Skip to content
L Legalize.pe
A-R-0340-2025 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0340.2025

7 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO AN CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO aa) “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMIA PERUANA” CUSCO

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 340- 2025 - CRC / GR CUSCO. Cusco, 08 de setiembre de 2025.

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Novena Sesión Ordinaria de fecha 08 de setiembre de 2025, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 188° establece que: “La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país (...)”, en esa misma línea en su artículo 191° establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)", siguiendo esa línea en su artículo 192° señala que los gobiernos regionales son competentes para: "(...) 6) Dictar las normas inherentes a la gestión regional (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley";

Que, la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica en su artículo 8° señala que: “Las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el artículo 2 de la presente Ley. Dichas entidades identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley (...)”

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 2° establece que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal (...)”;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 11°, sobre la estructura orgánica de los gobiernos regionales, señala que: “EL CONSEJO REGIONAL, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional (...)”; y en su artículo 13° señala que el Consejo Regional: “Es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que sean delegadas (...)”;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15° sobre las atribuciones del Consejo Regional, señala que son, entre otras: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios (...)”; del mismo modo en su artículo 16° señala que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a) Proponer normas y acuerdos regionales, b. Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general, sin necesidad de comunicación previa (...)”, partiendo de ello en su artículo 39° refiere que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248- 2024-CR/GRC, en su artículo 6° señala que el Consejo Regional: “Es la máxima instancia del Gobierno Regional, órgano normativo, fiscalizador y representativo del Gobierno Regional. (...)”, en consonancia con ello en su artículo 7” señala que son las atribuciones del Consejo Regional: “(...) 1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) 13) Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional (...) 40)

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO

Fiscalizar la gestión pública del Gobierno Regional de Cusco”, bajo ese criterio en su artículo 9° señala que: “El Pleno del Consejo Regional es la máxima instancia deliberativa y fiscalizadora del Gobierno Regional de Cusco, integrada por los consejeros regionales, quienes desempeñan funciones normativas, de fiscalización y representación política. (...)”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248- 2024-CR/GRC, en su artículo 11° precisa que la función normativa del Pleno del Consejo Regional: "(...) comprende la propuesta, el debate, la aprobación, modificación, interpretación y derogación de las siguientes normas regionales: (...) b) Acuerdo Regional. (...)", en su artículo 32° precisa que los consejeros regionales tienen derecho a: “a) Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia, canalizando las mismas a través de la secretaría del Consejo Regional, órganos ejecutivos de línea, de apoyo y de asesoramiento (...) c) Fiscalizar los actos de los órganos de Gerencia, dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general (...)”, en esa línea en su artículo 93° indica que: “Los procedimientos del Consejo Regional de Cusco son los que a continuación se indica: a) Procedimiento normativo o legislativo; que comprende el debate y aprobación de instrumentos legales de alcance regional, como Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales (...)”, siguiendo esa idea en su artículo 97”, dispone que: “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional; o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”, así mismo, en su artículo 102° establece que: “Tienen derecho a plantear proposiciones normativas (...) 1. Los consejeros(as) Regionales (...)”. Bajo esa perspectiva en su artículo 105° establece que: “El procedimiento legislativo respecto de los acuerdos regionales será: 1) Propuesta del Acuerdo Regional 2) Debate en el Pleno. 3) Aprobación. 4) Publicación en el Portal de Transparencia (...)”,

Que, durante el periodo legislativo 2023-2025, el Consejo Regional del Cusco ha priorizado mediante Acuerdos de Consejo Regional, diversos proyectos de inversión bajo la modalidad de Obras por Impuestos en diferentes sectores competentes al Gobierno Regional (educación, transporte, salud, etc.); por lo cual, se requiere la información respecto a la ejecución del Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL); así como información detallada sobre el estado actual de los proyectos de inversión priorizados bajo la modalidad de Obras por Impuestos;

Que, mediante el Oficio N° 235-2025-GR CUSCO-CRA/ARE, de fecha 28 de agosto de 2025, emitido por la Consejera Regional representante de la provincia de Acomayo, Lic. Anabel Rozas Farfan, presenta el proyecto de Acuerdo de Consejo Regional que propone: “CONVOCAR ANTE EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO, AL GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO, ECON. JUAN CARLOS GALDOS TEJADA DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO A EFECTO DE INFORMAR EN EL MARCO DE SUS COMPETENCIAS LOS SIGUIENTES PUNTOS SEGÚN CORRESPONDA: 1) EJECUCION DE CIPRL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO MODALIDAD OBRAS POR IMPUESTO AÑOS 2023, 2024 Y 2025. 2) ESTADO SITUACIONAL Y ACCIONES REALIZADAS DE LOS PROYECTOS PRIORIZADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, BAJO LA MODALIDAD DE EJECUCION DE OBRAS POR IMPUESTO AÑOS 2023, 2024 Y 2025.”;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, el Consejo Regional de Cusco, en su Novena Sesión Ordinaria de fecha 08 de setiembre de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por mayoría de votos de los Consejeros Regionales se:

ACUERDA:

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO AN CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO pa “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA” CUSCO

ARTICULO PRIMERO. - CONVOCAR, ANTE EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO, AL GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, ECON. JUAN CARLOS GALDOS TEJADA, A EFECTO DE INFORMAR EN EL MARCO DE SUS COMPETENCIAS LOS SIGUIENTES PUNTOS SEGÚN CORRESPONDA:

  1. EJECUCION DE CIPRL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO MODALIDAD OBRAS POR IMPUESTO AÑOS 2023, 2024 Y 2025.

  2. ESTADO SITUACIONAL Y ACCIONES REALIZADAS DE LOS PROYECTOS PRIORIZADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, BAJO LA MODALIDAD DE EJECUCION DE OBRAS POR IMPUESTO AÑOS 2023, 2024 Y 2025

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER la convocatoria del Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Cusco, Econ. Juan Carlos Galdos Tejada, para la próxima sesión del Pleno del Consejo Regional debiendo remitir el informe correspondiente en 23 ejemplares de forma detallada y documentada con 24 horas de anticipación, para su revisión y evaluación, bajo responsabilidad.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional de Cusco, realizar todas las acciones correspondientes para el cumplimiento del artículo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional.

ARTICULO CUARTO: El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.

REGISTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

BIERNO REGION, cusco TS EJÓ REGJONAL CUSCO

MA

al see PRESIDENTE

isvás Manuel Quintana Flores” 'O ALVIS Ana! sl are cusco 10 BEL CONSEJO REGIO

Y 2025


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587983-a-r-0340-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247476/7587983-ar03402025.pdf