Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0288.2024
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO E CONSEJO REGIONAL E
“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA. CUSCO CONMEMORACIÓN
DELAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 288-2024-CRC/GR CUSCO
Cusco, 01 de octubre del 2024 VISTOS: La vigésimo novena sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha treinta de septiembre del año dos mil veinticuatro y Oficio N* 381- 2024-GR-CUSCO/GRRNGA y la presentación efectuada porla Gerencia Regional de Recursos naturales y Gestión def Ambiente dei Gobierno Regional de Cusco, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se esiabiecen en la presenie Ley y aquellas que ie sean dejegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado;
Que, el literal a) del artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por ej articuio 3° de ia ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (...)”;
Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de Ipterés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado cto o sujetarse a una conducta o noma institucional (...)”;
Que, el Artículo 4° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO señala que: “El Consejo Regional del Cusco, es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regionai. Ejerce funciones: iegisiativas, fiscalizadoras, de representación y control político de la gestión del Gobierno Regional del Cusco.”;
Que, el Artículo 5° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, reconoce la función normativa o legislativa del Consejo Regional del Cusco, gue se deberá ejercer medianie ia aprobación, derogación, modificación e interpretación de normas de carácter Regional, que regulan o reglamentan los asuntos externos e internos del Gobierno Regional, en uso de las competencias, atribuciones, derechos y obligaciones conferidas en el consejo Regional por Normas Nacionales;
Que, el literal a) del articulo 37° del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional dei Gobierno Regionai de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO, establece que, los Consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otras a: “a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. (...) y las demás que sean asignadas por la Constitución,
la Ley o por Ordenanza Regional.”
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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO
CONSEJO REGIONAL poor “AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CUSCO CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”.
Que, el articulo 101° del Reglamento Intemo de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece que, los acuerdos regionales son normas jurídicas internas, que permiten orientar y normar el procedimiento administrativo del Gobierno Regional, en asuntos de Interés Público, declarar la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una noma institucional, una vez debatida, aprobada y publicada en un medio judicial de circulación local es de cumplimento legal.
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 272-2024-CRC/GR CUSCO, de fecha 1° de septiembre del 2024, se acordó convocar ante el pleno del consejo regional al Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, a efectos de que informe sobre el estado situacional y acciones realizadas a corto, mediano y largo plazo sobre el proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios de prevención y control de incendios forestales para la conservación de ecosistemas naturales en las 7 provincias del departamento del Cusco”, asimismo convocar al Director de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad del Gobiemo Regional de Cusco a efectos de que informe sobre el estado situacional del Plan de Prevención y Reducción de Riesgos ante incendios forestales en la región de Cusco y las acciones realizadas frente a los incendios suscitados en las trece provincias de la región de Cusco;
Que, habiéndose realizado las comunicaciones y coordinaciones administrativas, se contó con la asistencia y participación del Gerente Regional Recursos Naturales y Gestión Ambiental y el Director de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad del Gobierno Regional de Cusco, quienes alcanzaron la información ante el pleno del Consejo Regional de Cusco;
Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de se:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - DAR por recibida el informe del Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, a efectos de que informe sobre el estado situacional y acciones realizadas a corto, mediano y largo plazo sobre el proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios de prevención y control de incendios forestales nara la conservación de ecosistemas naturales en las 7 provincias del departamento del Cusco”, asimismo convocar al Director de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad del Gobierno Regional de Cusco a efectos de que informe sobre el estado situacional del Plan de Prevención y Reducción de Riesgos ante incendios forestales en la región de Cusco y las acciones realizadas frente a los incendios suscitados en las trece provincias de la región de Cusco.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Transcribir ef presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobiemo Regional de Cusco y al Gerente General Regional a efecto de que dispongan los actos administrativos que ameriten su conocimiento, así como dispongan su publicación.
ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo de Consejo Regional! entra en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobiemo Regional de Cusco.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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