Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0318.2024
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO BAN CONSEJO REGIONAL E
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las CUSCO heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 318-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 15 de octubre del 2024 VISTOS: La décima sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha 14 de octubre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 101-2024-GR CUSCO-CRPMEYP, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido sobre autorización de viaje a la ciudad de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”:
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, o prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: a. A, Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el inciso a) y k) del Artículo 37° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO señala que: “Los consejeros regionales tienen derecho a: a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) k. Obtener licencia y/o autorización para viajes en ejercicio de sus funciones, por enfermedad del consejero o enfermedad de un familiar de primer y segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, y por viaje oficial. En todos los casos el consejero no perderá el goce de su dieta. (...)”. Al respecto se debe de precisar que la función de representación tiene identificación con Pag el interés público como una de sus principales herramientas para esclarecer hechos y fiscalizar e Ma gestión e implementación de las políticas públicas;
ane Que, mediante Oficio N° 101-2024-GR CUSCO-CRP-MEYP, de fecha 14 de octubre del 2024,
los Consejeros Regionales, solicitaron participar de la reunión con el Presidente del Congreso, Presidente de la Comisión de Descentralización del Congreso y Contralor General de la Republica a llevarse a cabo el día 18 de octubre del 2024, en la ciudad de Lima;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS A LOS CONSEJEROS REGIONALES: MARÍA ELENA YABAR PERALTA, FELIPE HERMOZA ROJAS, EDWIN HUALLPA CARDENAS, ROSA ALICIA SERRANO ALVAREZ, PARA PARTICIPAR DE LA REUNIÓN CON EL PRESIDENTE DEL CONGRESO, PRESIDENTE DE
AY
Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Rs CONSEJO REGIONAL E
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Ir dencia, y de la conmemoración de las CTS heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO
LA COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN DEL CONGRESO Y EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA A LLEVARSE A CABO EL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL 2024, EN LA CIUDAD DE LIMA.
ARTÍCULO SEGUNDO. - EL VIAJE A DESARROLLARSE ESTÁ A CARGO A LA META N° 091-2024 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, CUYA CADENA FUNCIONAL ES LA SIGUIENTE:
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.21
ESPECÍFICA DE GASTO 23.21.22
FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL Y A LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, REALIZAR TODAS LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES PARA LA ADQUISICIÓN DE PASAJES AÉREOS, ASÍ COMO OTORGAR LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS POR DOS (02) DÍAS, DEL 17 AL 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024.
ARTÍCULO CUARTO. - EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL DÍA SIGUIENTE APROBACIÓN, DEBIENDO PUBLICARSE EN LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
pisco RERIQNAL CUSCO BS
lave PRESIDENTE DEL CONSEJO AÉGIO!
ONAL PERIODO LEGISLATIVO 2024
Haaamos Av, Tomasa Ttito Condemayta s/n Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru
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