Skip to content
L Legalize.pe
A-R-0267-2024 Regional Agreement Cusco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° A.R.0267.2024

6 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO HE CONSEJO REGIONAL 4 238

“Año del Bicentenario, de la consolidación de y dela ración de las

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 279-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 10 de septiembre del 2024 VISTOS: La novena sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco, de fecha nueve de septiembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio N° 366-2024-GR CUSCOCRC-CPP/JMCV, el Consejo Regional del Gobiemo Regional de Cusco ha debatido y aprobado priorizar proyecto, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiemos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 4° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que, los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, establece que, la misión de los gobiemos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, establece que, Sel desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los

derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades;

Que, el inciso d) del numeral 1) del artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867, modificado por el articulo 2° de la Ley N° 29611, señala que son, Competencias Exclusivas, de acuerdo al artículo 35 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización N° 27783, entre otras las siguientes: “d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.”;

Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado porla Ley N° 31433, establece que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: “a. Proponer normas y acuerdos regionales”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, modificado por la Ley N° 31433, establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos

— ¡Hagamos Av. Tomasa Tuto Condemayta s/n

Distrito de Wanchaq, Cusco - Peru ¡Hi TORIA www.gob.pe/regioncusco

un

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO EN CONSEJO REGIONAL En

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las CUSCO heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

y financiamiento, según corresponda. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”;

Que, el literal a) del artículo 56° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, establece que, son funciones del Gobierno Regional en materia de transportes, entre otros: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales.”;

Que, el numeral 1) del artículo 17° del Reglamento Interno de Organización y funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC. CUSCO, establece como atribución del Consejo Regional de Cusco, entre otras: “1) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materia de competencia y funciones del gobierno Regional”;

Que, el inciso a) del artículo 37* del Reglamento interno de Organización y funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC. CUSCO, establece que, los consejeros Regionales del Consejo Regional tiene derecho, entre otros: “a. Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas”;

Que, el proyecto “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL EMP. CU-113 VIZCOCHONI A EMP, CU-112 CHOCOPIA DEL DISTRITO DE COLQUEPATA - PROVINCIA DE PAUCARTAMBO - DEPARTAMENTO DE CUSCO” a Ja fecha cuenta con el expediente aprobado mediante Resolucion Gerencial Regional N° 172-2024-GR CUSCO/GRGIL, con un resupuesto de S/ 35,260,441.92, con un plazo de ejecución de 330 dias calendarios, bajo la modalidad de administración directa, fa misma que no tiene fecha de inicio, tampoco se encuentra en la cartera de inversiones, pese a estar priorizado en el Presupuesto Participativo 2024 - 2026, la ejecución del proyecto otorgara facilidad de acceso a los servicios de educación, salud, acciones sociales, acceso al servicio de maquinarias agrícolas, reducción de los costos de transporte de pasajeros, carga e insumos, utilizados en la producción, por lo que se hace necesario su ejecución;

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de

obiemos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Intemo de Vrganización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional W° 119-2016. CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por ayoría de votos de los Consejeros Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, se;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR LA PRIORIZACION DE FINANCIAMIENTO Y EJECUCION INMEDIATA DEL PROYECTO DE INVERSION “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL EMP. CU-113 VIZCOCHONI A EMP, CU-112 CHOCOPIA DEL DISTRITO DE COLQUEPATA - PROVINCIA DE PAUCARTAMBO - DEPARTAMENTO DE CUSCO”, CON CUI 2506146.

ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR al ejecutivo regional, para que a través de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones efectué la creación de la meta y asignación presupuestal y todas las acciones necesarias, que permita el cumplimiento inmediato de lo aprobado en el artículo precedente.

ARTICULO TERCERO. — ENCARGAR al ejecutivo regional, efectuar las variaciones o modificaciones que resulten necesarios durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos previstos en el proyecto de inversión.

— ! H ie mos pe Torna Nae conser ase

trito de Wanchag, Cusco - Peru i HI TORIA www.gob.pe/regioncusco

oY

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO PAN CONSEJO REGIONAL al

“Año del Bit io, de la

CONSEJO REGIONAL ión de nuestra y deta ración de las

heroicas batallas de Junín y Ay a” CUSCO

ARTICULO CUARTO. — REMITIR el presente Acuerdo Regional al titular de la entidad, Gerencia regional de Planeamiento, Presupuesto y Modemización y Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones para su implementación, bajo responsabilidad de ley.

ARTICULO QUINTO. —Ei presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día

siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.

COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE

Ri REGIONAL BUSCO GOBIERNO RE: EGIONAL JA a O, @

BLL

lo) Sart TO ABG, JORGE, AES AENA A A ' Hagamos Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n ¡HI TORIA Distrito de Wanchag, Cusco - Peru

www.gob.pe/regioncusco

Nas


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/normas-legales/7587558-a-r-0267-2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9247027/7587558-ar02672024.pdf