Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0303.2024
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO ae CONSEJO REGIONAL els
“Año del Bi To, de la consolidación de nuestra In ncia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” CUSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 303-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 01 de octubre del 2024 VISTOS: La vigésimo novena sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha treinta de septiembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 127-2024-GRC-CRC-CRP/RASA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre autorización de viaje a la ciudad de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”:
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, BESION prescribe que: “Son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: a. Rog WeProponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
ue, el inciso a) y k) del Artículo 37° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO señala que: “Los consejeros regionales tienen derecho a: a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) k. Obtener licencia y/o autorización para viajes en ejercicio de sus funciones, por enfermedad del consejero o enfermedad de un familiar de primer y segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, y por viaje oficial. En todos los casos el consejero no perderá el goce de su dieta. (...)”. Al respecto se debe de precisar que la función de representación tiene identificación con sl interés público como una de sus principales herramientas para esclarecer hechos y fiscalizar gestión e implementación de las políticas públicas;
e, mediante Oficio N° 127-2024-GRC-CRC-CRP/RASA, de fecha 27 de septiembre del 2024, a Consejera Regional representante de la provincia de Paruro, Rosa Alicia Serrano Alvarez, solicita autorización para participar de la mesa técnica convocada por el alcalde provincial de la provincia de Paruro a llevarse a cabo los días 10 y 11 de octubre del 2024, en la ciudad de Lima;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS A LA CONSEJERA REGIONAL ROSA ALICIA SERRANO ALVAREZ, PARA PARTICIPAR DE LA MESA TÉCNICA CONVOCADA POR EL ALCALDE PROVINCIAL DE LA PROVINCIA DE
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PARURO A LLEVARSE A CABO LOS DIAS 10 Y 11 DE OCTUBRE DEL 2024, ENLA CIUDAD DE LIMA.
ARTICULO SEGUNDO. - EL VIAJE A DESARROLLARSE ESTA A CARGO A LA META N° 091-2024 - DEBATIR PROPOSICIONES LEGISLATIVAS, CUYA CADENA FUNCIONAL ES LA SIGUIENTE:
ESPECIFICA DE GASTO 23.21.21
ESPECIFICA DE GASTO 23.21.22
FTE. FTO. RECURSOS ORDINARIOS.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR, A LA SECRETARIA DEL CONSEJO REGIONAL Y A LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACION DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, REALIZAR TODAS LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES PARA LA ADQUISICIÓN DE PASAJES AÉREOS, ASÍ COMO OTORGAR LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS POR TRES (03) DÍAS, DEL 09 AL 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024.
ARTÍCULO CUARTO. - EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL DÍA SIGUIENTE APROBACIÓN, DEBIENDO PUBLICARSE EN LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587593-a-r-0303-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247060/7587593-ar03032024.pdf