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A-R-0320-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0320.2024

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CONSEJO REGIONAL

“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 320-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 22 de octubre del 2024 VISTOS: La trigésimo primera sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha veintiuno de octubre del año dos mil veinticuatro y Oficio N° 1230- 2024-GR CUSCO/GGR y la presentación efectuada por el Gobernador Regional y funcionarios del Gobierno Regional de Cusco, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia:

Que, el Artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado;

Que, el literal a) del artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 3° de la ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (... JE

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”:

Que, el Artículo 4° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional oro 0! Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- peu ZRIGRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce funciones: legislativas, fiscalizadoras, de representación y control político de la gestión del Gobierno Regional del Cusco.”:

Que, el Artículo 5° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, reconoce la función normativa o legislativa de! Consejo Regional del Cusco, que se deberá ejercer mediante la aprobación, derogación, modificación e interpretación de normas de carácter Regional, que regulan o reglamentan los asuntos externos e internos del Gobierno Regional, en uso de las competencias, atnbuciones, derechos y obligaciones conferidas en el consejo Regional por Normas Nacionales;

Que, el literal a) del articulo 37° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO, establece que, los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otras a: “a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) y las demás que sean asignadas por la Constitución, la Ley o por Ordenanza Regional.”

| Hagamos Av. Tomasa Teto Condemayta s/n estrito de Wanchaq, Cusco - Peru i HI TORIA www.gob.pe/regioncusco 6

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CONSEJO REGIONAL

“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”

Que, el articulo 101° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional dei Gobierno Regionai de Cusco, aprobado medianíe Ordenanza Regionai N* 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos regionales son normas jurídicas internas, que permiten orientar y normar el procedimiento administrativo del Gobiemo Regional, en asuntos de Interés Público, declarar la voluntad de practicar un determinado acto o Sujetarse a una norma institucional, una vez debatida, aprobada y publicada en un medio judicial de circulación local es de cumplimento legal.

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 263-2024-CRC/GR CUSCO, de fecha 27 de agosto del 2024, se acordó invitar al Gobernador Regional Ing” Wemer M. Salcedo Alvarez y convocar ante el pleno del Consejo Regional al Gerente General Regional, al Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Modemización, al Gerente Regional de Gestión de Inversiones de Infraestructura, Gerente Regional de Desarrollo Económico, a efectos de que informen sobre las razones por la que se encuentra en etapa de cierre y liquidación el proyecto “Mejoramiento de los servicios operativos o misionales institucionales en promoción de la competitividad de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Cusco, distrito de Wanchaq, provincia de Cusco, departamento de Cusco”, según indica el sistema de seguimiento de inversiones del MEF, con código SNIP 2598427;

Que, habiéndose realizado las comunicaciones y coordinaciones administrativas, se contó con la asistencia v particioación del Gobemador Regional de Cusco. Gerente General Regional. Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Modemización, Gerente Regional de Gestión de Inversiones de Infraestructura y Gerente Regional de Desarrollo Económico, quienes alcanzaron la información ante el pleno del Consejo Regional de Cusco;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado. la Lev de Bases de la Descentralización - Lev N* 27783, la Lev Oraánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de se:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - DAR por recibida el informe del Gobemador Reaional de Cusco. Gerente General Regional, Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Modernización, Gerente Regional de Gestión de Inversiones de Infraestructura y Gerente Regional de Desarrollo Económico sobre las razones porla que se encuentra en etapa de cierre y liquidación el proyecto “Mejoramiento de los servicios operativos o misionales institucionales en promoción de la competitividad de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Cusoo, distrito de Wanchag, provincia de Cusco, departamento de Cusco”, según indica el

sistema de seguimiento de inversiones del MEF, con código SNIP 2598427.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Transcribir el presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan los actos administrativos que ameriten su conocimiento, así como dispongan su

nakhlinaniAn PUBIS acio.

ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional de Cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

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