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A-R-0284-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0284.2024

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GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO We CONSEJO REGIONAL Es

“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CUSCO CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 284-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 17 de septiembre del 2024 VISTOS: La vigésimo octava sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha dieciséis de septiembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 571-2023- GR-CUSCO/GR; el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido sobre la designación del Director de la Oficina de Integridad Pública e Interventor Preventor del Gobierno Regional de Cusco, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del capitulo XIV del Título IV, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, establece que, “el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobiemo regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”;

público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o noma institucional. (...)”;

Que, la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27972, ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales y Consejos Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, en su artículo 3° modifica los artículos 14, 15, 16, 21, 24, 39 y 78 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, de conformidad con los siguientes ®extos: “(...) “Artículo 15°.- Atribuciones del Consejo Regional, son atribuciones del Consejo egional (...). t). Designar al secretario técnico responsable del procedimiento administrativo disciplinario y al coordinador de la unidad funcional de integridad institucional.”

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27972, ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales y Consejos Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, establece que, “Para la designación del secretario técnico del procedimiento administrativo disciplinario y del coordinador de la unidad funcional de integridad institucional, el alcalde o gobernador regional presentará, en cada caso, una terna de candidatos al concejo municipal o al consejo regional. Si ninguna de las personas propuestas es aceptada, se presentará una segunda terna. En caso de que no se designe a ninguno de los candidatos de esta segunda terna, el alcalde o gobernador regional seleccionará a uno entre los integrantes de la segunda tema para la designación correspondiente.”;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N* 258-2024-CRC/GR CUSCO, de fecha 27 de agosto del 2024, se desaprobó la primera tera propuesta por el Gobernador Regional de Cusco, para la designación del Director de la Oficina de Integridad Pública e Interventor Preventor del Gobierno Regional de Cusco, por no existir pluralidad de candidatos, al estar observado dos de los proponentes, y, en merito a la tercera Disposición Complementaria Final

| Pr Av. Tomasa Tito Condemayta s/n rtrito de W. 9. Cusco - Perú i HISTORIA www.gob.pe/regioncusco

al

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO HE CONSEJO REGIONAL Leni

“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CUSCO CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”

de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27972, ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, señala que, si ninguna de las personas propuestas de la primera terna es aceptada, se presentará una segunda tema”;

Que, el literal w) del artículo 21° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 31433, establece que son atribuciones del Gobernador Regional, entre otros: “(...) w. Proponer al consejo regional las temas de candidatos para la designación del secretario técnico del procedimiento administrativo disciplinario y del coordinador de la unidad funcional de integridad institucional”;

Que, se entiende por tema al conjunto de tres personas propuestas para que se designe de entre ellas la que haya de desempeñar un cargo o empleo, conforme a ello mediante Oficio N° 571-2024-GR CUSCO/GR, de fecha 13 de septiembre del 2024, el Gobernador presenta la segunda tema para la designación del Director de la Oficina de Integridad Pública e Interventor Preventor del Gobierno Regional de Cusco, proponiendo a los siguientes profesionales:

N° NOMBRES Y APELLIDOS [_ TITULO PROFESIONAL 1 | YENY CHOQUEHUANCA PORTILLA CONTADORA

2 | DENISSE YSABEL TTICA PERALTA CONTADORA

3 | EDWIN EDUARDO MOROCCO BONIFACIO ABOGADO

Que, en la vigésimo octava sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno

CA Regional de Cusco, de fecha dieciséis de septiembre del año dos mil veinticuatro, una vez

is efectuado la exposición del acreditado por el Gobernador Regional, se efectuó la evaluación de

la segunda terna propuesta, llevándose a votación con el siguiente resultado: CPC Yeny Choquehuanca Portilla con un (01) voto, CPC Denisse Ysabel Ttica Peralta con siete (07) votos, Edwin Eduardo Morocco Bonifacio, con un (01) voto y dos abstenciones;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - DESIGNAR A LA CONTADORA PUBLICA COLEGIADA DENISSE YSABEL TTICA PERALTA, EN EL CARGO DE DIRECTORA DE LA OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA E INTERVENTOR PREVENTOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEBIENDO DE CUMPLIR CON LAS FUNCIONES DESCRITAS EN LA RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N001-2019-PCM/SIP, QUE APRUEBA LA DIRECTIVA N001-2019-PCM/SIP, QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FUNCIÓN DE INTEGRIDAD EN LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ARTICULO SEGUNDO. — COMUNICAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco, la designación del profesional propuesto, a fin de que, efectúe las acciones que corresponda conforme a ley.

ARTÍCULO TERCERO. - COMUNIQUESE a la CPC Denisse Ysabel Ttica Peralta, la designación efectuada en el cargo de Directora de la Oficina de Integridad Pública e Interventor Preventor del Gobierno Regional de Cusco

Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n

¡HI TORIA Distrito de Wanchag, Cusco - Peru

www.gob.pe/regioncusco

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO HE CONSEJO REGIONAL 238

ARTÍCULO CUARTO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional del Cusco al

ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco y Gerente Regional a efecto de que dispongan su cumplimiento y publicación.

ARTÍCULO QUINTO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia desde el día siguiente publicación, debiendo publicarse en la página web del gobierno regional del cusco.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Aru. JORGEJARAN SECRETARIO DEL CO!

DEL CONSEJO REGIONAL lobo LEGISLATIVO 2024

! H age mos Ay. Tomasa Ttito Condemayta s/n 'strito de Wanchaq, Cusco - Pen i HI TORIA www.gob.pe/regioncusco


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587574-a-r-0284-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247040/7587574-ar02842024.pdf