Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0322.2024
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“Año del Bicentenario, de la én de nuestra fr da, y dela ación de las € heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 322-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 30 de octubre de! 2024 VISTOS: La trigésimo segunda “sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha treinta de octubre del año dos mil veinticuatro y el Oficio Mult. 11- 2024-GRA/CRA-PCR, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido sobre autorización de viaje a la ciudad de Ayacucho, y;
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Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”:
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”:
Que, el inciso a) y k) del Artículo 37° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del
Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 7149-2046- CRIGRC.CUSCO señala que: “Los consejeros rogionalos tienen dorecho a: a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) k, Obtener licencia y/o autorización para viajes en ejercicio de sus funciones, por enfermedad del consejero o enfermedad de un familiar de primer y segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, y por viaje oficial. En todos ios casos ei consejero no perderá el goce de su dieta. (-..)'. Al respecto se debe de precisar que ia junción de representación tiene identiticacion con el interés público como una de sus principales herramientas para esclarecer hechos y fiscalizar la gestión e implementación de las políticas públicas:
Que, mediante Oficio Muit. N° 11-2024-GRA/CRA-PCR, de fecha 28 de octubre del 2024, el Presidente del Consejo Regional de Ayacucho, invita a participar del IV Congreso Ordinario de Consejeros Regionales del Peri, a llevarse a cabo el día miércoles 04 y jueves 05 de diciembre del 2024, en la ciudad de Ayacucho;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificaiorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR El VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS AL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE CUSCO, LIC. HERBE OLAVE UGARTE Y A LOS CONSEJEROS REGIONALES: ITALO TARCO GONGORA, FELIPE HERMOZA ROJAS.
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CONSEJO REGIONAL
“Año cel Bic To, de la ion de nuestra y de la conmomoracion de las heroicas batallas de Junin, yA Ayacucho” e
JORGE EPIFANIO PACHECO ) ROZAS, CALEB SOLANO TTITO, MAGDALENA PHUTURI
THTO, GiL CLINTON TRIVEÑO ALVIS, RAUL MIGUEL OLIVERA ROSAS, CALANDRA SAMMY OLIVERA MARTINEZ, MARIA ELENA YABAR PERALTA, ROSA ALICIA SERRANO ALVAREZ Y JOSE MANUEL CORRALES VIZCARRA, PARA PARTICIPAR DEL IV CONGRESO ORDINARIO DE CONSEJEROS REGIONALES DEL PERU, A LLEVARSE A CABO EL DÍA MIÉRCOLES 04 Y JUEVES 05 DE DICIEMBRE DEL 2024, EN LA CIUDAD DE AYACUCHO.
ARTÍCULO SEGUNDO. - LA ADQUISICION DE PASAJES PARA EL VIAJE A DESARROLLARSE ESTA A CARGO A LA META N° 091-2024 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, CUYA CADENA FUNCIONAL ES LA SIGUIENTE:
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22
FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL Y A LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, REALIZAR TODAS LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES PARA LA ADQUISICIÓN DE PASAJES AÉREOS, ASÍ COMO OTORGAR LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS POR TRES (03) DÍAS, DEL 03 AL 06 DE DICIEMBRE DEL 2024, CON
CARGO ALA CACO INCIONAL SIGUIENTE: IU A A ALI POU, OM Ph.
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21 ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22 FTE. FTO. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS.
ARTÍCULO CUARTO. - EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, ENTRARÁ EN GENCÍA DESDE El DÍA SIGUIENTE APROBACIÓN, DEBIENDO PUBLICARSE EN LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
‘Hage amos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n
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TORÍA www.gob, pe/regioncusco
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587614-a-r-0322-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247084/7587614-ar03222024.pdf