Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0294.2024
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“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA AS CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO” CÚSCO
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 294-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 1 de octubre del 2024 VISTOS: La vigésimo novena sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha treinta de septiembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 004-2024-GR CUSCO/CRC/COPPATA-VMVRQ, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido la memoría anual 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por el articulo único de la Ley N° 30305, Ley de reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 192° de la Constitución Politica de! Perú, modificado por Ley N° 27680, de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización, establece que los Gobiemos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece las Principios rectores de las políticas y la gestión regional, por el que los gobiernos regionales Ese rigen, entre ellos el principio de Transparencia, por el que se dispone que: “Los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del Gobierno Regional serán difundidos a la población. La implementación de portales electrónicos en intemet y cualquier otro medio de acceso a la información pública se rige por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública N° 27806.”,
Que, el articulo 15° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiemos Regionales, literal a. sefiala que es atribución del Consejo Regional “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o feglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobiemo Regional”, ncordante con lo estipulado por el artículo 17° numeral 1. del Reglamento Intemo de o Piganizacion y Funciones dei Consejo Regional de Cusco del Gobiemo Regional de Cusco,
aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO publicado el 18 de octubre del 2017 y con lo establecido en el artículo 18” literal a) del Reglamento de Organización y Funciones del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N°176-2020- CR/GR CUSCO y modificado por Ordenanza Regional N* 214-2022-CR/GR CUSCO, el cual señala que es atribución del Consejo Regional “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional de Cusco”;
Que, el artículo 21° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiemos Regionales, establece entre las atribuciones del Presidente Regional la de: “n. Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional”, tiene concordancia con el Articuio 23° dei Regiamenio de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N°176-2020-CR/GR CUSCO publicado en el Diario Oficial N° 214-2022-CR/GR CUSCO en el que se establecen las atribuciones del Gobernador Regional: “n) Presentar la memoria y el informe de los estados presupuestarios y financieros del Gobierno Regional de Cusco al Consejo Regional’:
Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión
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“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA Seereemnemnas,
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de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional (...)”.
Que, el Decreto Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la pobiación, a través de ja prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las Entidades. Asímismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las Entidades del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos.
Que, la modernización y transparencia de la gestión pública, amparados legalmente por la Ley Marco de Modernización de ia Gesiión dei Estado N* 27658, y por ei Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, plantean que la modemización de la gestión pública tiene como fundamentos el fortalecimiento de la descentralización institucional, una gestión estratégica basada en los procesos y resultados, simplificación administrativa, gestión del conocimiento, gobierno electrónico apoyado en herramientas de Tecnología de la Información y Comunicación, transparencia y vigilancia ciudadana, así como la articulación institucional.
Que, la Memoría Anual es un documento elaborado en base a la información remitida por las unidades de organización y órganos desconcentrados adscritos al pliego del Gobierno Regional Cusco durante el año fiscal 2022, tiene como finalidad dar a conocer los logros obtenidos de la gestión, asimismo las limitaciones y acciones implementadas, los estados financieros, el presupuesto y la ejecución del gasto conciliados ante la Dirección Nacional de Contabilidad Pública en el marco de lo establecido en Decreto de Urgencia N° 014-2019 Decreto de Urgencia que aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y nomas conexas.
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias, Ley N°31812 y porel Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional! de Cusco;
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. — DAR POR RECIBIDO la Memoria Anual 2022 del Gobierno Regional de Cusco, que forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cusco.
ARTICULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.
COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE
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