparencia del Gobierno Regional de Cusco.

ARTÍCULO CUARTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente pubnicación, Gebisnds pusicarSe en la página web del gobienmo regional del cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

ERNO REGIONAL ¢ ISCO. ans REGIONAL CSCO

PuESIDEN-E be PERIODO LEGISLASIVD 2024”

!Hagamos Av. Tomasa Tite Condemayta s/n : strito de Wanchaq, Cusco - Peru i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587639-a-r-0346-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247112/7587639-ar03462024.pdf