Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0329.2024
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SOBERANO REGIONAL DE CUSCO We CONSEJO REGIONAL y “año del Bicentenario, de fa consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de tas heroicas batallas de Junin y Ayacucho”
‘ U ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 329-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 08 de noviembre del 2024 VISTUS: La trigésimo tercera sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha siete de noviembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio Mult. 206-2024-MRDLA-DE/JOA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre autorización de viaje a la ciudad de Huancayo, y;
SIRIA CATA LIMA CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, emitir Acuerdos
ESIOw Regionales, conforme a lo prescrito en ei articuio 39° de ia Ley N° 27867, que señala: “Los Be Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del
a Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o deciara su voiuntad de Sloracticar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”:
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”:
Que, el inciso a) y k) del Artículo 37° del Reglamento Interno de Organización yl Funciones del Consejo Negional de Cusco, aprobado imediame Citeñanza Regional N° 112-2010- CR/GRC.CUSCO señala que: “Los consejeros regionales fienen derecho a: a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) k. Obtener
cencia y/o autorización para viajes en ejercicio de sus funciones, por enfermedad del
de añnidad, y por viaje oficial. En todos los casos el consejero no perderá el goce de su dieta. (...)”. Al respecto se debe de precisar que la tunción de representación tene identificación con el interés público como una de sus principaíes herramientas para esclarecer hechos y fiscalizar la gestión e implementación de las políticas públicas;
Que, mediante Oficio Mult. N° 206-2024-MRDLA-DE/JOA, de fecha 07 de noviembre del 2024, el Director Ejecutivo de la Mancomunidad de los Andes, invita a participar de la | Cumbre de Emprendedores de los Andes de la Mancomunidad Regional de Los Andes, a llevarse a cabo el 21 y 22 de noviembre del 2024, en la ciudad de Huancayo;
Por las consideraciones expuestas, estando a las airibuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS AL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO HERBE OLAVE UGARTE Y A LOS CONSEJEROS REGIONALES LITZ YOANA CONDORI CCOLQQUE Y JORGE EPIFANIO PACHECO ROZAS INTEGRANTES DE LA
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COSES
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“Año del Bicentenario, de fe consolidación de nuerira indep ta, y de la cotmenoiación de las heroicas batallas de Junin y Ayacucho”
MANCOMUNIDAD DE LOS ANDES A PARTICIPAR DE LA | CUMBRE DE EMPRENDEDORES DE LOS ANDES DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES, A LLEVARSE A CABO EL 21 Y 22 DE NOVIEMBRE DEL 2024, EN LA CIUDAD DE HUANCAYO
ARTÍCULO SEGUNDO. - EL VIAJE A DESARROLLARSE ESTÁ A CARGO A LA META N* 091-2024 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, CUYA CADENA FUNCIONAL ES LA SIGUIENTE:
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22
FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL Y A LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, REALIZAR TODAS | AS ACCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES PARA 1A ADQUISICIÓN DE PASAJES AÉREOS, ASÍ COMO OTORGAR LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS POR TRES (03) DÍAS, DEL 20 AL 23 DE NOVIEMBRE DEL 2024, CON CARGO A LA SIGUIENTE CADENA FUNCIONAL : ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21 ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22
FETO COTO PER ANE ISON TUI ATA RATA VEA AIR ALIN ANA E A A ED 01D) 5D DP
ARTÍCULO CUARTO. - EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL DÍA SIGUIENTE APROBACIÓN, DEBIENDO PUBLICARSE EN LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Ihagamos fz Tomasa Tuto Condemayta s/n
i Hi TORIA www. gob. pe/regioncusco
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587622-a-r-0329-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247092/7587622-ar03292024.pdf